martes, 15 de noviembre de 2011

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DISPOSICIONES DE LA LEY DE ARRENDAMIENTOS

Artículo 51. Los contratos de arrendamiento tendrán una duración mínima de un año, que podrá renovarse por preferencia de los inquilinos. Pudiendo los arrendatarios manifestar, antes de la culminación del lapso, su voluntad de no continuar con el contrato.

Artículo 53. A los contratos se les tiene que anexar la resolución mediante la cual la Superintendencia de Arrendamientos fija el correspondiente canon. Los arrendadores que hagan caso omiso de esto serán objeto de sanción.

Artículo 89. Al vencimiento del plazo del contrato, el arrendatario tendrá derecho preferente a seguir ocupando el inmueble siempre que esté solvente en el pago. El arrendador que incumpla esta disposición estará obligado a indemnizar al inquilino con 100 Unidades Tributarias por cada mes que estuvo fuera de la vivienda.

Artículo 130. Queda prohibido el exceso de cobro bajo coacción u otras modalidades que intenten desvirtuar el canon de arrendamiento establecido por la Superintendencia.

El Universal
15-11-2011

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Lic. Henry Medina
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El alquiler será más alto en estados orientales y Caracas

La nueva Ley de Arrendamientos Inmobiliarios ya está vigente

Para calcular el canon de arrendamiento se tomará en cuenta la ubicación, el valor de reposición del inmueble y la depreciación

MAYELA ARMAS H.
martes 15 de noviembre de 2011 12:00 AM
A través del Reglamento de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda el Gobierno amplía la metodología que se aplicará para calcular la renta que podrán cobrar los propietarios.

El texto, que fue divulgado por el ministro de Comunicación, Andrés Izarra, en su cuenta de Twitter, señala que para la estimación del canon de arrendamiento se tomará en cuenta el valor de reposición del bien, la depreciación del inmueble, la vulnerabilidad sísmica y la ubicación geográfica.

Respecto a la ubicación de la vivienda, la norma presenta una tabla con calificaciones por zonas y, de acuerdo a ese tabulador, los estados orientales (Anzoátegui, Monagas y Sucre) y el Distrito Capital tienen las mayores valoraciones de 1,03 y 1, respectivamente, lo que significa que el alquiler sería más alto en esas entidades.

Para la región Insular (Nueva Esparta y territorios) la valoración es 0,94, en los estados andinos (Mérida, Táchira y Trujillo) es 0,82%, en Zulia es 0,65, en las entidades occidentales (Falcón, Lara y Yaracuy) es 0,62 al igual que en los Llanos. En el sur del país (Bolívar y Amazonas) la calificación es la más baja de 0,59.

Voceros de las redes de inquilinos comentan que para hacer esas valoraciones se analizaron las infraestructuras así como los niveles de ingresos.

El reglamento de la ley detalla los otros aspectos que se incluirán en el canon. Así indica que en el valor de reposición será incorporado el costo actual del inmueble y para determinar este costo se tendrá en consideración la estructura y los servicios de la vivienda.

Para la depreciación y la valoración sísmica, se incorporaron otros tabuladores que empleará como referencia el organismo supervisor del área .

La modificación de la Ley de Arrendamientos, que ya está publicada en la Gaceta Extraordinaria No. 6.053, indica que el canon podrá revisarse anualmente, porque ese es el plazo establecido para los contratos. La evaluación de la renta puede hacerse antes de un año si el propietario ha efectuado en el inmueble mejoras con costo que supera 20% del valor del bien.

Desalojos

Además del canon de arrendamiento, el reglamento detalla el capítulo sobre desalojos.

Según la nueva Ley, el desalojo del inquilino procederá cuando éste, sin causa justificada, haya dejado de pagar cuatro alquileres, si ha destinado el inmueble a usos deshonestos, si ha ocasionado deterioros mayores a los provenientes del uso normal del inmueble o se incumple las normas de convivencia ciudadana.

Cuando se trata de haber dejado de cancelar la renta se explica que serán consideradas causas justificadas para la falta de pago cuando el inquilino presente insolvencia económica por un período de cuatro meses consecutivos y comprobables o que la insolvencia sea por una causa de fuerza mayor o caso fortuito, que sea comprobado.

También se considerarán causas justificadas de desalojo cuando el arrendatario padezca una enfermedad grave en estado terminal, cuando al arrendatario le sea declarado una incapacidad temporal y cuando los adultos mayores tengan alguna insolvencia económica.

El reglamento se extiende sobre las custodias y añade que si se materializa el desalojo judicial de un inmueble destinado a vivienda, los gastos que se generen por esa acción deberán ser cubiertos por el demandante (propietario), cuando la demanda se haya iniciado por la necesidad de ocupar el inmueble. En los otros casos corresponderá al demandado.

Agilizar procesos

La Ley de Arrendamientos Inmobiliarios en sus disposiciones transitorias ordena, en un plazo de 60 días, la oferta de aquellas edificaciones que tienen más de 20 años destinadas al alquiler. La intención es que los inquilinos tengan la propiedad de esas viviendas.

Y para agilizar las ventas, en el nuevo instrumento legal se ordena acelerar la transformación de esos inmuebles de alquiler en propiedad horizontal, a fin de que las unidades habitacionales tengan condominios y se cumpla con la Ley de Propiedad Horizontal. Se obliga a los registros subalternos a autentificar de forma gratuita todos los documentos de condominio y se apunta que "los inmuebles se deben autenticar con la documentación que exista".

El Universal
15-11-2011

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La ubicación geográfica depreciará inmuebles

La vulnerabilidad sísmica y la región geográfica, los factores añadidos por la Asamblea Nacional a la fórmula presentada por los inquilinos para calcular el valor de los inmuebles, reducirán más los precios, según el reglamento de la ley para regularización y control de los arrendamientos de viviendas.

El reglamento, que ya fue refrendado por el presidente Hugo Chávez y saldrá publicado en Gaceta Oficial en los próximos días, crea dos coeficientes que se agregan al costo de reposición (calculado en función del tipo de construcción y el tamaño) y al porcentaje de depreciación.

El coeficiente de vulnerabilidad sísmica, que toma en cuenta el año de construcción y las normas vigentes para el momento, aumenta el valor de los inmuebles construidos después de 2001 (al multiplicarlo por 1,1) y mantiene el de los edificados entre 1983 y 2001.

Pero deprecia el valor del resto de los inmuebles al multiplicarlo por valores inferiores a 1.

El coeficiente es 0,9 si fueron erigidos entre 1967 y 1983; 0,75 si fueron construidos entre 1955 y 1967; 0,8 si fueron edificados entre 1939 y 1955 y 0,6 si fueron hechos antes de 1939.

El coeficiente de ubicación geográfica divide al país en 9 regiones. Solamente 2 (Capital y Oriente) tienen un valor igual o superior a 1, lo que mantendrá el valor del inmueble. El resto (Andes, Centro, Insular, Llanos, Occidente, Sur y Zulia) está por debajo de ese número, lo que depreciará las viviendas.

