jueves, 13 de octubre de 2011

Este jueves continuará segunda discusión de Ley de Arrendamientos

La Asamblea Nacional (AN) continuará este jueves, 13 de octubre, la segunda discusión de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, instrumento legal que consta de 142 artículos.El pasado martes se aprobaron 21 nuevos artículos, específicamente los que van del 78 al 99.El artículo 78 refiere que los constructores deberán proveer la información de los costos de construcción a efectos de fijar el canon de arrendamiento de las unidades habitacionales."A tales efectos, el precio del arrendamiento será el que resulte el costo neto de la construcción", dice el artículo.También fue aprobado el número 80, el cual otorga prioridad al inquilino a seguir ocupando el inmueble con preferencia por encima de cualquier tercero que pretenda arrendar la vivienda, "siempre y cuando esté solvente en el pago de los cánones de arrendamiento y haya cumplido con las demás obligaciones derivadas del contrato".Además, la plenaria del Parlamento aprobó las causas del desalojo, entre las cuales se destaca que podrá hacerse cuando el inquilino haya dejado de pagar, sin causa justificada, cuatro cánones.La sesión de este jueves está prevista para las 10:00 de la mañana y según el Orden del Día también se prevé la segunda discusión del Proyecto de Ley de Reforma de la Ley sobre Transplante de Órganos y Materiales Anatómicos en Seres Humanos.Asimismo, se dará lectura al texto definitivo del Proyecto de Ley Orgánica de Servicio Exterior.

Globovision
13-10-11

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11 viviendas serán expropiadas en Los Roques

La vida en Los Roques transcurre con normalidad luego del anuncio que hiciera el presidente Hugo Chávez de expropiar viviendas en el archipiélago.Los agentes turísticos continúan haciendo y confirmando reservas como en cualquier época del año.Nelson Cira Sánchez, autoridad única de Los Roques, precisó que son 11 las bienechurías que serán afectadas, particularmente en cayo Madriski, y un espacio común para guardar lanchas."Esas propiedades están identificadas con coordenadas y GPS", expresó en contacto telefónico con Emen.Es parte del grupo de viviendas que aloja a empleados encargados del mantenimiento y vigilancia de las bienechurías que será afectado por la decisión presidencial.Cira Sánchez salía el martes en la tarde de una reunión con el almirante Armando Laguna Laguna, quien fue designado la semana pasada por el presidente de la República como jefe político del territorio insular Miranda, que además de Los Roques, incluye isla de Aves y La Orchila.Aunque aseguró que no hay novedades tras el anuncio presidencial, comentó que el domingo pasado llegaron al parque los propietarios de los inmuebles que serían afectados, "haciendo su lobby natural".Las autoridades están tratando de precisar el tiempo de construcción de las viviendas, entre las que se encuentra una del empresario Gustavo Cisneros.Los Roques, con una extensión de 225.193 hectáreas, fue declarado parque nacional, el 9 de agosto de 1972.Madriski es el único cayo en el que hay construcciones, además del Gran Roque, donde habita el grueso de la población del archipiélago, calculada en 1.523, de acuerdo con el censo hecho por la autoridad única en enero de 2010."Ya están allí (las casas); se van a hacer grandes inversiones y tiene que haber un proceso de reacomodo", comentó Cira Sánchez.En agosto de 2010 el presidente Chávez se quejó porque organizaciones populares no habían podido obtener un permiso para establecer posadas en el Gran Roque.Además, reclamó acceso para venezolanos de pocos recursos, impedidos de conocer el archipiélago por el costo de boletos y paquetes.La autoridad única dijo que actualmente funcionan en Los Roques 62 posadas, cuyos permisos no han sido renovados. Ello tiene que ver con la resolución 174, emitida en 2004 por el Ministerio del Ambiente, que suspendió los trámites y el otorgamiento de nuevos contratos de concesión para realizar dentro del archipiélago actividades de tipo comercial, turísticas, recreacionales y de servicios, con algunas excepciones.En 2008 el despacho emitió la decisión 020, que prohibió la construcción de nueva infraestructura, salvo que se trate de un plan de Gobierno, siempre sujeto a la capacidad de carga del parque. Esta norma también reguló la venta de infraestructura existente.Ese año se dictó la resolución 021, la cual prorrogó por dos años los contenidos de la norma 174.Más turistasCira Sánchez precisó que "ahorita está ingresando un volumen importante de personas a través del crucero Ola Esmeralda".El barco, operado por una empresa venezolana (Ola Cruises), visita el parque dos veces al mes y el funcionario dijo que se está pensando en la posibilidad de permitir una tercera frecuencia.Esto ha favorecido −comentó− a personas que tenían miedo a volar hacia archipiélago o que no podían cubrir el costo de los pasajes.Ingrid Rojas R.irojas@cadena−capriles.com

