Se reglamentó el aporte voluntario de quien no está empleado
El Ministerio de Vivienda y Hábitat dictó los lineamientos para la afiliación de usuarios al Sistema del Fondo de Ahorro Obligatorio y Voluntario para la Vivienda.
En Gaceta Oficial 39.775 se estableció que los empleadores tienen un mes, desde que el trabajador ingresa a la empresa, para afiliarlo al sistema.
En tanto que las personas naturales sin dependencia económica podrán afiliarse por su cuenta al Fondo de Ahorro Voluntario. El depósito mensual de su aporte será obligatorio, para mantener activa la cuenta.
En el caso de que el solicitante ingrese al sistema como ahorrista voluntario y luego se constituya en ahorrista obligatorio, deberá continuar aportando al fondo voluntario por 12 meses.
La banca debe permitir las solicitudes de créditos hipotecarios para la adquisición de vivienda principal a las personas que no siendo cotizantes de ninguno de los fondos soliciten el beneficio, independientemente de que no tengan la totalidad de las 12 cotizaciones necesarias.
Para ello, el Banco Nacional de Vivienda habilitará la posibilidad de cancelar las respectivas cotizaciones.
El Universal
12-10-11
Recopilado por:
Lic. Henry Medina
Asesor Inmobiliario, de Seguros e Inversiones
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