Expropiación. La ley sanciona con expropiación a los dueños de más de cinco inmuebles que cometan una falta por tercera vez. El reglamento agrega que también serán castigados con esa medida quienes se nieguen a pagar las multas impuestas por la Superintendencia Nacional de Arrendamientos.

El reglamento indica que los procedimientos para imponer sanciones se iniciarán a solicitud de la parte interesada o de oficio. Los acusados tendrán 15 días, después de ser notificados, para defenderse.

Después de que el organismo emita su fallo, los afectados podrán solicitar un recurso contencioso de nulidad ante los tribunales en un lapso máximo de 90 días.

ALEJANDRO HINDS
ahinds@el−nacional.com

El Nacional
15-11-2011

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Martini: Mercado inmobiliario “llegará a cero”

Aquiles Martini Pietri
El presidente de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela, Aquiles Martini Pietri, señaló que la recién promulgada Ley de Arrendamiento llevará “el mercado a cero”, y creará una disminución importante del patrimonio de los ciudadanos. “Es una regulación no solo de los alquileres sino de la propiedad”.

Asegura que la “discriminación” de los propietarios se refleja cuando se les obliga a vender sus inmuebles y un Estado interviniendo directamente en el desarrollo inmobiliario.

Martini indicó en Actualidad de Unión Radio que el tema de las viviendas en situación de riesgo está allí desde hace años, y no se ha tratado con políticas efectivas. Sugiere que, como en otros países, se destinen viviendas solo con fines de alquiler.

Reprocha que el Gobierno siga enfrentando a los propietarios y no dé respuesta a la enorme demanda de viviendas. Las personas que están en refugios desde el año pasado no han sido reubicadas. “Allí está el Sambil y los hoteles llenos de gente, siguen estando las protestas de los damnificados”.

También recrimina que “todas las personas que arrienden tengan que pasar por la nueva Superintendencia, so pena que sean multados con 30 mil bolívares, si reincide con el doble de ese monto y finalmente lo expropien”.

Unionradio.net
14-11-2011

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El miércoles se celebra el foro "La Carlota, parque verde" en la UCV

Este miércoles 16 de noviembre, a partir de las 10 de la mañana, se realizará el foro "La Carlota, parque verde" en la Facultad de Arquitectura y Urbanismo de la UCV. Asociaciones civiles, de vecinos, consejos comunales, organizaciones ambientalistas y académicos invitan a conocer su lucha de 30 años, porque La Carlota sea parque, eso sí, verde.

Los participantes expresarán su preocupación sobre el anuncio del Gobierno de hacer de La Carlota un parque con un proyecto que no se ha discutido con la comunidad.

La agenda del foro incluye la explicación de qué significa La Carlota para Caracas, 30 años de la lucha ciudadana por un parque verde, parques urbanos y los matices del verde, importancia ambiental de La Carlota para la ciudad y las oportunidades viales y de transporte que ofrece. También habrá una sesión de preguntas para los ponentes.

Entre los expositores están el decano de la Facultad, Guillermo Barrios; el arquitecto Marco Negrón; representantes de la Sociedad Venezolana de Arquitectos Paisajistas y vecinos.

El Universal
14-11-2011

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Caracas: el grafiti y la ciudad

Hace algunas semanas presenté la charla “El arte y la Ciudad” en la ciudad de Caracas. La invitación a esta charla la acogí de manera entusiasta, jovial y alegre. El por qué de esta jovialidad, partía de una intuición urbana que solo podía darse en esta ciudad, a saber: ¡el grafiti puede ser la gran solución para Caracas!. Más adelante trataré de explicar esta temeraria afirmación, que puede pecar por publicitaria y aventurera, pero no es así, ya veremos.

Por otra parte, el temor que sentía, venía dado porque los temas que sugiere el título implica una denodada y agradable investigación y dedicación para anudar de manera armoniosa las relaciones del arte y la ciudad con grandes implicaciones entre éstas, en la política, la urbanidad y la ética aplicada o practicada en un espacio geográfico y simbólico en particular, a saber, Caracas, la “París de un piso”

Es por ello que mi intervención aquí será somera, a la manera de una invitación para un trabajo futuro más profuso, para problematizar y sugerir una mirada distinta al arte urbano en nuestra ciudad, al grafiti en particular.

El grafiti es una irrupción urbana que expresa un rompimiento de la normalidad, no solo visual en cuanto al paisaje de nuestra ciudad, sino sobre todo, mental, porque representa y es expresión de un rompimiento de nuestras maneras de concebir y practicar lo público, difuminando sus fronteras con lo privado, lo común y lo íntimo.

Desde este punto de vista no hay mejor frase que signifique al grafiti como la dada por Octavio Paz para referirse a la poesía “es un buen recurso para transgredir la monotomía y curar el insomnio”. Poesía y grafiti, quién lo diría, están más cercanas en realidad de lo que la normalidad puede aparentar. Ambas son expresiones emocionales y racionales que irrumpen ante un cansancio de lo mismo, ante un padecimiento insoportable, ante una ausencia que se cansó del encierro de la intimidad, de lo privado para dar paso a una voz hecha palabras (o grafismos) que grita para sí y para otros: presencia, existencia. Ambas, poesía y grafiti no benefician a la sociedad, utilitariamente hablando, por eso ambas son peligrosas, pues descubren lo verdadero y lo bello del mundo y lo muestran en su terrible desnudez.

El grafiti es importante y significativo no solo porque rompe la rutina visual de la arquitectura de la ciudad, sino también porque significa, a la vez que busca, un rompimiento en la rutina mental de aquellos que hacen ciudad, los ciudadanos, en nuestro caso, los caraqueños, constituyendo esta irrupción no solo una intervención estética, sino también una irrupción ética, pues busca decir lo no debido, lo in-decible, lo obseso y lo prohibido, proponiendo a su vez otra manera de asumir y vivir lo público. Lo que supuestamente no deberíamos estar cuestionándonos, lo cuestiona, lo dice, lo grita gráficamente a través de las caligrafías urbanas.

Si pudiéramos revisar las distintas capas de pintura que llevan los muros de Caracas podríamos apreciar la evolución de lo in-decible, y quién sabe si aquella frase lapidaria de José Ignacio Cabrujas para definir la identidad de Caracas al afirmar que: “…el centro de su enigma sea esa imposibilidad que tenemos los caraqueños de conocernos a nosotros mismos”, encuentre un final feliz, rompiendo tal enigma en las pintas, en las paredes, en la expresión que irrumpe, y no en los trabajos de investigación, en los libros, en las tesis. El enigma dejaría de serlo si los caraqueños comenzamos a mirar de manera distinta, con renovados ojos urbanos, las paredes, los muros, las fachadas de nuestra ciudad, y así, la conoceremos más.

Por otra parte, podemos decir sin temor a equivocarnos que el grafiti es una expresión anti-moderna. Pues la modernidad en arquitectura, plasmada en la Carta de Atenas de 1933, se debe y tiene que caracterizar por espacios limpios, lineales, enteramente útiles y funcionales. La higiene y limpieza de la arquitectura conllevaría a una higiene y limpieza en las costumbres de aquellos sujetos que la habitan. Brasilia y Puerto Ordaz son ciudades creadas bajo estos principios, son ciudades funcionales, útiles, pero enteramente in-humanas, sin atisbo de grafitis en ellas que le puedan dar esa calidez efímera de la presencia furtiva.

