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Globovision
El presidente de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela, Aquiles Martini, manifestó este lunes su preocupación por el Proyecto de Ley de Arrendamiento que fue aprobado por la Comisión de Administración y Servicios de la Asamblea Nacional.
“Estamos advirtiendo a las personas lo que significa esta ley, las consecuencias que va a traer y lo que afectará a la propiedad privada,” destacó.
Afirmó que esta Ley también afectará a los inquilinos. “Revisen si hay alguna oferta de arrendamiento están prácticamente anuladas las ofertas en los periódicos”.
Por su parte, el presidente de la Cámara de Bienes Raíces, Felipe Martínez, tildó de peligrosa la creación de un fondo donde serán depositadas todas las multas relacionadas con alquileres.
Martínez aseguró que sólo el 6% de la oferta de viviendas es para alquilar.
Noticias24
19-09-2011
Recopilado por:
Lic. Henry Medina
Asesor Inmobiliario, de Seguros e Inversiones
04166220453
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martes, 20 de septiembre de 2011
Banavih garantiza meta de la Misión Vivienda
Los créditos se pagan con cuotas pequeñas por hasta 25 años
A partir de la próxima semana, el Banco Nacional de Vivienda y Hábitat desplegará puntos de información y un simulador en todo el territorio nacional para que las personas consulten sobre sus opciones de financiamiento tanto para comprar vivienda en el mercado primario y segundario, así como para la auto construcción.
Al rechazar que sectores de la oposición busquen implantar una matriz negativa en relación a los esfuerzos del gobierno con la Misión Vivienda, el presidente del Banavih, Mario Isea, enfatizó que “se van a quedar con los crespos hechos quienes creen que la Misión Vivienda no se va a cumplir”.
Indicó que el presidente de la República, Hugo Chávez ha girado instrucciones de acelerar y apretar el paso para seguir mudando a los refugiados. “Todos los meses se van mudando refugiados”, según el cronograma indicó.
“Es un gran esfuerzo de todo el equipo gubernamental, (…) cuando uno proyecta se contrata primero, luego se desarrolla el proyecto y en la medida en que se va construyendo se va entregando los conjuntos por etapa”.
Aseguró que las cifras se van cumpliendo y cada día se perfecciona más los mecanismos de articulación para que la cartera hipotecaria fluya y los puntos del encaje que se liberaron se incorporen al financiamiento.
"Se aprobaron las condiciones de financiamiento que se van a aplicar al sistema", dijo explicando que para poder adquirir un crédito para la adquisición de una vivienda de 270 millones de bolívares, una familia que tenga como ingreso el salario mínimo recibe 80% de subsidio.
“La banca conoce estas condiciones y las puede aplicar”, señaló. Agregó que se instalarán en todo el país puntos de información de Banavih así como un simulador para que las personas consulten sobre sus opciones de financiamiento tanto para comprar vivienda en el mercado primario como segundario, como para autoconstrucción.
Negó que el Banavih no entregue los subsidios a tiempo, aunque reconoció que habían algunas medidas de control que han sido liberadas para facilitar la fluidez de protocolización de viviendas. “Había cierto control porque existían algunos sectores que jugaban con el dinero, lo represaban y los usaban como capital para la intermediación financiera y no para el financiamiento de vivienda, eso se ha aclarado con la banca y están muy claras las reglas y los acuerdos”, indicó.
Informó que hace poco protocolizaron 800 viviendas en Santa Rita; la semana pasada entregaron más 300 viviendas con Nueva Bolivia, 100 en Salamanca, en Ciudad Caribia y en Belén; y en la costa Oriental del Lago están por culminarse 1020 Ciudad Bolívar.
“El cierre de la misión arroja cifras superiores a 40 mil el mes pasado y esta cifra va a seguir creciendo porque hay grandes desarrollos habitacionales en construcción, algunas etapas para los últimos meses de este año y otras para el 2012”, aseveró.
Unionradio.net
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Al rechazar que sectores de la oposición busquen implantar una matriz negativa en relación a los esfuerzos del gobierno con la Misión Vivienda, el presidente del Banavih, Mario Isea, enfatizó que “se van a quedar con los crespos hechos quienes creen que la Misión Vivienda no se va a cumplir”.
Indicó que el presidente de la República, Hugo Chávez ha girado instrucciones de acelerar y apretar el paso para seguir mudando a los refugiados. “Todos los meses se van mudando refugiados”, según el cronograma indicó.
“Es un gran esfuerzo de todo el equipo gubernamental, (…) cuando uno proyecta se contrata primero, luego se desarrolla el proyecto y en la medida en que se va construyendo se va entregando los conjuntos por etapa”.
Aseguró que las cifras se van cumpliendo y cada día se perfecciona más los mecanismos de articulación para que la cartera hipotecaria fluya y los puntos del encaje que se liberaron se incorporen al financiamiento.
"Se aprobaron las condiciones de financiamiento que se van a aplicar al sistema", dijo explicando que para poder adquirir un crédito para la adquisición de una vivienda de 270 millones de bolívares, una familia que tenga como ingreso el salario mínimo recibe 80% de subsidio.
“La banca conoce estas condiciones y las puede aplicar”, señaló. Agregó que se instalarán en todo el país puntos de información de Banavih así como un simulador para que las personas consulten sobre sus opciones de financiamiento tanto para comprar vivienda en el mercado primario como segundario, como para autoconstrucción.
Negó que el Banavih no entregue los subsidios a tiempo, aunque reconoció que habían algunas medidas de control que han sido liberadas para facilitar la fluidez de protocolización de viviendas. “Había cierto control porque existían algunos sectores que jugaban con el dinero, lo represaban y los usaban como capital para la intermediación financiera y no para el financiamiento de vivienda, eso se ha aclarado con la banca y están muy claras las reglas y los acuerdos”, indicó.
Informó que hace poco protocolizaron 800 viviendas en Santa Rita; la semana pasada entregaron más 300 viviendas con Nueva Bolivia, 100 en Salamanca, en Ciudad Caribia y en Belén; y en la costa Oriental del Lago están por culminarse 1020 Ciudad Bolívar.
“El cierre de la misión arroja cifras superiores a 40 mil el mes pasado y esta cifra va a seguir creciendo porque hay grandes desarrollos habitacionales en construcción, algunas etapas para los últimos meses de este año y otras para el 2012”, aseveró.
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Asamblea Nacional retomará sesiones ordinarias este martes
Luego de concluir el receso parlamentario, la Asamblea Nacional (AN) iniciará este martes 20 de septiembre las sesiones ordinarias para continuar el segundo período legislativo.
La sesión se iniciará a las 2:00 de la tarde y dentro del Orden del Día destaca la segunda discusión del Proyecto de Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Viviendas.
Asimismo, se considerarán dos créditos adicionales para el Ministerio de Relaciones Interiores y Justicia, y un crédito adicional para el Gobierno del Distrito Capital, de acuerdo con la agenda publicada en la página web del parlamento.
La AN finalizó el 15 de agosto el período ordinario de sesiones, y durante el receso parlamentario se realizaron varias reuniones extraordinarias para abordar diversos tópicos.
El 18 de agosto se discutió la repatriación de las reservas internacionales en oro, mientras que el 22 de ese mes se trató el plan de agresión a instituciones del Estado por parte de sectores de la oposición con fines desestabilizadores.
Ese mismo día continuó la segunda discusión del Proyecto de Ley Orgánica Contra la Discriminación Racial.
El lunes 12 de septiembre se discutió el señalamiento del Departamento del Tesoro de Estados Unidos, en un informe que incluyó a funcionarios venezolanos en una lista de "narcotraficantes" por su supuesto apoyo a grupos insurgentes colombianos.
También en varias sesiones extraordinarias se aprobaron diferentes créditos adicionales.
El Nacional
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Asimismo, se considerarán dos créditos adicionales para el Ministerio de Relaciones Interiores y Justicia, y un crédito adicional para el Gobierno del Distrito Capital, de acuerdo con la agenda publicada en la página web del parlamento.
La AN finalizó el 15 de agosto el período ordinario de sesiones, y durante el receso parlamentario se realizaron varias reuniones extraordinarias para abordar diversos tópicos.
El 18 de agosto se discutió la repatriación de las reservas internacionales en oro, mientras que el 22 de ese mes se trató el plan de agresión a instituciones del Estado por parte de sectores de la oposición con fines desestabilizadores.
Ese mismo día continuó la segunda discusión del Proyecto de Ley Orgánica Contra la Discriminación Racial.
El lunes 12 de septiembre se discutió el señalamiento del Departamento del Tesoro de Estados Unidos, en un informe que incluyó a funcionarios venezolanos en una lista de "narcotraficantes" por su supuesto apoyo a grupos insurgentes colombianos.
También en varias sesiones extraordinarias se aprobaron diferentes créditos adicionales.
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Fondo de protección del inquilino recibirá las multas
Multas en Ley de Alquileres llegan a 1.000 unidades tributarias
La modificación a la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios contempla la creación del Fondo de Seguridad Social del Inquilino y el Pequeño Arrendador, cuyos ingresos serán las consignaciones y las multas.