El Mundo
13-11-10


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Costos de construcción determinará canon de alquiler

Entre el avance que registró la discusión del articulado de la Ley para la Regularización y Control de Arrendamientos de Viviendas , destaca la aprobación de la norma para la fijación del canon de alquiler de viviendas nuevas que deberán destinar las compañías constructoras para el arrendamiento. La norma prevé que este canon sea fijado por la Superintendencia de Inquilinato.Las constructoras deberán consignar ante la superintencia recaudos para demostrar los costos de construcción de las edificaciones.El pasado martes se avanzó hasta el artículo 79, de manera que se han aprobado en plenaria de la AN un promedio de 63 artículos de los 150 del texto.Hoy continuará la discusión. Diputados oficialistas estiman que el instrumento quede sancionado a mediados de noviembre.Esta semana se avanzó en la aprobación de normas álgidas como la relativa a la duración del contrato de arrendamiento. En el proyecto discutido por los movimientos de inquilinos, se establecía que el primer contrato tendría una duración de tres años, los diputados en la plenaria lo bajaron a un año.Otra norma aprobada esta semana, que fue rebatida por la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos (Apiur), durante el debate en la Comisión de Administración y Servicios, fue la preferencia arrendaticia, según la cual el inquilino tiene la prioridad de quedarse en el inmueble en caso que el arrendador decida alquilarlo a otra persona que no sea un familiar directo. Apiur proponía que se dejara la prórroga para desocupar que va de seis meses a tres años. Beatriz Caripa

El Mundo
13-10-11

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Propietarios deben consignar pruebas para pedir desalojos

Las autoridades administrativas y judiciales tomarán la decisión

Deberán agotarse las vías administractivas en las faltas de pago
YANETH FERNÁNDEZ
A partir de la entrada en vigencia del proyecto de Ley de Arrendamientos que se discute en el Parlamento, el desalojo de la vivienda, a solicitud del propietario, quedará sujeto a la decisión de autoridades administrativas y judiciales.

De acuerdo al parágrafo único, incluido en el artículo 83 del proyecto legal, los propietarios que quieran hacer uso de su inmueble arrendado deberán presentar una prueba contundente ante la autoridad administrativa (Superintendencia Nacional de Vivienda) y judicial que justifique la necesidad de ocupar el inmueble, o alguno de sus parientes consanguíneos hasta el segundo grado.

De concretarse el desalojo, el inmueble no podrá ser destinado al alquiler por un período de tres años. En caso contrario, el propietario será sancionado y tendrá que restituir al arrendatario.

Para el sector inmobiliario, esta medida contraviene los derechos del uso y disfrute de la propiedad privada, consagrados en el artículo 115 de la Constitución, porque se le está diciendo al arrendador que el inmueble no lo puede recuperar sin que el Gobierno le haya solucionado el problema de vivienda al inquilino.

Como es de recordar la Superintendencia, como órgano de control y revisión, efectuará los procedimientos para la determinación de los hechos ilícitos y coordinará con el Ministerio de Vivienda y Hábitat el refugio o vivienda transitoria o definitiva para la familia afectada.

La Asociación de Propietarios e Inmuebles Urbanos (Apiur) cree que, a pesar de la buena intención de los diputados, es casi imposible que el Gobierno actúe diligentemente para atender los casos de desalojos. Recuerdan que uno de los principales problemas del país ha sido el tema de la vivienda, cuyo déficit se ubica en dos millones.

El diputado Claudio Farías asegura que la propiedad privada está garantizada. Destaca que la materia sobre desalojos garantiza a los propietarios la devolución de su vivienda por diversas vías.

"Creemos que ha habido una manipulación de la ley por parte de la oposición para satanizarla porque pecha mucho a los grandes propietarios, hay algunos que son dueños de muchos edificios y especulan con las viviendas", dijo en declaraciones al portal web de la Asamblea Nacional.