Pero no interesa en este apartado esas ciudades, sino de Caracas. Pero ella no escapa de este excesivo deseo de linealidad y pulcritud, sino todo lo contrario, la encontramos de una manera más fuerte e intensa. Caracas, a mi modo de ver, es la ciudad donde su identidad se encuentra en las diferencias, vivida y padecida de forma más patente e intensa que en cualquier otra. Es la ciudad que más se resiste a las improntas de la modernidad, a su excesiva ordenación de todos los espacios de la vida, a su monotonía que hiere, a la blanquitud de sus espacios, que pareciera fuera la blanquitud mental de sus habitantes, cuerpos dóciles e impersonales, cuerpos ausentes, sin presencia, sin identidad, en fin, demasiados normales, demasiados insomnes.

Es por ello que creo, ahora más firmemente, que en Caracas, cuando haya una voluntad de excesiva modernidad, de intensa ordenación siempre habrá una voluntad contraria o diferente. Frente a los bloques habitacionales construidos bajo la seducción de la modernidad siempre habrá un barrio que romperá esta linealidad. Frente a una costosa renovación urbana de los espacios públicos que buscan una limpieza visual de la ciudad, como en el centro o en el bulevar de Sabana Grande, siempre habrá un hábil y rápido buhonero que se burla de esta voluntad. Frente a las galerías y los museos que buscan restringir, administrar, ordenar, purificar el arte, siempre habrá una ciudad que recibirá con denodada alegría, o no, expresiones artísticas que escapen al encerramiento suntuoso de tales espacios. Frente a los códigos que se decreten o se escriban en torno a las “buenas maneras de comportarse en público” siempre habrá un indigente que use el papel del Manual para abrigarse o limpiarse, siempre habrá en nuestro trato con los demás un tuteo que rompa la distancia formal que imponen estas normas. Y, a nuestros efectos, frente a un diputado o una autoridad siempre habrá un Ergo, un Fe, un Bloke, un Dinamo, un Rie que nos recuerde nuestra caraqueñeidad plural, diversa, reaccionaria, deseablemente distinta, que frente a cualquier impulso de ordenación y normalidad habrá un impulso de igual intensidad de caos y anormalidad. El grafiti entonces es una expresión acabada de nuestra caraqueñeidad.

Finalmente, de una forma más directa y clara, cuando he afirmado que el grafiti puede ser “la gran solución para caracas” estoy hablando de la actitud, de la manera de mirar y caminar la ciudad que todo grafitero debe asumir para realizar su obra. Para grafitear hay que callejear la ciudad (caminarla, pedalearla), es una relación distinta al encerramiento de nuestros hogares, de nuestros trabajos, del metro y nuestros carros, distinta también al paso apresurado, insonme y mecánico de aquel que tiene que caminar la ciudad para trabajar exclusivamente.

El artista urbano, el grafitero, es un aventurero de la ciudad. Debe callejearla, explorarla para conquistarla, civilizarla a su manera. Debe agilizar el oído para escuchar más allá de lo literal, a ver más allá de lo permitido, a mirar las mismas esquinas, paredes y fachadas que todos los demás pero de forma distinta, estando en una actitud atenta, abierta, para escuchar a los muros de nuestra ciudad que gritan desde sus ranuras, fisuras y pintura desgastada, pues también quieren hacerse sentir, quieren tener presencia. Es la vivencia de un espacio relegado e ignorado, o excesivamente protegido. Este espacio re-vivido por el artista urbano es el espacio público. La ciudad se hace maleable y el grafitero se encarga de estar permanentemente atento a ella y de cambiarle constantemente sus colores, sus ropas, pues es un arte efímero.

La gran solución para Caracas sería entonces que el resto de sus habitantes asumiéramos una actitud de grafitero, más atento a nuestros espacios públicos con la voluntad de callejearla, caminarla, pedalearla y no de manera apresurada, sino atenta, descubriendo, redescubriendo sus espacios, su belleza en el caos, sus diferencias, aguzando el oído y viendo más de lo permitido.

Por Nelson De Freitas Licenciado en Ciencias Políticas y Administrativas por la Universidad Central de Venezuela (UCV), Maestrante en filosofía por la Universidad Simón Bolívar (USB), Creador de “Una Sampablera por Caracas”

Plataforma Urbana
14-11-2011

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Ley de Arrendamientos, un texto que genera miedo

lapatilla.com
Todo contrato será revisado y el valor de un alquiler fijado por la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda. Así lo establece la nueva Ley de Arrendamientos, aprobada por la Asamblea Nacional como Ley de Regularización y Control del Arrendamiento de Vivienda, reseña La Verdad.

A partir de su promulgación, cada propietario de inmuebles destinados al alquiler residencial debe acudir a este organismo a declarar que se dedican al arrendamiento. No hacerlo acarrea multas pecuniarias que van desde las 50 hasta las 400 unidades tributarias.

Si algún propietario busca resguardarse cerrando la casa o apartamento que alquila, el artículo cuatro del texto en su única disposición establece que la Superintendencia creará un impuesto al propietario por no continuar destinando el bien al arrendamiento.

Medidas como la prohibición de desalojo a un inquilino moroso, retraso en los procedimientos administrativos y judiciales para recuperar una vivienda, el establecimiento de precios de venta a la baja y la posibilidad de perder la propiedad por la vía de la expropiación generan inquietud entre los dueños de casas en alquiler. Propietarios conversan sus preocupaciones con analistas y expertos en la materia. Explicaciones y recomendaciones a múltiples interrogantes son parte de este ejercicio.

Posiciones

•Juan Francisco Jiménez, Presidente de la Cámara Venezolana de la Construcción: “No es a través de imposiciones que se logran resultados favorables para todos”.

•Luisa Estella Morales, Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia: “Queda sin efecto la sentencia sobre desalojos arbitrarios. Esta ley es suficiente y cumple todas las expectativas”.

•Diosdado Cabello, Presidente de la Comisión de Administración y Servicios de la AN: Modificó el artículo 13 de ley para prohibir alquilar las casas adjudicadas por el Estado.

•Roberto Orta, Presidente de la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos (Apiur): “Iremos a la Comisión Internacional de Derechos Humanos en Costa Rica a introducir un recurso”.

•Carlos González, Presidente de la Cámara Inmobiliaria del Zulia: “Con esta ley se perjudica al mercado inmobiliario que se está viendo afectado. Los dueños de viviendas para alquilar sienten temor”.

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14-11-2011

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Gobierno será ''un competidor más'' en sector inmobiliario

Entre ratificaciones y condenas el presidente Hugo Chávez promulgó la Ley de Regularización y Control de Arrendamientos de Viviendas en un acto celebrado, el pasado sábado, en el Teatro Nacional de Caracas.