En la reforma aprobada por la Comisión de Administración y Servicios de la Asamblea, los diputados incluyeron un fondo especial que asumiría algunos compromisos de los inquilinos y los pequeños propietarios. En el articulado se detalla que el esquema tendrá diferentes de fuentes de recursos.
En los artículos correspondientes a las sanciones se indica que cuando se impongan las multas, que oscilan entre 50 y 1.000 unidades tributarias, los recursos pagados serán destinados al fondo de protección. Luego en las disposiciones transitorias se apunta las consignaciones (pagos que se hacen en los tribunales cuando los inquilinos están en mora) también irán a ese esquema, pero esa transferencia se realizará un año después de la entrada en vigencia de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos.
La disposición agrega que "los arrendadores y arrendatarios que se encuentren sujetos al procedimiento de consignación judicial de pagos producto de la relación arrendaticia ante los tribunales de consignación, tendrán un año a partir de la entrada en vigencia de la presente ley para adecuar el pago del canon de arrendamiento".
Agrega que "si transcurrido el año, prescribe la acción de retirar lo consignado por parte de los titulares de la relación arrendaticia, los recursos que se encuentren sin reclamo en las cuentas bancarias destinadas a consignación, serán destinados por al Fondo de Seguridad Social del Inquilino y del Pequeño Arrendador".
El diputado Diosdado Cabello el pasado 31 de agosto comentó que "hay recursos que tienen 15 y 20 años colocados y los dueños no los han utilizado. Esas cuentas habrá que revisarlas" e indicó que ese esquema de protección tendrá varios objetivos, siendo uno de ellos cancelar los pagos a las depositarias (aquellas que reciben los enseres de los arrendatarios cuando éstos son desalojados y no tienen vivienda).
El proyecto de marco legal señala que el Fondo adicionalmente tendrá otros fines.
Según la propuesta de instrumento, "en los casos de relaciones arrendaticias anteriores a la entrada en vigencia de la ley, en los cuales el arrendador no comparezca o no se encuentre identificado, la Superintendencia Nacional de Arrendamiento y el arrendatario suscribirán un acuerdo a favor de los herederos del propietario del inmueble. Los intereses generados producto del depósito del pago del canon de arrendamiento estarán en función del nuevo Fondo de Seguridad Social del Inquilino y del Pequeño Arrendador".
El Universal
19-09-2011
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En la reforma aprobada por la Comisión de Administración y Servicios de la Asamblea, los diputados incluyeron un fondo especial que asumiría algunos compromisos de los inquilinos y los pequeños propietarios. En el articulado se detalla que el esquema tendrá diferentes de fuentes de recursos.
En los artículos correspondientes a las sanciones se indica que cuando se impongan las multas, que oscilan entre 50 y 1.000 unidades tributarias, los recursos pagados serán destinados al fondo de protección. Luego en las disposiciones transitorias se apunta las consignaciones (pagos que se hacen en los tribunales cuando los inquilinos están en mora) también irán a ese esquema, pero esa transferencia se realizará un año después de la entrada en vigencia de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos.
La disposición agrega que "los arrendadores y arrendatarios que se encuentren sujetos al procedimiento de consignación judicial de pagos producto de la relación arrendaticia ante los tribunales de consignación, tendrán un año a partir de la entrada en vigencia de la presente ley para adecuar el pago del canon de arrendamiento".
Agrega que "si transcurrido el año, prescribe la acción de retirar lo consignado por parte de los titulares de la relación arrendaticia, los recursos que se encuentren sin reclamo en las cuentas bancarias destinadas a consignación, serán destinados por al Fondo de Seguridad Social del Inquilino y del Pequeño Arrendador".
El diputado Diosdado Cabello el pasado 31 de agosto comentó que "hay recursos que tienen 15 y 20 años colocados y los dueños no los han utilizado. Esas cuentas habrá que revisarlas" e indicó que ese esquema de protección tendrá varios objetivos, siendo uno de ellos cancelar los pagos a las depositarias (aquellas que reciben los enseres de los arrendatarios cuando éstos son desalojados y no tienen vivienda).
El proyecto de marco legal señala que el Fondo adicionalmente tendrá otros fines.
Según la propuesta de instrumento, "en los casos de relaciones arrendaticias anteriores a la entrada en vigencia de la ley, en los cuales el arrendador no comparezca o no se encuentre identificado, la Superintendencia Nacional de Arrendamiento y el arrendatario suscribirán un acuerdo a favor de los herederos del propietario del inmueble. Los intereses generados producto del depósito del pago del canon de arrendamiento estarán en función del nuevo Fondo de Seguridad Social del Inquilino y del Pequeño Arrendador".
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Mercado de Alquiler en amenaza de desaparecer
En Carabobo hay 12 mil procedimientos de desalojo paralizados.
Para tener una oportunidad de mejorar sus ingresos, Rafael García decidió vender su apartamento en el edificio Giordano, pero se dejó llevar por la propuesta del cliente: alquilar el inmueble con opción a compra.
El usuario le propuso darle una inicial, y luego le prometió que solicitaría un crédito. Enseguida, García le arrendó la vivienda a un precio muy módico. De este acuerdo nada se ha cumplido, el arrendatario nunca le ha cancelado las rentas, ni tampoco la inicial. El ocupante alega que por tener una menor de edad tiene derecho a quedarse. Esto motivó a Rafael García a demandarlo en el Tribunal Primero de los Municipios, pero el caso no ha transcendido.
La Ley Contra Desalojos Arbitrarios establece que están suspendidas todas las medidas de desalojo de residencias, sea cual sea el motivo. Según María Elena Navarro, presidenta de la Red de Propietarios de Viviendas en Alquiler, en estos casos aún se debe respetar la vigente Ley de Arrendamientos Inmobiliarios de 1999, cuyo artículo 34 destaca que el arrendatario que haya dejado de pagar el canon correspondiente a dos meses de mensualidades consecutivas es causal de desocupación. "El arrendatario y el inquilino deben realizar actos conciliatorios, pero si una de las partes no está de acuerdo no hay trato posible", advirtió.
Esta Red, conformada en agosto de este año propone reducir la sensación de incertidumbre -con asesoramiento gratuito- a los propietarios de los inmuebles sobre los pasos a seguir en caso de afrontar algún problema con los inquilinos.
Relativos beneficios
En la actual Ley de Arrendamientos Inmobiliarios -1999-, el inquilino cuenta con una prórroga, si su contrato llega a término. Se establece un tiempo de gracia, en el cual una vez vencido el período contractual para el uso de la propiedad, la norma automáticamente le otorga al arrendatario un plazo para que pueda ubicar un sitio a dónde irse.
Si tiene una relación arrendaticia de seis meses o un año, tiene una prórroga legal de dos trimestres hasta un tope de tres años. Esto había tenido resultados muy positivos, porque el inquilino durante ese período podía buscar un sitio para vivir. Pero al consultor jurídico de la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos, Carlos Calanche, le preocupa que la comisión de Administración y Servicios de la AN durante la discusión del proyecto de Ley de Regulación y Control de Arrendamientos coloque como obligación, que el contrato sea ahora por un plazo mínimo de tres años.
"Es bastante delicado, porque realmente en este tipo de relaciones los que encaran son la voluntad de las partes".
El instrumento establece la posibilidad preferencial de renovar el contrato para el arrendatario y el inquilino, quienes podrán manifestar su voluntad de no continuar con éste antes del lapso, sin perjuicio de tener que pagar indemnizaciones o cánones restantes. Pero, el hecho de que se tenga que regular universalmente todos los inmuebles, también perjudica a los arrendadores, señala el especialista. La ley vigente establece que son objeto de regulación aquellas propiedades que sean construidas desde 1997; no establece ordenación universal de todas las casas. De aplicarse el proyecto, se desincentivaría la construcción de viviendas para alquiler, porque estas edificaciones serían reguladas por la Dirección de Inquilinato.
Se preve también crear una Superintendencia Nacional de Inquilinos, un ente administrativo adscrito al Ministerio de Vivienda y Hábitat, que se encargará de regular las incidencias que puedan presentar el inquilino y el arrendador. "Incluso supedita la redacción de cualquier contrato de arrendamiento a la supervisión de inquilinato para que esta verifique el canon y los convenimientos. Como consecuencia, otro trámite burocrático bastante complejo, pues si una persona quisiera suscribir este tipo de gestión con cualquier otra tendría que ir a esta entidad, esperar que revisen el documento y luego admitirlo", explicó Calanche. Para el abogado, es ilógico porque a veces hay contratos que deben hacerse de manera privada y otros a través de un notario.
Si un arrendador quería alquilar el inmueble amoblado, no podía pasar del 30% del canon de arrendamiento. Esta norma fue suprimida, lo cual traería como consecuencia que muchas personas de manera arbitraria alquilarán con sobreprecio.
Y en los casos donde los inquilinos fallecen, cualquier persona podría sustituir la posición que tenía. Esto generaría un mercado negro de personas que podrían traspasar los herederos del ocupante. "Podrían alquilárselos a un tercero, ajeno a la relación arrendataria", atestiguó Carlos Calanche.