El proyecto de ley establece además como causal de desalojo la falta de pago de cuatro cánones de arrendamiento, sin causa justificada.

El uso deshonesto e indebido del inmueble alquilado, así como los daños mayores que cause el arrendatario a la vivienda y el incumplimiento de las normas de convivencia ciudadana también serán motivos para solicitar la desocupación de la propiedad.

Demanda de pago

Con la Ley de Alquileres, los propietarios deberán agotar la vía administrativa y luego la judicial, para que pueda proceder la demanda de pago.

Para Apiur, este procedimiento administrativo previo es ilegal y viola el derecho de acción, porque el artículo 26 de la Constitución que establece que los ciudadanos tienen derecho a acceder a los órganos de administración de justicia para hacer valer sus derechos e intereses.

La demanda se hará probada la insolvencia del inquilino de cuatro cánones de arrendamientos, pudiendo llegar a una conciliación con el propietario mediante una acta suscrita ante el órgano administrativo competente. El pago que se realice no se tendrá como extemporáneo.

El desalojo forzoso aplicará cuando se declare la inhabitabilidad del inmueble

El Universal
13-10-11

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Fijan normas para afiliarse al al fondo de ahorro para la vivienda

Se reglamentó el aporte voluntario de quien no está empleado

El Ministerio de Vivienda y Hábitat dictó los lineamientos para la afiliación de usuarios al Sistema del Fondo de Ahorro Obligatorio y Voluntario para la Vivienda.

En Gaceta Oficial 39.775 se estableció que los empleadores tienen un mes, desde que el trabajador ingresa a la empresa, para afiliarlo al sistema.

En tanto que las personas naturales sin dependencia económica podrán afiliarse por su cuenta al Fondo de Ahorro Voluntario. El depósito mensual de su aporte será obligatorio, para mantener activa la cuenta.

En el caso de que el solicitante ingrese al sistema como ahorrista voluntario y luego se constituya en ahorrista obligatorio, deberá continuar aportando al fondo voluntario por 12 meses.

La banca debe permitir las solicitudes de créditos hipotecarios para la adquisición de vivienda principal a las personas que no siendo cotizantes de ninguno de los fondos soliciten el beneficio, independientemente de que no tengan la totalidad de las 12 cotizaciones necesarias.

Para ello, el Banco Nacional de Vivienda habilitará la posibilidad de cancelar las respectivas cotizaciones.

El Universal
12-10-11

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Constructoras no fijarán precios de viviendas en alquiler

Deberán vender los inmuebles arrendados tras 10 años de ocupación

Este jueves sigue la discusión de la ley de arrendamientos
YANETH FERNÁNDEZ | EL UNIVERSAL
Pese a las críticas a la violación de la propiedad privada, el Parlamento aprobó ayer que el inmueble destinado al alquiler, cuando el inquilino cumpla 10 años ocupando la vivienda, se le debe vender al precio que fije la Superintendencia de Arrendamientos.

Además, en el avance de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios en segunda discusión en plenaria, el diputado Diosdado Cabello señaló que la norma es clara al indicar que las empresas constructoras deben obligatoriamente destinar inmuebles para el arrendamiento, en conformidad con lo que establezca el Ministerio de la Vivienda.

"Esos apartamentos se hicieron para la venta, de verdad no entiendo el miedo que le quieren meter a la gente".

Para el sector inmobiliario esta obligación vendrá a cercarlo aún más al sumarse a otra serie de regulaciones y a las fallas con los insumos.

Consideran que no tiene sentido que se les obligue a destinar un porcentaje de las viviendas al alquiler y que, además, al momento de venderlas sea la Superintendencia la que fije su valor.

La plenaria avanzó también en la preferencia arrendaticia que tendrán los inquilinos al vencimiento del plazo del contrato. El arrendador que incumpla deberá indemnizar al arrendatario con el equivalente a 100 unidades tributarias por cada mes que permanezca de forma indebida fuera de la vivienda.

El arrendatario que no desee disfrutar de la preferencia deberá manifestar su voluntad, mediante documento auténtico, un mes antes del vencimiento del contrato.

Será mañana cuando la AN continúe el debate, a partir del artículo 101.

El Universal
12-10-11


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