Durante la jornada, también firmó la creación del Fondo para el Financiamiento de Viviendas y la empresa estatal bajo la forma de sociedad anónima denominada "Inmobiliaria Nacional", que estará adscrita al órgano superior del Sistema Nacional de Viviendas y Hábitat. "Tendrá por objeto social principal la actividad inmobiliaria para la adquisición de enajenación, arrendamiento, comodato y adjudicación de viviendas en proyectos de ejecución o terminados, así como la adjudicación y contratación de toda clase de obras, estudios o proyectos para la construcción y rehabilitación de viviendas", detalló.

Aquiles Martini Pietri, presidente de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela, expresó que no está de acuerdo con el intervencionismo del Ejecutivo en las diferentes actividades económicas del país. "Si viene con la idea de competir y de hacer las cosas como se hacen, bienvenido, no veo nada de malo, será un competidor más. Sin embargo, siento que el Gobierno no tiene por qué estar en el área inmobiliaria", aseveró.

Por su parte, Eleusis Borrego, miembro de la Red de Inquilinos del estado Mérida, calificó como "una buena iniciativa" el anuncio realizado por el presidente Chávez. "Entendemos que la empresa del Estado va a manejar precios distintos a los del mercado especulativo que no tienen relación con la economía del país", comentó al argumentar que los precios serán determinados "con el justo valor".

El directivo de la cámara recordó que el Gobierno nacional adjudica directamente las viviendas que construye. "Ojalá que esto no se preste a nuevos negocios ante la posibilidad que tiene de poder decidir adónde ubicará las viviendas", acotó al argumentar que la función de una empresa inmobiliaria es intermediar entre comprador y vendedor, arrendador y arrendatario, para que se pongan de acuerdo con lo establecido en el marco legal venezolano. "El ámbito inmobiliario no se dedica a reconstrucciones o hacer presupuestos de lo que debería hacerse para remodelar una vivienda", agregó al extender la invitación a que se inscriba en el gremio.

Ley de Arrendamiento

En relación con la nueva normativa, Borrego indicó que ayudará a evitar la especulación en el mercado inmobiliario. "Genera una suerte de equilibrio porque incorpora una serie de derechos y obligaciones que no estaban en la de 1999".

De opinión contraria es Martini. "Esta ley menos que ayudar, perjudicará más. Hay discriminación para las personas que tienen más de dos viviendas con los valores de arrendamiento".

En ese sentido, el coordinador regional de Apiur, Raimundo Orta, recordó que la nueva norma redujo la rentabilidad máxima anual que puede ganar un propietario por alquilar, de 6% y 9% a 3% y 5%, siempre que no arriende más de dos inmuebles.

"Con una inflación anual promedio de 30%, pagar los gastos e impuestos y seguir teniendo una ganancia al tercer año se convierte en algo imposible para los propietarios", dijo Orta al señalar que alquilar una vivienda dejó se ser un negocio posible en Venezuela.

Recordó que el artículo 115 de la Constitución garantiza el uso y disposición de los bienes, por lo que la obligatoriedad de vender es inconstitucional. De igual forma, criticó que la norma crea un enrevesado procedimiento administrativo y judicial de cinco instancias para recuperar una vivienda alquilada.

"La Ley de Arrendamientos ratifica la ley contra los Desalojos Arbitrarios que bloquea cualquier sentencia favorable hasta que el Gobierno le consiga una vivienda al inquilino saliente en su artículo 86", dijo Orta.

Tras la promulgación de la normativa, Apiur informó que acudirá a instancias nacionales e internacionales para continuar con su lucha por la propiedad privada.

"Ya está promulgada y hay que cumplirla", concluyó Martini.

Entorno Inteligente
14-11-2011

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En Gaceta Ley para la Regularización y Control de Arrendamientos de Vivienda

correodelorinoco.gob.ve
En la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.053 de fecha 12 de noviembre de 2011, y que circula este lunes, queda oficializada la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, promulgada por el presidente de la República, Hugo Chávez, el pasado sábado en un acto realizado en el Teatro Nacional de Caracas.

El instrumento legal fue aprobado el jueves pasado por la Asamblea Nacional y está respaldado por más de 413.000 firmas recolectadas en todo el territorio nacional en más de 1.150 asambleas populares, en el marco del Pueblo Legislador.

La norma establece la protección del débil jurídico en materia de inquilinato, así como la consolidación y reconocimiento del derecho a la propiedad privada, consagrado en la Constitución de la República.

Establece también un régimen jurídico especial de arrendamiento de inmuebles como un sistema integrado, dirigido a enfrentar la crisis habitacional. En tal sentido, el Estado promoverá y protegerá el arrendamiento responsable de viviendas, pensiones, residencias o habitaciones, por lo que será el Ejecutivo Nacional quien tome las medidas que permitan desarrollar las bases y mecanismos que garanticen el goce a una vivienda digna.

Para ello se creará la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda, que formará parte de la estructura del Ministerio del Poder Popular con competencia en Vivienda y Hábitat, la cual regulará, administrará supervisará, inspeccionará, controlará y sancionará por parte del Estado, a los arrendatarios y arrendadores, según lo establecido en la normativa. Además, fijará el canon de arrendamiento de los inmuebles regulados; así como creará el Registro Nacional de Arrendamiento de Viviendas.

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14-11-2011

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La ley no deja espacio para negociar

La Ley para Regularización y Control de los Arrendamientos de Viviendas, promulgada el sábado por el presidente Hugo Chávez, no deja espacio para la negociación entre las partes porque prácticamente fija todas las condiciones del contrato: la duración, el canon de alquiler, las garantías (que no habrá), el precio de venta (cuando corresponda), dice el presidente de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela, Aquiles martín.

Afirma que la intromisión del Gobierno en la relación que existe entre dueños y arrendatarios es una de las principales fallas de la legislación. "Si bien es cierto que se pueden regular las relaciones entre particulares, para eso son los marcos legales, no se deben imponer criterios".

Rigel Sergent, vocero de la Red Metropolitana de Inquilinos, considera que la intervención gubernamental es necesaria porque el arrendamiento debe ser una manera de garantizar el derecho a la vivienda y no un negocio. "Ellos han dicho que sus intereses son lucrativos y que, si no van a obtener ningún beneficio, es mejor sacar el inmueble del mercado".

Otro defecto del marco legal, según Martini, es el desequilibrio que existe a favor del arrendatario. "Se extralimitan los beneficios del inquilino y se violan los derechos del propietario. Las leyes tienen que ser balanceadas".

Sergent opina que más que equilibrada es justa. "Esta ley evidentemente ofrece más garantías al arrendatario que la anterior, pero también protege al pequeño arrendador, que tampoco estaba amparado".

Martini insiste en que la ley, por las condiciones que impone, sólo logrará que no haya viviendas disponibles para alquilar. Sergent discrepa porque asegura que los beneficios para los pequeños propietarios, que se desarrollarán más en los reglamentos, garantizarán el arrendamiento responsable.

A registrarse. Ante la inminente entrada en vigencia de la ley, los propietarios de inmuebles alquilados deben prepararse para registrarse ante la Superintendencia Nacional de Arrendamiento.