Una ley parcializada
Ninguna ley puede aprobarse en desmedro de una de las partes. En el negocio del arrendamiento, el arrendador es el que ofrece su vivienda al mercado para que sea ocupada. Si la ordenanza perjudica a uno de los sectores no es buena. El Estado es el que decide todo, pone los precios y define las condiciones. De acuerdo con la directora de Políticas Públicas del Centro de Estudios para la Divulgación del Conocimiento Económico, Isabel Pereira, la norma debe ser objetiva, imparcial y beneficiosa para ambas partes.
"Las condiciones son tan duras para el arrendador que el mercado de alquileres en Venezuela ha caído desde hace aproximadamente dos años. En el país existe un déficit de más de dos millones de casas, cifras que demuestran que el Gobierno Nacional fracasó en la Misión Vivienda. Aparte que, las familias que aún no han tenido acceso a una propiedad y resolvían con el arrendamiento, ahora estarán muy perjudicadas porque este mercado tenderá a desaparecer. Los propietarios de viviendas, preferirán venderlas o inclusive mantenerlas cerradas, vaticinó Pereira.
Unos de los objetivos del sector construcción era edificar viviendas para alquiler, pero estarán limitadas, porque serán sometidas a una norma cuyo gran objetivo: es expropiarle la casa al propietario. "No consideran la defensa de la propiedad de la persona que trabajó durante toda su vida para comprar una casa, alquilarla y de ahí tener un ingreso para vivir. O que la tiene arrendada por un tiempo; mientras sus hijos son pequeños y cuando sean mayores dárselas", atestiguó Isabel Pereira. A su juicio, los arrendadores que quieran desocupar su inmueble tendrán que esperar que la Superintendencia Nacional de Inquilinos le consiga otra casa al ocupante. "¿Y cómo? si en el país no hay residencias".
Canon desequilibrado
El que también la Superintendencia decida el valor de la vivienda, sin tener en cuenta su localización, destruye el valor de la zona que ha logrado tener servicios suficientes para responder a la demanda. "Cómo una persona que habite en Prebo va a querer colocar su inmueble en el mercado de alquileres si va a costar igual que un apartamento en La Isabelica o en Paraparal", se preguntó Mayela Fonseca, consultora jurídica de la Cámara Inmobiliaria de Carabobo.
Estas son intervenciones del Estado en la economía. Sin embargo, admite la directora de Cedice que a las leyes vigentes hay que ajustarles ciertos parámetros para adecuarlas a los tiempos actuales, pero no se debe intentar derogar para producir un instrumento legal que resulta perjudicial para ambos.
Recuperación del inmueble
El procedimiento para poder recuperar el inmueble no tardará menos de cinco meses. La Superintendencia Nacional de Inquilinos, vía que hay que agotar previamente para poder desalojar, deberá recibir el documento de los arrendadores. "Indudablemente el panorama jurídico será dañino para ambas partes", advirtió la consultora jurídica de la Cámara Inmobiliaria de Carabobo, Mayela Fonseca.
La abogada alertó que debido a la discusión del nuevo instrumento se ha impedido que se ejecuten las decisiones que se espera por los casos en demandas, lo que ha generado efectos como: mayor morosidad por parte de los inquilinos. Muchos arrendatarios al enterarse que este proceso impide la interposición de cualquier juicio en contra de ellos para desalojarlos comenzaron a insolventarse en los pagos. "En lugar de ayudar al problema habitacional, esta ley lo agravará, agregó.
Proyecto en discusión
Desde 2007 está en discusión la Ley de Regulación y Control de Arrendamientos de Viviendas, que consta de 150 artículos. A través de firmas recabadas por el Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) se inició la discusión del proyecto, que actualmente se debate en la Asamblea Nacional. Hasta el seis de septiembre habían realizado 18 sesiones, mediante mesas técnicas que preside el diputado Diosdado Cabello.
El Carabobeño
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Para tener una oportunidad de mejorar sus ingresos, Rafael García decidió vender su apartamento en el edificio Giordano, pero se dejó llevar por la propuesta del cliente: alquilar el inmueble con opción a compra.
El usuario le propuso darle una inicial, y luego le prometió que solicitaría un crédito. Enseguida, García le arrendó la vivienda a un precio muy módico. De este acuerdo nada se ha cumplido, el arrendatario nunca le ha cancelado las rentas, ni tampoco la inicial. El ocupante alega que por tener una menor de edad tiene derecho a quedarse. Esto motivó a Rafael García a demandarlo en el Tribunal Primero de los Municipios, pero el caso no ha transcendido.
La Ley Contra Desalojos Arbitrarios establece que están suspendidas todas las medidas de desalojo de residencias, sea cual sea el motivo. Según María Elena Navarro, presidenta de la Red de Propietarios de Viviendas en Alquiler, en estos casos aún se debe respetar la vigente Ley de Arrendamientos Inmobiliarios de 1999, cuyo artículo 34 destaca que el arrendatario que haya dejado de pagar el canon correspondiente a dos meses de mensualidades consecutivas es causal de desocupación. "El arrendatario y el inquilino deben realizar actos conciliatorios, pero si una de las partes no está de acuerdo no hay trato posible", advirtió.
Esta Red, conformada en agosto de este año propone reducir la sensación de incertidumbre -con asesoramiento gratuito- a los propietarios de los inmuebles sobre los pasos a seguir en caso de afrontar algún problema con los inquilinos.
Relativos beneficios
En la actual Ley de Arrendamientos Inmobiliarios -1999-, el inquilino cuenta con una prórroga, si su contrato llega a término. Se establece un tiempo de gracia, en el cual una vez vencido el período contractual para el uso de la propiedad, la norma automáticamente le otorga al arrendatario un plazo para que pueda ubicar un sitio a dónde irse.
Si tiene una relación arrendaticia de seis meses o un año, tiene una prórroga legal de dos trimestres hasta un tope de tres años. Esto había tenido resultados muy positivos, porque el inquilino durante ese período podía buscar un sitio para vivir. Pero al consultor jurídico de la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos, Carlos Calanche, le preocupa que la comisión de Administración y Servicios de la AN durante la discusión del proyecto de Ley de Regulación y Control de Arrendamientos coloque como obligación, que el contrato sea ahora por un plazo mínimo de tres años.
"Es bastante delicado, porque realmente en este tipo de relaciones los que encaran son la voluntad de las partes".
El instrumento establece la posibilidad preferencial de renovar el contrato para el arrendatario y el inquilino, quienes podrán manifestar su voluntad de no continuar con éste antes del lapso, sin perjuicio de tener que pagar indemnizaciones o cánones restantes. Pero, el hecho de que se tenga que regular universalmente todos los inmuebles, también perjudica a los arrendadores, señala el especialista. La ley vigente establece que son objeto de regulación aquellas propiedades que sean construidas desde 1997; no establece ordenación universal de todas las casas. De aplicarse el proyecto, se desincentivaría la construcción de viviendas para alquiler, porque estas edificaciones serían reguladas por la Dirección de Inquilinato.
Se preve también crear una Superintendencia Nacional de Inquilinos, un ente administrativo adscrito al Ministerio de Vivienda y Hábitat, que se encargará de regular las incidencias que puedan presentar el inquilino y el arrendador. "Incluso supedita la redacción de cualquier contrato de arrendamiento a la supervisión de inquilinato para que esta verifique el canon y los convenimientos. Como consecuencia, otro trámite burocrático bastante complejo, pues si una persona quisiera suscribir este tipo de gestión con cualquier otra tendría que ir a esta entidad, esperar que revisen el documento y luego admitirlo", explicó Calanche. Para el abogado, es ilógico porque a veces hay contratos que deben hacerse de manera privada y otros a través de un notario.
Si un arrendador quería alquilar el inmueble amoblado, no podía pasar del 30% del canon de arrendamiento. Esta norma fue suprimida, lo cual traería como consecuencia que muchas personas de manera arbitraria alquilarán con sobreprecio.
Y en los casos donde los inquilinos fallecen, cualquier persona podría sustituir la posición que tenía. Esto generaría un mercado negro de personas que podrían traspasar los herederos del ocupante. "Podrían alquilárselos a un tercero, ajeno a la relación arrendataria", atestiguó Carlos Calanche.
Una ley parcializada
Ninguna ley puede aprobarse en desmedro de una de las partes. En el negocio del arrendamiento, el arrendador es el que ofrece su vivienda al mercado para que sea ocupada. Si la ordenanza perjudica a uno de los sectores no es buena. El Estado es el que decide todo, pone los precios y define las condiciones. De acuerdo con la directora de Políticas Públicas del Centro de Estudios para la Divulgación del Conocimiento Económico, Isabel Pereira, la norma debe ser objetiva, imparcial y beneficiosa para ambas partes.
