Las expectativas de los arrendatarios no son las mejores, la aprobación de estas leyes por parte del Gobierno nacional sólo han conseguido paralizar las actividades del mercado inmobiliario
La aprobación de la Ley para regular el alquiler de locales comerciales pudiera agravar la situación actual del mercado inmobiliario venezolano, prácticamente paralizado, como consecuencia de la entrada en vigencia en diciembre del año 2011 de la nueva Ley de Arrendamientos Inmobiliarios.
Cabe destacar que esta Ley tiene como objeto, regular y controlar el mercado a través de una superintendencia, la cual debía ser creada en cada estado del país, otorgándose un plazo de 6 meses para la elaboración de un censo con la información suministrada por los arrendatarios.
La oficina apenas se creó en Caracas, por tanto el resto del país vio prácticamente paralizadas sus actividades inmobiliarias, y aunque hace aproximadamente dos meses la Superintendencia anunció que los arrendatarios de toda la geografía nacional podían inscribirse vía Internet, apenas se dio inicio con algunas entidades, entre las cuales no se encuentra Táchira.
Esto quiere decir que el mercado inmobiliario sigue 100% paralizado, situación que pudiera agravarse con la aprobación de una Ley que regule el alquiler de locales comerciales. Explicó Carlos Utrera, vicepresidente de la Cámara Inmobiliaria en el estado Táchira, que debido a la imposibilidad de alquilar viviendas, se han dedicado por completo al alquiler de locales comerciales para solventar el problema, pero si éstos entraran en regulación bajo el mismo mecanismo, la situación se agravaría.
Lamentablemente las expectativas de los arrendatarios no son las mejores, la aprobación de estas leyes por parte del Gobierno nacional sólo han conseguido paralizar las actividades del mercado inmobiliario, perjudicando no sólo a los arrendadores, sino también a los arrendados, quienes se quejan por la falta de oferta y por consiguiente, la especulación en los precios de los pocos disponibles.
La Comisión de Administración y Servicios de la Asamblea Nacional elaboró un primer papel de trabajo sobre la Ley de Regulación y Control del Arrendamiento Inmobiliario para el Uso Comercial, y allí se indica que serán objeto de regulación: locales ubicados en centros comerciales, quioscos, stands, edificaciones de uso educacional, edificaciones de uso médico asistencial, galpones, estacionamientos, oficinas y otros locales comerciales.
La Ley
La propuesta, al igual que la Ley de Alquileres de vivienda, contempla la creación de un nuevo organismo, la Dirección Nacional de Arrendamiento Inmobiliario de Uso Comercial, que se encargará de calcular los cánones que deberán cobrar los dueños de los establecimientos.
Igualmente la conformación del censo de contratos de alquiler de locales comerciales.
En las disposiciones transitorias se indica que "la Dirección Nacional, en el plazo de seis meses contados a partir de la entrada en vigencia de la Ley, procederá a elaborar un censo de contrato de arrendamientos sobre inmuebles urbanos y suburbanos destinados al comercio, industria, profesión y educación. El censo de contratos será permanente".
Agrega que la Dirección también tendrá un registro para llevar estadísticas de inmuebles destinados al comercio.
Disposiciones
Artículo 1. La Ley regula la situación jurídica aplicable al arrendamiento de inmuebles urbanos y suburbanos destinados al funcionamiento o desarrollo de actividades económicas, comerciales, afines y conexas, que sean arrendados con la finalidad de realizar actividades productivas.
Artículo 8. Quedan excluidos del ámbito de aplicación de la Ley, el arrendamiento de: los terrenos, fincas, hoteles, moteles, posadas, paradores turísticos e inmuebles destinados a temporadas vacacionales o recreacionales.
Artículo 9. Quedan exceptuados del régimen de la Ley, los inmuebles pertenecientes a la República, los estados y los municipios.
Diario de Los Andes
29-06-2012
Recopilado por:
Lic. Henry Medina
Asesor Inmobiliario, de Seguros e Inversiones
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