Abogados especializados en Derecho Inmobiliario coinciden en recomendar a los dueños que se inscriban en el registro gubernamental. En primer lugar para evitar la multa de 400 unidades tributarias (equivalentes a 30.400 bolívares al valor actual del indicador) establecida en la ley por no hacerlo.

También para no quedar en una situación irregular que podrá sostener mientras tenga una buena relación con el inquilino, pero que probablemente será denunciada por éste ­y considerada un agravante por las autoridades­ cuando se presente algún problema.

La Superintendencia Nacional de Arrendamientos se creará a partir de un organismo existente, la Dirección de Inquilinato del Ministerio de Vivienda y Hábitat, así que los propietarios podrán registrarse apenas se publique la ley en Gaceta Oficial.

La inscripción no será una tarea fácil, sobre todo para los dueños de inmuebles en el interior del país. La Dirección de Inquilinato no tiene oficinas regionales ­hasta ahora delegaba funciones en los municipios­ por lo cual será necesario trasladarse hasta Caracas.

El Nacional
14-11-2011

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Gobierno asegura que cumple meta de viviendas en 96 %

laverdad.com
Las matemáticas son exactas. Si el alcance de cumplimiento en la meta de construcción de viviendas anunciado el pasado sábado por el Presidente de la República es de 96 por ciento, representado por 85 mil 527 casas, el 100 por ciento son 89 mil 90 unidades habitacionales.

Pero si la meta oficial se mantiene en 153 mil, las 85 mil 527 casas construidas hasta octubre de este año, es apenas 56 por ciento de las viviendas prometidas para Venezuela con la creación de la Gran Misión Vivienda Venezuela este 2011.

La falta de publicación del informe sobre los indicadores del sector construcción que trimestralmente presentaba el Banco Central de Venezuela no permite tener certeza del comportamiento de esta actividad, cuyo progreso solo lo dan a conocer voceros del Gobierno nacional.

Dicen que hay

El pasado viernes desde el estado Trujillo, Rafael Ramírez, coordinador del Órgano Superior de Vivienda y Hábitat, dijo que en octubre se fijó un número de construcción de 89 mil 388 viviendas, de las cuales concluyeron 85 mil 527.

Esta última cifra el Presidente de la República la indicó como 96 por ciento de cumplimiento de meta de la Gran Misión Vivienda Venezuela, el pasado sábado durante el acto de promulgación de la Ley de Arrendamiento.

Señaló que el sector privado construyó 29 mil 247 viviendas; el sector público levantó 56 mil 280 y el poder popular a través de la autoconstrucción edificó 26 mil 796 casas.

El jefe de Estado aseguró que el año que viene "la meta será superior y así cada año hasta que toda familia venezolana tenga un vivienda propia y digna".

Ineficiencia

El diputado Julio Borges, coordinador nacional de Primero Justicia, señaló que desde el 2005, el Ejecutivo nacional ha manejado 113 mil millones de dólares, "dinero para construir tres millones de casas".

Criticó que el jefe de Estado regale casas, hospitales y carreteras a otros pueblos "mientras que los venezolanos vivimos cada día en peores condiciones. Los venezolanos merecemos vivir en un país donde existan controles estrictos sobre las finanzas públicas".

laverdad.com
14-11-2011

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Borges denuncia que hubo dinero para 3 millones de casas

Borges afirma que despilfarraron $13 mil millones

El diputado a la Asamblea Nacional, Julio Borges (Miranda), coordinador nacional de Primero Justicia, denunció que desde el año 2005, el presidente Hugo Chávez ha contado con recursos financieros por el orden de los 13 mil millones de dólares, con los que se han podido hacer tres millones de casas, pero el Mandatario ha preferido regalarlo a más de 40 países, pagando la construcción de viviendas, hospitales y carreteras de los que se benefician otros, mientras los venezolanos la pasan mal.

Borges siguió ayer, en su rueda de prensa dominical, analizando las cifras del presupuesto nacional que, dijo, Chávez maneja sin ningún tipo de supervisión.

"El Presidente maneja un gigantesca partida secreta y no le rinde cuentas a nadie. En 2012, de cada 100 dólares que entrarán al país por renta petrolera, 50 irán presupuesto nacional, que hace un par de semanas presentaron los ministros de economía en la Asamblea Nacional y los otros 50 dólares van al Fonden, al Fondo Chino y a cualquier otro fondo o convenio que se le ocurra al Presidente.

Borges recalcó que los dineros que no han tenido supervisión equivalen a "cuatro veces las reservas internacionales del país, la suma de todo el presupuesto presentado por el Gobierno de los años 2011 y 2012. Esos dineros el Presidente los usa como si le pertenecieran y va por el mundo regalando a sus amigos. Hoy el Presidente es el hombre más rico de la tierra y nadie le pone un freno".

Borges reiteró la propuesta de aprobar en la Asamblea Nacional la Ley Candado, instrumento legal que "evitaría este despilfarro y esta corrupción, le pondría freno a la regaladera y obligaría a todos los gobernantes a invertir los recursos de los venezolanos en la construcción de viviendas, hospitales, carreteras, el pago de la deuda con trabajadores y la inversión en la industria nacional. Los venezolanos merecemos vivir en un país donde existan controles estrictos sobre las finanzas públicas y no tengamos estas inmensas cajas negras como el Fonden o el Fondo Chino", alertó el parlamentario.

El Universal
14-11-2011

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Crean fondos públicos para comprar viviendas alquiladas

Gobierno creó empresa Inmobiliaria del Estado ARCHIVO

El presidente Hugo Chávez promulgó el decreto ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Viviendas, más conocida como Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, que fue aprobada por la Asamblea Nacional en la presente semana.

El primer mandatario nacional aseguró que "esta Ley no se fraguó desde el odio ni el revanchismo" y lo que busca es proteger a los inquilinos y pequeños arrendadores.

Entre el contenido del texto destaca que los propietarios de edificios para alquiler que hayan sido construidos antes de 1980 deberán vender estos inmuebles a sus inquilinos y tendrán un lapso de 60 días para presentar una oferta de venta.

En este sentido Chávez firmó el decreto de creación de varios fondos en las instituciones bancarias del sector público para el Financiamiento de la Adquisición y Reparación de Viviendas en condiciones de Arrendamiento.

"Por ejemplo, en el Banco de Venezuela se crea un fondo de 150 millones de bolívares, en el Bicentenario por 100 millones de bolívares, en el Banco del Tesoro por 75 millones de bolívares y en el Industrial por 25 millones de bolívares. Esto da un total de 350 millones de bolívares que están disponibles para los inquilinos y pequeños arrendadores".

Estos fondos no pertenecen a la cartera hipotecaria, y permitirán entregar créditos a 25 años y a tasas preferenciales. Chávez aclaró además que los beneficiarios de estos préstamos podrán recibir también un subsidio para la compra de la vivienda, dependiendo de los niveles de ingreso familiar.

Más cambios inmobiliarios

El primer mandatario anunció la designación de Carmen Cecilia Morantes en el cargo de Superintendente Nacional de Vivienda. Este organismo se encargará, entre otras cosas, de verificar la justa fijación del canon de arrendamiento.