"Las condiciones son tan duras para el arrendador que el mercado de alquileres en Venezuela ha caído desde hace aproximadamente dos años. En el país existe un déficit de más de dos millones de casas, cifras que demuestran que el Gobierno Nacional fracasó en la Misión Vivienda. Aparte que, las familias que aún no han tenido acceso a una propiedad y resolvían con el arrendamiento, ahora estarán muy perjudicadas porque este mercado tenderá a desaparecer. Los propietarios de viviendas, preferirán venderlas o inclusive mantenerlas cerradas, vaticinó Pereira.
Unos de los objetivos del sector construcción era edificar viviendas para alquiler, pero estarán limitadas, porque serán sometidas a una norma cuyo gran objetivo: es expropiarle la casa al propietario. "No consideran la defensa de la propiedad de la persona que trabajó durante toda su vida para comprar una casa, alquilarla y de ahí tener un ingreso para vivir. O que la tiene arrendada por un tiempo; mientras sus hijos son pequeños y cuando sean mayores dárselas", atestiguó Isabel Pereira. A su juicio, los arrendadores que quieran desocupar su inmueble tendrán que esperar que la Superintendencia Nacional de Inquilinos le consiga otra casa al ocupante. "¿Y cómo? si en el país no hay residencias".
Canon desequilibrado
El que también la Superintendencia decida el valor de la vivienda, sin tener en cuenta su localización, destruye el valor de la zona que ha logrado tener servicios suficientes para responder a la demanda. "Cómo una persona que habite en Prebo va a querer colocar su inmueble en el mercado de alquileres si va a costar igual que un apartamento en La Isabelica o en Paraparal", se preguntó Mayela Fonseca, consultora jurídica de la Cámara Inmobiliaria de Carabobo.
Estas son intervenciones del Estado en la economía. Sin embargo, admite la directora de Cedice que a las leyes vigentes hay que ajustarles ciertos parámetros para adecuarlas a los tiempos actuales, pero no se debe intentar derogar para producir un instrumento legal que resulta perjudicial para ambos.
Recuperación del inmueble
El procedimiento para poder recuperar el inmueble no tardará menos de cinco meses. La Superintendencia Nacional de Inquilinos, vía que hay que agotar previamente para poder desalojar, deberá recibir el documento de los arrendadores. "Indudablemente el panorama jurídico será dañino para ambas partes", advirtió la consultora jurídica de la Cámara Inmobiliaria de Carabobo, Mayela Fonseca.
La abogada alertó que debido a la discusión del nuevo instrumento se ha impedido que se ejecuten las decisiones que se espera por los casos en demandas, lo que ha generado efectos como: mayor morosidad por parte de los inquilinos. Muchos arrendatarios al enterarse que este proceso impide la interposición de cualquier juicio en contra de ellos para desalojarlos comenzaron a insolventarse en los pagos. "En lugar de ayudar al problema habitacional, esta ley lo agravará, agregó.
Proyecto en discusión
Desde 2007 está en discusión la Ley de Regulación y Control de Arrendamientos de Viviendas, que consta de 150 artículos. A través de firmas recabadas por el Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) se inició la discusión del proyecto, que actualmente se debate en la Asamblea Nacional. Hasta el seis de septiembre habían realizado 18 sesiones, mediante mesas técnicas que preside el diputado Diosdado Cabello.
El Carabobeño
18-09-2011
Recopilado por:
Lic. Henry Medina
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Dueños de residencias rechazan posibilidad de que el Estado establezca precios de alquileres
Propietarios de residencias afirman que “nadie puede ponerle precio a lo que es nuestro”
El tema de los alquileres se ha convertido en una noticia de interés nacional. Actualmente dentro del máximo órgano de la nación se discute la Ley de Arrendamientos, que figura, según lo dicho por los funcionarios de Gobierno y parlamentarios oficialistas, como una norma que busca establecer los derechos y deberes tanto del arrendador como del inquilino.
Sin embargo, esta Ley que pretende ponerse en marcha en los próximos meses, ha sido contrariada por quienes aseguran que representa un ataque en contra de la propiedad privada y de los derechos de las personas que se dedican a este tipo de actividades.
Los representantes de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela han dicho en reiteradas ocasiones que esta normativa legal pretende acabar con los derechos de los dueños de las viviendas y darle más beneficios a los inquilinos.
La presidenta de la Cámara Inmobiliaria de la entidad, Aurelis Farfán, ha criticado cada uno de los avances de la discusión de esta Ley de Arrendamiento y en declaraciones pasadas, aseguró que el “Gobierno pretende dejar indefenso a los arrendatarios, para tomar de la mano a las personas y familias que alquilan, sin tomar en cuenta las múltiples variables que intervienen en las diferentes situaciones”.
“No podemos estar de un sólo lado, es necesario que se tome en cuenta el respeto y los derechos de aquellas personas que deciden hacer del alquiler de habitaciones un medio para subsistir, porque en muchos casos no cuentan con ningún otro empleo”.
En Guayana existen numerosas residencias y casas destinadas al alquiler de habitaciones, que según los números oficiales manejados sobrepasan más de 500 lugares. En una visita hecha por varias viviendas donde alquilan habitación, se logró conversar con algunos propietarios que en muchos casos se negaron a dar información por temor a recibir un cierre o cancelación de su negocio de alquiler.
La señora Ximena Rodríguez, dueña de una residencia, afirmó que en su casa habitan 17 personas por concepto de inquilinos y que se ha encargado de revisar cada uno de los artículos de la Ley de Arrendamientos que se discute actualmente en la Asamblea Nacional.
Dijo que en algunos aspectos comparte las ideas del Gobierno, pero que en otros, se niega a aceptarlos porque sólo ellos conocen el gasto que tienen que llevar a cabo para poder mantener una residencia de calidad.
“Sabemos que el inquilino tiene una serie de derechos que nosotros como arrendadores tenemos el deber de respetar, sin embargo, el Gobierno debe estudiar todas las posibilidades de brindarnos nuestras garantías, para impedir que algunos inquilinos quieran aprovecharse de nosotros y quedarse con nuestros bienes tal como ha ocurrido en el país”.
Rodríguez, destacó que de acuerdo a la última información emitida desde la Asamblea Nacional, se está estudiando la posibilidad de que sea el Gobierno quien fije los precios de los alquileres, acción que cataloga como negativa, porque son los propietarios quienes conocen todo el gasto que han hecho para poder brindar al inquilino la tranquilidad de habitar en un lugar cómodo y adaptado a sus comodidades.
Que estudien el caso
Liseth Martínez, propietaria de otra vivienda donde se alquilan habitaciones, pidió al Gobierno que estudie todas las posibilidades viables para que no sea él quien fije los precios de las viviendas que se alquilan y de los cuartos.
Aseguró que durante varios años ha trabajado junto a su familia para generar este negocio, y lograr dividendos que le permitan vivir mejor. Dijo que el Gobierno no se imagina la cantidad de gastos que tienen como arrendatarios.
“El Presidente no puede pretender ser quien fije los precios de las viviendas alquiladas y de las habitaciones de las residencias, porque ahí se estaría atentando en contra de la propiedad privada y del derecho que tenemos nosotros para colocar precio a lo que es nuestro”.
La señora Martínez, dijo que como propietaria, hace un llamado a todos los dueños de las residencias y viviendas alquiladas para que se organicen y puedan establecer un documento firmado en el que se nieguen a aceptar que el Estado sea quien coloque los precios.
Afirmó que aunque no se ha aceptado la medida deben actuar con rapidez, para evitar que se ejecute y de esta manera, no sea el Estado venezolano quien fije el valor de los alquileres. “No podemos permitir que le coloquen precio a lo que es nuestro, porque sólo los arrendatarios conocemos toda la inversión realizada durante varios años para poder lograr tener un medio de vida”.
Aseguró que comparte las afirmaciones hechas por los representantes de la Cámara Inmobiliaria, al asegurar que esta Ley de Arrendamientos pretende defender sólo los derechos del inquilino, dejando atrás los artículos que protegen al arrendador.
Guayaneses respaldan y niegan Ley
Los guayaneses aseguraron que si bien, es necesario que el estado proteja a los arrendadores, también tienen que tomar en cuenta a los inquilinos a la hora de colocar un precio justo a las habitaciones y casas.
Aseguran que en muchos casos las personas exceden el precio de las habitaciones, “aprovechándose de la necesidad de las familias que no tienen un techo propio para vivir”.
Durante un consulta hecha a través de las redes sociales, hubo quienes apoyaron la necesidad de que el Estado intervenga en este “juego de alquileres”, para evitar seguir siendo víctimas de quienes en muchos casos rentan un cuarto en mil bolívares o más, números que son bastante elevados para cualquier persona que obtenga un sueldo igual o inferior al mínimo.
A través del twitter, @willi11barza, dijo que debe ser el Gobierno quien fije los precios, porque es el único que puede llevar a cabo un estudio detallado de las verdaderas necesidades de las personas y plantear un precio realmente justo para ambas partes”.
Por su parte, @erikalanz, dijo que “el Estado no debe intervenir en este tipo de cosas, porque ha demostrado ser imparcial. Siempre el Gobierno ha trabajado en función de favorecer a una de las partes y eso no es justo”.