En materia inmobiliaria se informó también sobre la creación de un fondo de protección al inquilino y al pequeño arrendador con los recursos que están consignados en los tribunales.

Chávez aprovechó el acto de promulgación de la ley para firmar el decreto de creación de una empresa inmobiliaria del Estado, que llevará por nombre Inmobiliaria Nacional y que tendrá por objeto la actividad inmobiliaria, adquisición, enajenación, arrendamiento, comodato o adjudicación de viviendas en proyecto o terminadas. "La idea es comprar o construir viviendas para alquilarlas, eso comenzó para los refugiados y ahora irá más allá de los refugiados".

Asimismo se aprobaron 27,9 millones de bolívares para residencias de estudiantes de universidades públicas en Caracas. Estos recursos serán destinados al acondicionamiento del edificio Los Andes, ubicado en el Bulevar de Sabana Grande, en Caracas.

Por su parte, la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos (Apiur) informó que ejercerá una serie de acciones legales ante la promulgación de la Ley de Arrendamiento de Viviendas.

A aplicar las leyes

El presidente pidió a los diputados, ministros y a la población en general que hagan un análisis exhaustivo de las leyes que ya existen, y "donde haya que modificarlas lo hacemos", pero pidió sobre todo que se aboquen más a su aplicación.

"Allí está la ley de las Comunas, la de la Economía Comunal, que son tan avanzadas que establecen la creación de monedas comunales. Vamos a suponer que en Catia, en un área establecida por la comuna en asamblea popular, decidan crear una moneda y le ponen el nombre de Catia o Magallanes (...). Le pido que la estudien, parece que nadie le ha hecho caso a eso. Los diputados, los ministros, la población a estudiar las leyes y a aplicarlas".

El Universal
13-11-2011

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El día que la ciudad perdió el rumbo

Marco Negrón es profesor de urbanismo en la UCV NICOLA ROCCO
"Es difícil precisar una fecha exacta, pero si me apuran diría que el comienzo de todo este desastre tuvo lugar a principios de los 80, y si tengo que elegir un hecho que marcara el comienzo de la caída, hablaría de la eliminación de la Oficina Metropolitana de Planeamiento Urbano (Ompu), que realizó el último plan para la capital en 1983.

Allí estaban previstas todas las cosas que hoy, casi treinta años después, seguimos creyendo necesarias: la necesidad de un gobierno metropolitano (que se creó pero fue reducido a su mínima expresión por razones políticas), la integración de los barrios a la ciudad y su rehabilitación, los 300 kilómetros de vialidad que necesita Caracas, completar la red básica del Metro y desestimular el uso del automóvil.

Pero en el 89 los primeros alcaldes electos, Claudio Fermín y Eugenio Mendoza, eliminaron la OMPU y no la sustituyeron por ningún órgano equivalente, por lo que Caracas ya tiene más de veinte años creciendo sin ningún tipo de planificación.

Yo recuerdo que a comienzos de los ochenta vino a Caracas Jean Pierre Cousin como corresponsal de la revista francesa La Arquitectura de Hoy, a hacer un reportaje sobre nuestra capital. Yo le pregunté por qué la habían escogido y me dijo que porque se trataba de una de las ciudades que más estaba progresando en el mundo.

Luego, en la década de los 90, tuve la oportunidad de viajar muchísimas a veces a Bogotá, de hecho, gran parte de mi vida durante esa época transcurrió entre Bogotá y Caracas. Y me acuerdo que al principio, a inicios de los 90, esta ciudad era la envidia de los bogotanos. Pero entonces comenzó a pasar algo extraño, algo que yo no percibí bien en ese momento porque fue muy paulatino: poco a poco Bogotá fue mejorando mientras Caracas empeoraba. Y ese proceso continuó hasta hoy, cuando ni el más loco de los bogotanos cambiaría su ciudad por esta".

"Mi familia se mudó de Valencia a Caracas cuando yo apenas tenía 6 años, allá por 1939. Ese año llegué a la capital e inauguramos la urbanización Bella Vista.

Era una ciudad bucólica por entonces (y lo siguió siendo en menor medida durante toda la década del cuarenta y el cincuenta) pero al mismo tiempo tenía un empuje urbano, de empleo, de ideas, de debate.

¿La primera vez que yo sentí que algo andaba mal en Caracas? Fue cuando Pérez Jiménez, cuando se construyó la avenida Bolívar que partió a la ciudad en dos y cuando hicieron la Urdaneta, llevándose por el medio edificaciones coloniales. Nada quedó en pie. Todo había comenzado con Medina cuando en 1942 tumbó el barrio de El Silencio para dar paso al proyecto urbanístico de Villanueva, pero yo me di cuenta fue después, en los cincuenta, y pensé que ese afán de pasarle por encima a lo antiguo no nos iba a llevar a nada bueno.

Supongo que fue el dinero que empezó a llegar con el petróleo lo que a la larga perjudicó a la ciudad. Es que ni el restaurant Álvarez de la esquina de Veroes, que había sido una escuela pública fundada por Simón Rodríguez, fue respetado.

Pero no es el progreso el culpable, no es el dinero, es el mercantilismo, el urbanismo entendido como destrucción. Que no digan que yo estoy en contra del progreso porque tengo casi ochenta años, no. Una vez fui a Barcelona (España) y me dio gusto caminar por las Ramblas. Ahora quiero caminar por el bulevar de Caricuao y es un desastre, lleno de obstáculos, destrozado, quiero ir a alguno de los cuatro parques recreacionales que tenemos aquí en la parroquia (supuestamente ecológica) pero resulta que no hay ni un banquito ni un camino.

La decadencia no comenzó en los 60, pero a partir de entonces se acentuó. Y en los últimos veinte años ni se diga. Ahora por la inseguridad pasamos más de la mitad del día entre cuatro paredes".

El que no lo vio, lo oyó: hace no mucho tiempo, Caracas era una ciudad pujante con futuro luminoso, con movimiento de obras públicas, con servicios y vida nocturna, una urbe amable que recibió miles y miles de inmigrantes de España, Portugal, Italia, Argentina, Chile y Uruguay y que parecía encaminada hacia el Primer Mundo más temprano que tarde.

¿Cuándo se torció el rumbo? ¿En qué momento preciso de nuestra historia comenzó la decadencia y aquella capital terminó convirtiéndose en esta ciudad hostil que hoy conocemos, de tráfico insoportable, en toque de queda a partir de las nueve de la noche, con la basura como parte cotidiana del paisaje y sumida en el caos?

Tres ilustres caraqueños, todos con más de medio siglo viviendo en la capital, intentan responder estas preguntas, intentan precisar de alguna manera el día, el mes, el año, el momento, en que las cosas comenzaron a torcerse, determinar lo que para ellos fue el hecho simbólico a partir del cual comenzó la decadencia.

Los usuarios, que pudieron expresar su opinión a través de la web en la sección Su Opinión Cuenta o a través de la página de Facebook de la sección Caracas, también aportan ideas.