Aseguró que debería existir lo que denominó como una “ecuación estándar” para el cálculo de los alquileres en el que se tomen en cuenta ciertas variables que respeten tanto al arrendador, como al inquilino.
@matiaruiz, apoyó el hecho de que el Presidente establezca un precio justo, porque “los arrendadores quieren abusar con nosotros por un cuartito donde no entran ni siquiera los objetos personales de una pareja”.
Nueva Prensa de Guayana
18-09-2011
Recopilado por:
Lic. Henry Medina
Asesor Inmobiliario, de Seguros e Inversiones
04166220453
twitter: @Henry_Medina
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El tema de los alquileres se ha convertido en una noticia de interés nacional. Actualmente dentro del máximo órgano de la nación se discute la Ley de Arrendamientos, que figura, según lo dicho por los funcionarios de Gobierno y parlamentarios oficialistas, como una norma que busca establecer los derechos y deberes tanto del arrendador como del inquilino.
Sin embargo, esta Ley que pretende ponerse en marcha en los próximos meses, ha sido contrariada por quienes aseguran que representa un ataque en contra de la propiedad privada y de los derechos de las personas que se dedican a este tipo de actividades.
Los representantes de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela han dicho en reiteradas ocasiones que esta normativa legal pretende acabar con los derechos de los dueños de las viviendas y darle más beneficios a los inquilinos.
La presidenta de la Cámara Inmobiliaria de la entidad, Aurelis Farfán, ha criticado cada uno de los avances de la discusión de esta Ley de Arrendamiento y en declaraciones pasadas, aseguró que el “Gobierno pretende dejar indefenso a los arrendatarios, para tomar de la mano a las personas y familias que alquilan, sin tomar en cuenta las múltiples variables que intervienen en las diferentes situaciones”.
“No podemos estar de un sólo lado, es necesario que se tome en cuenta el respeto y los derechos de aquellas personas que deciden hacer del alquiler de habitaciones un medio para subsistir, porque en muchos casos no cuentan con ningún otro empleo”.
En Guayana existen numerosas residencias y casas destinadas al alquiler de habitaciones, que según los números oficiales manejados sobrepasan más de 500 lugares. En una visita hecha por varias viviendas donde alquilan habitación, se logró conversar con algunos propietarios que en muchos casos se negaron a dar información por temor a recibir un cierre o cancelación de su negocio de alquiler.
La señora Ximena Rodríguez, dueña de una residencia, afirmó que en su casa habitan 17 personas por concepto de inquilinos y que se ha encargado de revisar cada uno de los artículos de la Ley de Arrendamientos que se discute actualmente en la Asamblea Nacional.
Dijo que en algunos aspectos comparte las ideas del Gobierno, pero que en otros, se niega a aceptarlos porque sólo ellos conocen el gasto que tienen que llevar a cabo para poder mantener una residencia de calidad.
“Sabemos que el inquilino tiene una serie de derechos que nosotros como arrendadores tenemos el deber de respetar, sin embargo, el Gobierno debe estudiar todas las posibilidades de brindarnos nuestras garantías, para impedir que algunos inquilinos quieran aprovecharse de nosotros y quedarse con nuestros bienes tal como ha ocurrido en el país”.
Rodríguez, destacó que de acuerdo a la última información emitida desde la Asamblea Nacional, se está estudiando la posibilidad de que sea el Gobierno quien fije los precios de los alquileres, acción que cataloga como negativa, porque son los propietarios quienes conocen todo el gasto que han hecho para poder brindar al inquilino la tranquilidad de habitar en un lugar cómodo y adaptado a sus comodidades.
Que estudien el caso
Liseth Martínez, propietaria de otra vivienda donde se alquilan habitaciones, pidió al Gobierno que estudie todas las posibilidades viables para que no sea él quien fije los precios de las viviendas que se alquilan y de los cuartos.
Aseguró que durante varios años ha trabajado junto a su familia para generar este negocio, y lograr dividendos que le permitan vivir mejor. Dijo que el Gobierno no se imagina la cantidad de gastos que tienen como arrendatarios.
“El Presidente no puede pretender ser quien fije los precios de las viviendas alquiladas y de las habitaciones de las residencias, porque ahí se estaría atentando en contra de la propiedad privada y del derecho que tenemos nosotros para colocar precio a lo que es nuestro”.
La señora Martínez, dijo que como propietaria, hace un llamado a todos los dueños de las residencias y viviendas alquiladas para que se organicen y puedan establecer un documento firmado en el que se nieguen a aceptar que el Estado sea quien coloque los precios.
Afirmó que aunque no se ha aceptado la medida deben actuar con rapidez, para evitar que se ejecute y de esta manera, no sea el Estado venezolano quien fije el valor de los alquileres. “No podemos permitir que le coloquen precio a lo que es nuestro, porque sólo los arrendatarios conocemos toda la inversión realizada durante varios años para poder lograr tener un medio de vida”.
Aseguró que comparte las afirmaciones hechas por los representantes de la Cámara Inmobiliaria, al asegurar que esta Ley de Arrendamientos pretende defender sólo los derechos del inquilino, dejando atrás los artículos que protegen al arrendador.
Guayaneses respaldan y niegan Ley
Los guayaneses aseguraron que si bien, es necesario que el estado proteja a los arrendadores, también tienen que tomar en cuenta a los inquilinos a la hora de colocar un precio justo a las habitaciones y casas.
Aseguran que en muchos casos las personas exceden el precio de las habitaciones, “aprovechándose de la necesidad de las familias que no tienen un techo propio para vivir”.
Durante un consulta hecha a través de las redes sociales, hubo quienes apoyaron la necesidad de que el Estado intervenga en este “juego de alquileres”, para evitar seguir siendo víctimas de quienes en muchos casos rentan un cuarto en mil bolívares o más, números que son bastante elevados para cualquier persona que obtenga un sueldo igual o inferior al mínimo.
A través del twitter, @willi11barza, dijo que debe ser el Gobierno quien fije los precios, porque es el único que puede llevar a cabo un estudio detallado de las verdaderas necesidades de las personas y plantear un precio realmente justo para ambas partes”.
Por su parte, @erikalanz, dijo que “el Estado no debe intervenir en este tipo de cosas, porque ha demostrado ser imparcial. Siempre el Gobierno ha trabajado en función de favorecer a una de las partes y eso no es justo”.
Aseguró que debería existir lo que denominó como una “ecuación estándar” para el cálculo de los alquileres en el que se tomen en cuenta ciertas variables que respeten tanto al arrendador, como al inquilino.
@matiaruiz, apoyó el hecho de que el Presidente establezca un precio justo, porque “los arrendadores quieren abusar con nosotros por un cuartito donde no entran ni siquiera los objetos personales de una pareja”.
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18-09-2011
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Gómez Sigala: Ley de Arrendamiento será un freno más a la construcción
A juicio del diputado por el estado Lara, Eduardo Gómez Sigala la aprobación de la Ley de Arrendamientos no solucione el problema sólo limita la propiedad privada.
“Aquí no están resolviendo el problema del arrendamiento limitando la propiedad privada y restringiendo la oferta de bienes para arrendamiento…están tratando de canalizar esto por instituciones oficialistas y será un freno más a la industria de la construcción”, dijo al Noticiero Promar.
Gómez Sigala explicó que esta nueva normativa legal fue aprobada por la Comisión en ausencia de la bancada de la oposición y será presentada el próximo martes en la sesión ordinaria de la AN.
Con respecto al tema de Guyana, el parlamentario indicó que el Gobierno de Hugo Chávez no ha asumido una postura contundente sobre esta situación, y que no ha actuado con diligencia al respecto.
Por último, señaló que la bancada oficialista no tiene prioridad en materia legislativa y que se han negado a discutir las estrategias y las acciones que el Ejecutivo nacional debe tomar en materia de seguridad.
EL IMPULSO
17-09-2011
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“Aquí no están resolviendo el problema del arrendamiento limitando la propiedad privada y restringiendo la oferta de bienes para arrendamiento…están tratando de canalizar esto por instituciones oficialistas y será un freno más a la industria de la construcción”, dijo al Noticiero Promar.
Gómez Sigala explicó que esta nueva normativa legal fue aprobada por la Comisión en ausencia de la bancada de la oposición y será presentada el próximo martes en la sesión ordinaria de la AN.
Con respecto al tema de Guyana, el parlamentario indicó que el Gobierno de Hugo Chávez no ha asumido una postura contundente sobre esta situación, y que no ha actuado con diligencia al respecto.
Por último, señaló que la bancada oficialista no tiene prioridad en materia legislativa y que se han negado a discutir las estrategias y las acciones que el Ejecutivo nacional debe tomar en materia de seguridad.
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Inquilinos no podrán estar más de 10 años en condición de arrendados
El proyecto de Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Viviendas obliga a las constructoras a destinar 10% de las soluciones habitacionales nuevas al alquiler, pero las familias beneficiadas de esas soluciones solamente estarán 10 años arrendadas.