"Yo vivo en Caracas desde una época en que tú ibas a El Silencio en diciembre o enero y no podías ver de la neblina, un tiempo en que los taxistas se burlaban de esa autopista (la Francisco Fajardo) porque decían que estaba tan alejada de la ciudad que por ahí no iba a circular nadie. Era 1961 cuando mi familia se mudó de Carúpano a la capital.

Esta era una ciudad que parecía bien encaminada en los sesenta, en los setenta, incluso hasta mediados de los ochenta. Yo creo, aunque suene políticamente incorrecto, que a Caracas le perjudicó la descentralización. Cada municipio comenzó a actuar por su cuenta, desapareció la Ompu (Oficina de Planeamiento Urbano) y cada quien tenía su pdul (Plan de Desarrollo Urbano Local).

Caracas se dejó de planificar en conjunto y eso no tiene sentido. Porque cómo tú vas a pensar en Baruta dejando a Chacao por fuera, a El Hatillo, o a Sucre. Incluso Libertador, aunque no sea limítrofe. Caracas es una.

Y esa falta de planificación tú la ves en las urbanizaciones que se hacen desde entonces. Porque por allá en los sesenta sí se planificaba. Mira lo bien pensada que está Chuao, que tiene siete parques, iglesia, colegios... O Manzanares, o La Boyera. O incluso al oeste, mira el ejemplo de planificación que fue Casalta. Ahora hacen una casas y las tiran en cualquier lado sin pensar en tráfico, en servicios, en nada.

Si tengo que precisar un momento en que esta ciudad se vino abajo, diría que al mismo tiempo cuando el país se vino abajo: desde principios de los ochenta, cuando comenzó ese discurso antipartido, fomentado por las élites económicas e intelectuales, que tan dañino resultaría a la postre.

Y el dinero, la entrada súbita de dinero también perjudicó a la capital. Cuando CAP I pasó algo inexplicable: había más dinero pero menos obras y más endeudamiento. Inexplicable pero no irrepetible: hoy vuelve a pasar lo mismo pero peor".

El Universal
12-11-2011

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Inquilinos deberán canalizar denuncias ante Superintendencia de Arrendamientos

elperiodiquito.com
Los movimientos de inquilinos, Red Metropolitana de Inquilinos, organizaciones sociales, pequeños arrendatarios, entre otros, deberán formalizar y canalizar sus denuncias ante la Superintendencia Nacional de Arrendamientos.

Así lo señaló el presidente de la República, Hugo Chávez, este sábado, desde el Teatro Nacional de Caracas, donde promulgó la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, primer instrumento legal surgido por iniciativa popular.

"Habrá muchos casos que habrá que solucionar y ustedes, los movimientos sociales, deben seguir haciendo sus denuncias en la Superintendencia Nacional de Arrendamientos, para que se tomen las decisiones que se tengan que tomar", dijo el jefe de Estado.

En la actividad estuvieron el presidente de la Asamblea Nacional (AN), Fernando Soto Rojas; el titular de la Comisión Permanente de Administración y Servicios del Parlamento, diputado Diosdado Cabello, y voceros de la Asociación de Inquilinos Bolivarianos y de la Red Metropolitana de Inquilinos, entre otras personalidades.

El instrumento legal fue aprobado el jueves pasado por la AN y está respaldado por más de 413.000 firmas recolectadas en todo el territorio nacional en más de 1.150 asambleas populares.

elperiodiquito.com
12-11-2011

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Consideran que existen vacíos en oferta de edificios en alquiler

Cuando entre en vigencia la Ley, los propietarios de edificios arrendados tendrán 60 días para ofertarlos

El presidente de la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos (Apiur), Roberto Orta, señala que el proceso de venta de los edificios que tienen más de 20 años destinados alquiler presenta vacíos legales.

Explica que esos vacíos se generan, porque el nuevo marco legal no indica si los inmuebles se tienen que transformar en propiedad horizontal, ni detalla los procesos que se le aplicarán a los propietarios que no oferten los inmuebles a los arrendatarios.

La Asamblea Nacional esta semana sancionó la reforma de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios y en una de sus disposiciones transitorias indica que luego de la entrada en vigencia del texto los propietarios de los edificios en alquiler tienen que ofertar las unidades a los inquilinos en 60 días.

El instrumento detalla que "por ser contrario al interés general de esta Ley, el monopolio sobre la vivienda en alquiler, por considerarse el arrendamiento de interés social, colectivo y con fines de utilidad pública, los arrendatarios que ocupen viviendas constituidas sobre edificios que tengan 20 años o más dedicados al arrendamiento, tendrán el derecho a adquirirla, exceptuando del cumplimiento de la presente disposición a los pequeños arrendadores. A tal efecto el propietario procederá a realizar la preferencia ofertiva en un lapso no mayor de 60 días a partir de la entrada en vigencia de la presente ley".

En el proyecto que fue consignado por las organizaciones que agrupan a los inquilinos decía que si los dueños no realizaban la oferta de los edificios, éstos se expropiaban, pero durante la segunda discusión de la ley, ese aparte fue eliminado de la disposición.

Orta apunta que ahora no existe claridad sobre qué procedimientos se aplicarán cuando los dueños se nieguen a vender o los inquilinos no quieran comprar la vivienda.

La reforma de la ley, además de esa oferta, establece que el Gobierno revisará los contratos de arrendamiento y determinará la renta a cobrar.

El presidente de la organización, apunta que cuando entre en vigencia el texto los propietarios de las viviendas en alquiler tendrán que realizar una estimación del canon de arrendamiento y agrega que las modificaciones en los contratos se realizarán cuando se tengan que efectuar las renovaciones.

Según el texto, los contratos tendrán duración de un año, período que podrá extenderse. Ante ese plazo, el canon también se ajustará anualmente.

Para hoy se prevé la promulgación de la Ley.

El Universal
12-11-2011

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Piden propietarios garantía de devolución de sus inmuebles

La contracción del mercado en la oferta de inmuebles de alquiler y lo costoso que resulta comprar una casa o apartamento nuevos, ha propiciado la promulgación de una ley que los sectores involucrados consideran controladora y de difícil aplicación.

Expectativa y sobre todo esperanza de que la nueva Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, cuya promulgación se efectuará hoy sábado, sea modificada para que se aclaren algunos términos de contrato, donde se garantice la devolución de inmuebles a los propietarios, finalizado un contrato o cuando lo requiera; y que a su vez se promuevan políticas públicas que verdaderamente masifiquen la oferta de viviendas, para que la figura de la Superintendencia Nacional de Viviendas, que sustituye a la Dirección de Inquilinato, pueda hacer un trabajo equitativo, son algunas de las peticiones de los sectores arrendadores, con miras a la aplicación del instrumento.

Este texto que permite al Gobierno incrementar los controles en el mercado inmobiliario, pues la Superintendencia de Arrendamientos se encargará de revisar los contratos, calcular la renta a cobrar por los propietarios y, además, mediará en la venta de los inmuebles destinados al alquiler.