En la propuesta de marco legal se contempla que los propietarios de esas viviendas vencido el plazo de 10 años tendrán que ofertar las unidades a los inquilinos.
Los artículos que fueron aprobados por la Comisión de Administración y Servicios indican que "a los arrendatarios (propietarios) se les garantiza que las familias no pasarán más 10 años en condición de arrendadas en los inmuebles construidos, por lo tanto al cumplirse los 10 años de construcción los propietarios tendrán el compromiso de ofertar las unidades a las personas que las ocupan y los precios de venta serán los que determine la Superintendencia Nacional de Arrendamiento".
En este capítulo de la Ley se contempla que las constructoras para poder iniciar los proyectos tendrán que notificar a la Superintendencia la cantidad de unidades habitacionales a construir así como el tiempo estipulado de producción. De igual manera tienen que informar los costos de construcción para que posteriormente se pueda determinar el canon de arrendamiento.
Además la Superintendencia Nacional de Arrendamiento podrá designar los inmuebles a arrendar en los nuevos desarrollos.
El Universal
17-09-2011
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Los artículos que fueron aprobados por la Comisión de Administración y Servicios indican que "a los arrendatarios (propietarios) se les garantiza que las familias no pasarán más 10 años en condición de arrendadas en los inmuebles construidos, por lo tanto al cumplirse los 10 años de construcción los propietarios tendrán el compromiso de ofertar las unidades a las personas que las ocupan y los precios de venta serán los que determine la Superintendencia Nacional de Arrendamiento".
En este capítulo de la Ley se contempla que las constructoras para poder iniciar los proyectos tendrán que notificar a la Superintendencia la cantidad de unidades habitacionales a construir así como el tiempo estipulado de producción. De igual manera tienen que informar los costos de construcción para que posteriormente se pueda determinar el canon de arrendamiento.
Además la Superintendencia Nacional de Arrendamiento podrá designar los inmuebles a arrendar en los nuevos desarrollos.
El Universal
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Ejecutivo aprueba 1.700 millones bolívares y $ 403.3 millones para construir siete mil viviendas en ciudad Caribia
Este sábado el Presidente de la República, Hugo Chávez, aprobó 1.700 millones de bolívares y 403.3 millones de dólares para construir siete mil viviendas en ciudad Caribia.
Con los recursos aprobados se iniciará la construcción de las viviendas de la tercera terraza del desarrollo urbanístico ubicado entre el estado Vargas y el Distrito Capital, zona en la que se planea construir 20 mil viviendas hasta el año 2018.
El Jefe de Estado comentó que el desarrollo estará culminado en el año 2018, fecha para la cual se espera que vivan en el lugar entre 75 mil y 100 mil personas. Finalmente, comentó que los recursos serán tomados de la cartera de endeudamiento hipotecario a través de la Ley Especial de Endeudamiento.
Al respecto, el ministro de la Vivienda y Hábitat, Ricardo Molina, explicó que estas nuevas unidades habitacionales se desarrollará en 121 hectáreas.
La construcción de las 7.000 casas tendrá una duración de 18 meses y se realizará de manera conjunta con una empresa iraní.
Molina explicó que en el primer trimestre de 2012 culminarán la primera etapa, con la construcción de 2.026 soluciones habitacionales.
correodelorinoco.gob.ve
17-09-2011
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El Jefe de Estado comentó que el desarrollo estará culminado en el año 2018, fecha para la cual se espera que vivan en el lugar entre 75 mil y 100 mil personas. Finalmente, comentó que los recursos serán tomados de la cartera de endeudamiento hipotecario a través de la Ley Especial de Endeudamiento.
Al respecto, el ministro de la Vivienda y Hábitat, Ricardo Molina, explicó que estas nuevas unidades habitacionales se desarrollará en 121 hectáreas.
La construcción de las 7.000 casas tendrá una duración de 18 meses y se realizará de manera conjunta con una empresa iraní.
Molina explicó que en el primer trimestre de 2012 culminarán la primera etapa, con la construcción de 2.026 soluciones habitacionales.
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Atenta ley de arrendamientos contra propiedad privada: empresarios
El presidente de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela, Aquiles Martini Pietri, calificó como desequilibrado y atentatorio contra la propiedad privada el proyecto de ley de control de arrendamientos, aprobado por la Asamblea Nacional.
“Ese proyecto provocará una anarquía contractual, al generar derechos a unas personas en detrimento de los derechos de otras”, aseguró el dirigente empresarial al ser entrevistado por Notimex.
El sector inmobiliario considera que el proyecto va en contra de la figura del arrendamiento, pues cercena el derecho de los propietarios actuales a disponer de sus bienes libremente como lo consagra la Constitución Nacional.
Martini Pietri dijo que esta ley, aprobada unilateralmente entre “gallos y medianoche”, también producirá apatía en el cumplimiento de los deberes de los arrendatarios, ya que busca perpetuar al ocupante en el inmueble alquilado.
“Hay una sobreprotección al inquilino, al extremo de que las causales de desalojo previstas en la ley fueron eliminadas y traspasadas a la ley de desalojos arbitrarios, que establece que si el Estado no te consigue una vivienda no podrás ser desalojado”.
Explicó que curiosamente crea un procedimiento de desalojo de la propiedad, que busca la lentitud de los procesos con cinco instancias, dos administrativas y tres judiciales, que prácticamente perpetuarán al inquilino en el inmueble.
Precisó que esto no es más que una violación del artículo 115 de la Constitución Nacional sobre lo que significa la disponibilidad de la propiedad privada.
“El instrumento afecta este derecho, en peor forma que la contenida en el fallido referéndum de 2007, porque en la práctica no habrá forma de recuperar tu patrimonio”, aseguró Martini Pietri.
“De manera que la que debió ser una ley democrática y lógica, terminó convirtiéndose en una ley ideológica y por demás impuesta, ya que excluyó deliberadamente a participar de las discusiones a los representantes del sector inmobiliario”, indicó.
Aseguró que se pretende traspasar la responsabilidad en vivienda al sector privado y a pesar de que el alquiler ha sido declarado “como de interés público, social y colectivo, no vemos al Estado construyendo edificios para alquilar”, subrayó.
Denunció que “en Venezuela se sataniza a los propietarios, se les excluye de un proyecto que les atañe, se les discrimina y se les condena sin derecho a la defensa.
“Las sanciones son exclusivamente para los dueños de los inmuebles, mientras se privilegian hasta las faltas contractuales de los ocupantes, creando anarquía y una ola de invasiones”, aseveró.
provincia.com.mx
17-09-2011
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El sector inmobiliario considera que el proyecto va en contra de la figura del arrendamiento, pues cercena el derecho de los propietarios actuales a disponer de sus bienes libremente como lo consagra la Constitución Nacional.
Martini Pietri dijo que esta ley, aprobada unilateralmente entre “gallos y medianoche”, también producirá apatía en el cumplimiento de los deberes de los arrendatarios, ya que busca perpetuar al ocupante en el inmueble alquilado.
“Hay una sobreprotección al inquilino, al extremo de que las causales de desalojo previstas en la ley fueron eliminadas y traspasadas a la ley de desalojos arbitrarios, que establece que si el Estado no te consigue una vivienda no podrás ser desalojado”.
Explicó que curiosamente crea un procedimiento de desalojo de la propiedad, que busca la lentitud de los procesos con cinco instancias, dos administrativas y tres judiciales, que prácticamente perpetuarán al inquilino en el inmueble.
Precisó que esto no es más que una violación del artículo 115 de la Constitución Nacional sobre lo que significa la disponibilidad de la propiedad privada.
“El instrumento afecta este derecho, en peor forma que la contenida en el fallido referéndum de 2007, porque en la práctica no habrá forma de recuperar tu patrimonio”, aseguró Martini Pietri.
“De manera que la que debió ser una ley democrática y lógica, terminó convirtiéndose en una ley ideológica y por demás impuesta, ya que excluyó deliberadamente a participar de las discusiones a los representantes del sector inmobiliario”, indicó.
Aseguró que se pretende traspasar la responsabilidad en vivienda al sector privado y a pesar de que el alquiler ha sido declarado “como de interés público, social y colectivo, no vemos al Estado construyendo edificios para alquilar”, subrayó.
Denunció que “en Venezuela se sataniza a los propietarios, se les excluye de un proyecto que les atañe, se les discrimina y se les condena sin derecho a la defensa.
“Las sanciones son exclusivamente para los dueños de los inmuebles, mientras se privilegian hasta las faltas contractuales de los ocupantes, creando anarquía y una ola de invasiones”, aseveró.
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Alquiler se fijará según tabla de nueve tipos de vivienda
Nueva normativa establece seis tipos de casas y tres de apartamentos
Los cánones de alquiler estarán supeditados a los precios de los inmuebles que establezca el Ministerio de Vivienda. El método de cálculo que está previsto en la Ley de Arrendamientos, instruye la clasificación de nueve tipos de unidades habitacionales, de la que se desprenderán los precios del metro cuadrado y los alquileres. La tabla con la tipología forma parte de la normativa que la próxima semana comenzará a debatir para su sanción definitiva la Asamblea Nacional (AN).
Rígel Sergent, vocero de la Red Metropolitana de Inquilinos, explicó que la diferenciación se basa en el modelo de las viviendas y los aspectos “constructivos”, pero excluye la ubicación y el costo de los terrenos.
Precisó que el esquema con los nueve tipos de construcción para determinar el precio del metraje contiene: quinta; casa-quinta; colonial, prefabricada; económica y por autoconstrucción (sectores populares), así como apartamento de lujo, tipo bloque y apartamento.
“La clasificación está sustentada en 11 aspectos de infraestructura como paredes, techos, pisos, instalaciones sanitarias y eléctricas, ventanas y puertas, los cuales permitirán determinar el costo del metro cuadrado según la condición de la vivienda”.
A manera de ejemplo, explicó que la tabla estipula que mientras un apartamento debe tener estructura de concreto y equipos sanitarios con porcelana de primera, en el caso de una vivienda por autoconstrucción será de machones de concreto con cabillas y baños de cerámica “económica” o de plástico.
“Las viviendas quedan diferenciadas y con ello el valor del metro cuadrado que privará para fijar los alquileres en todo el país”, sostuvo.
Valor irreal
La importancia de la clasificación que impone la Ley de Arrendamientos, señaló Sergent, radica en que el precio del metraje permitirá determinar el valor actual a la edificación, elemento que, según la fórmula para calcular el canon, se le descontará la depreciación por años de la construcción y de conservación, para fijar el monto del alquiler.
Para Sergent, la tabla diseñada por expertos del Banco Central de Venezuela y del Seniat, permite determinar el precio justo de los inmuebles y erradicar la práctica de anexarle elementos como la ubicación y servicios para especular con los arriendos.
Aunque la Comisión de Administración y Servicios, instancia encargada de redactar el proyecto que debatirá la AN, negó incluir la ubicación como factor que incide en el precio de la vivienda y el alquiler, su vicepresidente, César Rincones (AD-Sucre) aseguró que la bancada de la oposición presionará para que sea considerada.
Explicó que no puede ser calificado de justo que un arriendo en una localidad rural tenga el mismo importe que en la zona urbana, pues tanto el propietario como el inquilino tienen gastos y necesidades diferentes. Si bien reconoció que se deben controlar los arriendos, dijo que pedirán incluir nuevos elementos que impactan en el valor de las viviendas.
Depreciación
La Ley de Alquileres hace uso de la tabla internacional llamada Ross-Hei deke para determinar la depreciación de un inmueble. Ésta considera nueve categorías, que van desde una vivienda en óptimas condiciones hasta la demolición, con rebaja máxima de 90%.
El Tiempo
17-09-2011
Recopilado por:
Lic. Henry Medina
Asesor Inmobiliario, de Seguros e Inversiones
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Rígel Sergent, vocero de la Red Metropolitana de Inquilinos, explicó que la diferenciación se basa en el modelo de las viviendas y los aspectos “constructivos”, pero excluye la ubicación y el costo de los terrenos.
Precisó que el esquema con los nueve tipos de construcción para determinar el precio del metraje contiene: quinta; casa-quinta; colonial, prefabricada; económica y por autoconstrucción (sectores populares), así como apartamento de lujo, tipo bloque y apartamento.
“La clasificación está sustentada en 11 aspectos de infraestructura como paredes, techos, pisos, instalaciones sanitarias y eléctricas, ventanas y puertas, los cuales permitirán determinar el costo del metro cuadrado según la condición de la vivienda”.
A manera de ejemplo, explicó que la tabla estipula que mientras un apartamento debe tener estructura de concreto y equipos sanitarios con porcelana de primera, en el caso de una vivienda por autoconstrucción será de machones de concreto con cabillas y baños de cerámica “económica” o de plástico.
“Las viviendas quedan diferenciadas y con ello el valor del metro cuadrado que privará para fijar los alquileres en todo el país”, sostuvo.
Valor irreal
La importancia de la clasificación que impone la Ley de Arrendamientos, señaló Sergent, radica en que el precio del metraje permitirá determinar el valor actual a la edificación, elemento que, según la fórmula para calcular el canon, se le descontará la depreciación por años de la construcción y de conservación, para fijar el monto del alquiler.
Para Sergent, la tabla diseñada por expertos del Banco Central de Venezuela y del Seniat, permite determinar el precio justo de los inmuebles y erradicar la práctica de anexarle elementos como la ubicación y servicios para especular con los arriendos.
Aunque la Comisión de Administración y Servicios, instancia encargada de redactar el proyecto que debatirá la AN, negó incluir la ubicación como factor que incide en el precio de la vivienda y el alquiler, su vicepresidente, César Rincones (AD-Sucre) aseguró que la bancada de la oposición presionará para que sea considerada.
Explicó que no puede ser calificado de justo que un arriendo en una localidad rural tenga el mismo importe que en la zona urbana, pues tanto el propietario como el inquilino tienen gastos y necesidades diferentes. Si bien reconoció que se deben controlar los arriendos, dijo que pedirán incluir nuevos elementos que impactan en el valor de las viviendas.
Depreciación
La Ley de Alquileres hace uso de la tabla internacional llamada Ross-Hei deke para determinar la depreciación de un inmueble. Ésta considera nueve categorías, que van desde una vivienda en óptimas condiciones hasta la demolición, con rebaja máxima de 90%.
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Estiman que Ley de Alquileres limita disposición de la propiedad
El proyecto de Ley de Arrendamientos impone multas de 50 a 1.000 unidades tributarias y por reincidir en las faltas se expropiará
La Comisión de Administración y Servicios la próxima semana enviará a la plenaria del Parlamento la reforma de la Ley de Arrendamientos y a juicio de los inmobiliarios esa modificación del marco legal limita la disposición de la propiedad privada y cambia la figura de las expropiaciones, porque no son por causa de utilidad pública e interés social.
El presidente de la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos (Apiur), Roberto Orta, considera que ante las últimas disposiciones aprobadas se busca "disminuir la propiedad de los inmuebles alquilados, perpetuando a los inquilinos en las viviendas".
Esta semana los diputados aprobaron las últimos artículos para concretar el informe final y las disposiciones que tuvieron el visto bueno fueron las correspondientes al método de cálculo de arrendamiento, las sanciones y el procedimiento de venta de las viviendas que están ubicadas en los edificios destinados al alquiler.
En una de las disposiciones transitorias se ordena a los propietarios de los edificios en alquiler y de vieja data a vender las viviendas a los inquilinos en un lapso de 180 días, luego de la entrada de vigencia del texto. Si los propietarios no realizan la oferta en el lapso previsto en la ley, la Superintendencia de Arrendamientos publicará carteles dos veces a la semana por 30 días solicitando la presencia de los dueños de los edificios. Si los dueños no comparecen, el organismo expropiará los inmuebles.
Según el texto, la Superintendencia de Arrendamiento determinará el valor de venta de los inmuebles y para ello será considerado el estado de las bienhechurías, "en ningún caso se tomarán en cuenta para el cálculo el valor de la tierra, los factores de ubicación y los precios de mercado".
Roberto Orta señala que dichos artículos limitan el atributo de la disposición de la propiedad privada que está previsto en el artículo 115 de la Constitución, debido "a que nadie puede ser obligado a vender o a comprar".
Apunta que ante la fijación del precio de venta "se desconoce el valor de la tierra de los edificios en arrendamiento, lo que implica confiscar los terrenos, al no reconocerse su valor".
Sanciones
Las expropiaciones no sólo se contemplan por el incumplimiento de la disposición transitoria sobre la venta de inmuebles, también están previstas en las sanciones.
El propuesta de ley se contemplan multas entre 50 y 1.000 unidades tributarias (3.800 bolívares a 76.000 bolívares). El texto agrega que si el propietario reincide una vez en las faltas las multas se duplican y a la tercera vez se le expropian los bienes siempre que posea más de 5 inmuebles.
En su análisis del texto, el presidente de Apiur comenta que "todas las multas son para el propietario y son extremadamente altas" y añade que "las expropiaciones por reincidencia en multas desnaturaliza la figura de la expropiación que es por causa de utilidad publica o interés social".
Sin aclarar
Roberto Orta señala que existen aspecto en el proyecto que generan dudas, debido a que en las disposiciones finales no se deroga la congelación de alquileres y por ello, expresa que "los arrendamientos, después de la vigencia del marco legal, seguirán regulados".
El abogado apunta que tampoco fue derogada la Ley contra los Desalojos Arbitrarios de Vivienda, de manera que "ello afecta la recuperación del inmueble alquilado, sin importar la causal de desalojo".
En el proyecto de reforma de la Ley de Arrendamientos todos los artículos correspondientes a los desalojos, remiten a la ley que autorizó el Gobierno. Ese texto indica que si las autoridades fallan a favor del dueño del inmueble, los inquilinos no podrán abandonar la casa, hasta que no hayan conseguido una vivienda.