En las disposiciones transitorias del marco legal se indica que la oferta de esas edificaciones, orientadas al arrendamiento, tiene que efectuarse en un plazo de sesenta días, luego de que la Ley entre en vigencia.

El instrumento sancionado señala que: "por ser contrario al interés general de esta Ley, el monopolio sobre la vivienda en alquiler, por considerarse el arrendamiento de interés social, colectivo y con fines de utilidad pública, los arrendatarios que ocupen viviendas constituidas sobre edificios que tengan veinte años o más dedicados al arrendamiento, tendrán el derecho a adquirirla, exceptuando del cumplimiento de la presente disposición a los pequeños arrendadores. A tal efecto, el propietario procederá a realizar la preferencia ofertiva en un lapso no mayor de 60 días a partir de la entrada en vigencia de la presente ley".

Los procedimientos para la venta estarán detallados en el reglamento que se aprobará en los próximos días, con lo cual esperan los sectores involucrados se especifiquen también los cánones fijados a cada inmueble, que no pasará de 3 ó 4% del valor del inmueble.

El pasado mes de mayo, las organizaciones que agrupan a los inquilinos, junto con la Vicepresidencia, iniciaron un proceso similar de compra de edificios en alquiler. En aquel momento fueron citados cien propietarios de inmuebles en el Área Metropolitana de Caracas con el fin de que los vendieran, pero al final se presentaron 70 dueños.

Voceros de las redes de inquilinos señalaron que actualmente se están evaluando los documentos entregados y apuntaron que para los precios de venta se tomarán en cuenta los parámetros de la nueva Ley para la Regulación y Control de los Arrendamientos de Vivienda.

Para la promulgación del marco legal se contempla que las autoridades darán precisiones sobre esas ofertas de los edificios en alquiler.

En la venta de los inmuebles, los propietarios tendrán que dar descuentos a los precios, que estarán sujetos a los años de relación arrendaticia. Las rebajas oscilarán entre 10 y 25% y aquellos que no otorguen las rebajas en los valores finales de las soluciones habitacionales serán sancionados con multas que van de 50 a 400 unidades tributarias, el doble si incurre en reincidencia.
El cálculo de la renta incluirá cinco aspectos: valor de reposición del bien, dimensiones del inmueble, valor de depreciación, vulnerabilidad sísmica y región geográfica. Y, en el reglamento de la Ley se incluirán más detalles para la fijación del canon, como las tablas para la depreciación del bien y las zonas.

La nueva Ley de Alquileres establece que, los propietarios, por el alquiler de las viviendas podrán tener una rentabilidad anual entre 3 y 5%, que será ajustada por el Ejecutivo. Además, los contratos serán revisados cada año, y el canon también se ajustará en ese lapso.

La Ley además ordena a las constructoras a destinar al alquiler un porcentaje de la vivienda que está en los nuevos desarrollos habitacionales. Ese porcentaje lo determinará el Ministerio de la Vivienda, aunque inicialmente se habló de 10%, luego esto fue bajado a 5% y posteriormente eliminado, para que lo determine el Min- Vivienda.

Las constructoras para iniciar los proyectos deben hacer notificaciones al despacho y sin la carta aval del ministerio la obra no podrá comenzar.

"Hay aspectos positivos y otros mejorables"

Si bien los sectores vinculados destacan que el instrumento persigue cosas buenas a favor de los arrendados, proteger sus intereses y evitar que se queden sin techo, están conscientes de que hay aspectos mejorables, a fin de evitar que se violen los derechos de los propietarios como dueños de un inmueble, y el instrumento termine siendo extremadamente punitivo e inaplicable.

Al respecto, Elizabeth Morini, Carlos Utrera, presidenta y vicepresidente de la Cámara Inmobiliaria del estado Táchira, recordaron que, uno de los dos últimos artículos modificados fue el 13, el cual señala que: "... es contrario al interés público y queda prohibido el arrendamiento de viviendas adjudicadas por el Estado, hasta tanto no se cumplan los extremos establecidos en las leyes que regulan la materia para la adquisición de vivienda, salvo en los casos autorizados por el órgano encargado con competencia en la materia y en ningún caso podrá tener fines de lucro".

Esto a juicio del gremio tiene lógica y coherencia, sin embargo, ante la baja oferta de inmuebles resulta complicado impedir que esto suceda. No obstante, incluso en los documentos de decretos hipotecarios se prohíbe alquilar o vender la vivienda en un lapso de cinco años, es decir, ya estaba regulado este aspecto en los contratos pero ahora tiene fuerza de ley.

Cuando un propietario requiera su inmueble para su uso propio, el de un familiar, con segundo grado de consanguinidad, como padre o hijo, no lo podrá hacer hasta tanto la Superintendencia no consiga un refugio u otro espacio propio idóneo para la familia alquilada, cuestión que en la práctica será complicado, debido a la contracción del mercado.

Según la ley, en cuanto a la tipificación de la vivienda, ésta se diversifica en muchos tipos, entre estos: quinta, casa-quinta, casa colonial, casa prefabricada, casa económica, vivienda, autoconstrucción de sectores populares, apartamento de lujo, apartamento, y apartamento tipo bloque; y luego especifica las descripciones que las diferenciarán: la estructura, las paredes, techos, pisos, instalaciones sanitarias, eléctricas, mecánicas, aguas blancas, servidas, ventanas y puertas.

Comentaron los voceros que, uno de los inconvenientes que observan a la norma, radica en que es "excesivamente reguladora", incluso es severa con las sanciones en caso de incumplimiento, hecho que hace muy difícil su aplicación en la práctica.

En este sentido, señalaron que: "anteriormente las partes establecían las cláusulas respetando los principios de la ley anterior. Ahora se controla y regula prácticamente todo, los deberes y derechos de arrendadores, el canon, condiciones de entrega, tiempo de duración del contrato, crea la Superintendencia, y todos los contratos serán aprobados por dicho ente, se eliminan las opciones de contratos privados o verbal y, para que la Fiscalía lo reciba, el contrato debe tener un anexo de la Superintendencia. Entonces, se teme que esto cree burocracia y corrupción".

Respecto a los desalojos, deja claro que solo procederán cuando se incumplan cuatro rentas consecutivas del alquiler; pero usualmente se busca la conciliación. Cuando hayan dado uso indebido o deshonesto. Sin embargo, no proceden las demandas ante los tribunales en caso de que el propietario tenga necesidad de ocupar el inmueble o algún pariente consanguíneo, hasta tanto no se le garantice otro hogar a la familia arrendada. Y si procediera, de no ser cierto que era para un familiar sino para alquilarlo a otra persona, se aplica una multa y el anterior arrendatario tiene derecho a volver a ocupar el inmueble.

Conscientes de que la vivienda es una de las necesidades más sentidas de la población, aseguraron que se deben buscar acuerdos que no perjudiquen ni a los arrendadores ni a los inquilinos; que permitan que esta actividad siga siendo rentable a las empresas inmobiliarias que prestan un servicio y cobran una comisión justa; pero que se busquen alternativas para mejorar la oferta de inmuebles en vista de la demanda que hay en el mercado.

lanacion.com.ve
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