El Universal
17-09-2011
Recopilado por:
Lic. Henry Medina
Asesor Inmobiliario, de Seguros e Inversiones
04166220453
twitter: @Henry_Medina
PIN 31E5A7B4
hmedina30@yahoo.es
http://es.groups.yahoo.com/group/corredor_inmobiliario/
La Comisión de Administración y Servicios la próxima semana enviará a la plenaria del Parlamento la reforma de la Ley de Arrendamientos y a juicio de los inmobiliarios esa modificación del marco legal limita la disposición de la propiedad privada y cambia la figura de las expropiaciones, porque no son por causa de utilidad pública e interés social.
El presidente de la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos (Apiur), Roberto Orta, considera que ante las últimas disposiciones aprobadas se busca "disminuir la propiedad de los inmuebles alquilados, perpetuando a los inquilinos en las viviendas".
Esta semana los diputados aprobaron las últimos artículos para concretar el informe final y las disposiciones que tuvieron el visto bueno fueron las correspondientes al método de cálculo de arrendamiento, las sanciones y el procedimiento de venta de las viviendas que están ubicadas en los edificios destinados al alquiler.
En una de las disposiciones transitorias se ordena a los propietarios de los edificios en alquiler y de vieja data a vender las viviendas a los inquilinos en un lapso de 180 días, luego de la entrada de vigencia del texto. Si los propietarios no realizan la oferta en el lapso previsto en la ley, la Superintendencia de Arrendamientos publicará carteles dos veces a la semana por 30 días solicitando la presencia de los dueños de los edificios. Si los dueños no comparecen, el organismo expropiará los inmuebles.
Según el texto, la Superintendencia de Arrendamiento determinará el valor de venta de los inmuebles y para ello será considerado el estado de las bienhechurías, "en ningún caso se tomarán en cuenta para el cálculo el valor de la tierra, los factores de ubicación y los precios de mercado".
Roberto Orta señala que dichos artículos limitan el atributo de la disposición de la propiedad privada que está previsto en el artículo 115 de la Constitución, debido "a que nadie puede ser obligado a vender o a comprar".
Apunta que ante la fijación del precio de venta "se desconoce el valor de la tierra de los edificios en arrendamiento, lo que implica confiscar los terrenos, al no reconocerse su valor".
Sanciones
Las expropiaciones no sólo se contemplan por el incumplimiento de la disposición transitoria sobre la venta de inmuebles, también están previstas en las sanciones.
El propuesta de ley se contemplan multas entre 50 y 1.000 unidades tributarias (3.800 bolívares a 76.000 bolívares). El texto agrega que si el propietario reincide una vez en las faltas las multas se duplican y a la tercera vez se le expropian los bienes siempre que posea más de 5 inmuebles.
En su análisis del texto, el presidente de Apiur comenta que "todas las multas son para el propietario y son extremadamente altas" y añade que "las expropiaciones por reincidencia en multas desnaturaliza la figura de la expropiación que es por causa de utilidad publica o interés social".
Sin aclarar
Roberto Orta señala que existen aspecto en el proyecto que generan dudas, debido a que en las disposiciones finales no se deroga la congelación de alquileres y por ello, expresa que "los arrendamientos, después de la vigencia del marco legal, seguirán regulados".
El abogado apunta que tampoco fue derogada la Ley contra los Desalojos Arbitrarios de Vivienda, de manera que "ello afecta la recuperación del inmueble alquilado, sin importar la causal de desalojo".
En el proyecto de reforma de la Ley de Arrendamientos todos los artículos correspondientes a los desalojos, remiten a la ley que autorizó el Gobierno. Ese texto indica que si las autoridades fallan a favor del dueño del inmueble, los inquilinos no podrán abandonar la casa, hasta que no hayan conseguido una vivienda.
El Universal
17-09-2011
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Ley de Arrendamientos marca la retirada de los propietarios
OPCIONES. Cada vez son menores las ofertas inmobiliarias en los clasificados de la prensa regional.
La próxima semana será entregado a la plenaria del Parlamento el informe final de la reforma de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios. Las expectativas están a la orden del día, mientras que las críticas de diversos gremios hacen mella a lo que podría ser un drástico declive para el sector.
La Comisión de Administración y Servicios de la Asamblea Nacional elaboró y aprobó el proyecto. Ahora sólo resta que los legisladores den o no su consentimiento, en medio de distintas diatribas que van desde sanciones y multas, hasta expropiaciones a los arrendadores.
Para Jonathan Díaz, vicepresidente de la Cámara Inmobiliaria de Nueva Esparta, el panorama no es nada alentador, cuando se podría aprobar una Ley que desprotege a los propietarios y desestimula el negocio inmobiliario.
Basta dar una ojeada a los principales clasificados de la prensa para darse cuenta de la magnitud del problema, pese a que el referido instrumento legal aún no ha sido aprobado. En la búsqueda, son pocas las alternativas de arrendamiento y las que se consiguen están condicionadas por un alto precio a personas que no posean hijos, entre otras limitantes.
Díaz denuncia la falta de garantías para los empresarios, quienes ven en la Ley de Regularización y Control de Arrendamientos de Viviendas la manera más oportuna para retirarse del mercado, antes que ser perjudicados y perder sus propiedades.
Ya el representante del gremio inmobiliario insular ha hecho énfasis, en anteriores oportunidades, en el vuelco que ha dado este negocio en la Isla. Se ha hecho común el incremento de opciones que tienen que ver con alquileres de casas o apartamentos vacacionales. Éstos son rentados por pocas semanas y con desconfianza; aún así, la necesidad de rebuscarse sigue siendo apremiante para los dueños de inmuebles.
Según refiere Carlos Alberto Calanche, consultor jurídico de la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos (Apiur), a través de un artículo publicado en la edición digital de El Carabobeño, la Ley de Regularización y Control de Arrendamientos de Viviendas pretende legislar prácticamente sobre cada escenario o caso particular.
Sin embargo, el remedio podría resultar peor que la enfermedad, pues al largo plazo podría generarse un “mercado inmobiliario paralelo” con un funcionamiento “paralegal”.
Según Calanche, la obligatoriedad de firmar un contrato inquilino-arrendador por un mínimo de tres años, “con una inflación galopante que ronda por el 27% cada año, al final desfavorecerá al propietario, porque tal vez viva de esa renta y la inflación se comerá sus ganancias”.
A su juicio, la imposibilidad de elevar el canon anualmente traerá como consecuencia la creación de “métodos paralelos” en la búsqueda de ajustar el cobro de alguna manera.
Elsoldemargarita.com.ve
17-09-2011
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La próxima semana será entregado a la plenaria del Parlamento el informe final de la reforma de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios. Las expectativas están a la orden del día, mientras que las críticas de diversos gremios hacen mella a lo que podría ser un drástico declive para el sector.
La Comisión de Administración y Servicios de la Asamblea Nacional elaboró y aprobó el proyecto. Ahora sólo resta que los legisladores den o no su consentimiento, en medio de distintas diatribas que van desde sanciones y multas, hasta expropiaciones a los arrendadores.
Para Jonathan Díaz, vicepresidente de la Cámara Inmobiliaria de Nueva Esparta, el panorama no es nada alentador, cuando se podría aprobar una Ley que desprotege a los propietarios y desestimula el negocio inmobiliario.
Basta dar una ojeada a los principales clasificados de la prensa para darse cuenta de la magnitud del problema, pese a que el referido instrumento legal aún no ha sido aprobado. En la búsqueda, son pocas las alternativas de arrendamiento y las que se consiguen están condicionadas por un alto precio a personas que no posean hijos, entre otras limitantes.
Díaz denuncia la falta de garantías para los empresarios, quienes ven en la Ley de Regularización y Control de Arrendamientos de Viviendas la manera más oportuna para retirarse del mercado, antes que ser perjudicados y perder sus propiedades.
Ya el representante del gremio inmobiliario insular ha hecho énfasis, en anteriores oportunidades, en el vuelco que ha dado este negocio en la Isla. Se ha hecho común el incremento de opciones que tienen que ver con alquileres de casas o apartamentos vacacionales. Éstos son rentados por pocas semanas y con desconfianza; aún así, la necesidad de rebuscarse sigue siendo apremiante para los dueños de inmuebles.
Según refiere Carlos Alberto Calanche, consultor jurídico de la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos (Apiur), a través de un artículo publicado en la edición digital de El Carabobeño, la Ley de Regularización y Control de Arrendamientos de Viviendas pretende legislar prácticamente sobre cada escenario o caso particular.
Sin embargo, el remedio podría resultar peor que la enfermedad, pues al largo plazo podría generarse un “mercado inmobiliario paralelo” con un funcionamiento “paralegal”.
Según Calanche, la obligatoriedad de firmar un contrato inquilino-arrendador por un mínimo de tres años, “con una inflación galopante que ronda por el 27% cada año, al final desfavorecerá al propietario, porque tal vez viva de esa renta y la inflación se comerá sus ganancias”.
A su juicio, la imposibilidad de elevar el canon anualmente traerá como consecuencia la creación de “métodos paralelos” en la búsqueda de ajustar el cobro de alguna manera.
Elsoldemargarita.com.ve
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