jueves, 22 de mayo de 2014

Escasez obliga a probar otros materiales de construcción

Algunos sustituyeron bloques por láminas de anime, cabillas por tubos estructurales, mallas para pisos por fibra para concreto y alivén en lugar de arena.

Glorimar Fernández
  
Clientes optaron por usar barras de hierro para hacer ventanas en la construcción de columnas.

En vista de la escasez de materiales de construcción, residentes del estado Nueva Esparta optaron por cambiar la tradicional estructura hecha con cabillas, bloques y cemento, por una con materiales más económicos y accesibles.

Las colas para adquirir cualquiera de estos productos pasaron a ser cotidianas en la región insular. Tal es el caso del conglomerado que desde hace tres días se reúne a las afueras de la ferretería Catalano, para adquirir los materiales que puedan. “Donde sabemos que hay cemento corremos a hacer cola, no nos importa perder todo el día porque a mí y a mi familia nos desalojaron del apartamento que alquilamos mientras levantaba mi casita y no tenemos a donde ir”, declaró José Salazar, vecino del municipio Díaz.

Se ajustan

El complicado acceso a las cabillas, hizo que vendedores promovieran el uso de tubos estructurales en su lugar, asegurando que no solo se consigue en casi todos lados si no que resulta más barato. Uno con medidas de 100 x 100 cuesta Bs 4.460 en la mayoría de los locales.

“Llevamos tres años solicitando un cupo en la distribuidora de cemento de la isla pero hasta esta fecha no hemos recibido ningún tipo de respuestas, es por ello que ese producto no lo vendemos aquí”, declaró Francisco Rodríguez, encargado de una ferretería de El Dátil.

En vista de la escasez de cemento, constructores optaron por levantar las paredes de sus viviendas con láminas de anime, cuyo costo oscila entre Bs 120 a Bs 150.

Las mallas para pisos tampoco se consiguen, por lo que clientes se adaptaron al uso de fibra para concreto. “Ya no le decimos a proveedores que nos traigan lo que necesitamos, ahora le preguntamos qué tienen para vender”, aseguró Lennys Tellechea, vendedora de un centro de materiales de construcción de la avenida Juan Bautista Arismendi.

En algunos casos, clientes adquieren barras de herrería con las que se hacen ventanas para usarlas en las columnas. La arena también está escasa y en su lugar, vendedores ofrecen alivén.

Especulación

Una de las principales quejas de vendedores de ferreterías, es sobre los exagerados costos de las paletas de cemento - que traen 48 sacos- de parte de proveedores, que las ofrecen hasta en Bs 16 mil. Según denunciaron, el valor de cada paleta debe estar en Bs 2.880, pues el producto fue regulado por el Gobierno Nacional.

Sol de Margarita
22-05-2014
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De aprobarse la Ley de Ordenación el Ejecutivo restará potestades a regiones.

Denuncian que la AN busca acabar con el federalismo

Con la Ley el Ejecutivo deberá designar autoridades regionales AVN

ENDER MARCANO

La reforma constitucional del 2007, rechazada en elecciones por los venezolanos, planteaba la nueva geometría del poder que Hugo Chávez quería implementar en Venezuela. Esa estructura está de vuelta gracias al proyecto de Ley Orgánica de Ordenamiento y Gestión del Territorio que se encuentra en segunda discusión en la Asamblea Nacional, a pesar de las críticas de la oposición y los señalamientos por ser contraria a la Constitución.

El citado proyecto de Ley, que hasta el momento cuenta con 49 de sus 160 artículos aprobados por el Parlamento, tiene entre sus objetivos regir en materia de la ordenación político- territorial del Estado, lo cual quedaría en manos del Presidente de la República, contraviniendo lo que establece la Constitución Nacional. 

El artículo 50 es una muestra de ello: "A los efectos de la ordenación del territorio, el espacio geográfico nacional se organizará de acuerdo a los ejes de desarrollo territorial (...) cuyo ámbito espacial podrá o no coincidir con los límites político administrativos de los estados, municipios y dependencias federales (...) El Presidente de la República en Consejo de Ministros podrá decretar la creación, supresión o modificación de uno o varios ejes de desarrollo territorial (...)".

El diputado Iván Colmenares (Independiente- Portuguesa) sostiene que esta norma es un golpe al federalismo y la descentralización, que además invade las competencias rentistas de estados y municipios. "Este proyecto de Ley pretende superponer la estructura de ordenación, completamente subordinada al Presidente de la República, como la suprema autoridad en la materia, cuando son competencias concurrentes entre el poder nacional y el municipal, de acuerdo a los artículos 156 numeral 23, 178 numeral 1 y 165 de la Constitución", recuerda.

Asimismo, Colmenares indica que la AN no puede legislar en materia de ordenamiento del territorio, pues esa materia es de reserva constitucional. Igualmente, denuncia que se entregan competencias a las comunas, figura que no aparece en la Constitución, esto en detrimentos de las alcaldías.

ALGUNOS PUNTOS

• Artículo 6: Declaratoria de utilidad pública. Se declara de utilidad pública la ordenación y gestión del territorio.

• Artículo 11: Suprema autoridad. El Presidente de la República en Consejo de Ministros ejercerá la suprema autoridad de la ordenación y gestión del territorio para lograr el cumplimiento de los fines esenciales del Estado (...).


• Artículo 17: Autoridades regionales. El Presidente de la República designará para cada región una autoridad regional, quien coordinará las actividades relacionadas con la implementación y ejecución de políticas, planes y proyectos de ordenación y gestión del territorio en su ámbito espacial.

El Universal
20-05-2014
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Jurisdicción competente en materia de arrendamiento habitando niños, niñas y adolescentes

Jurisdicción competente en materia de arrendamiento habitando niños, niñas y adolescentes
Mediante sentencia N° 401 del 14 de mayo de 2014, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, reiteró el criterio establecido en la sentencia Nº 700 del 02 de junio de 2009 (caso: Feyi Ahimonetti Murgas), con el objeto de reafirmar que en aquellas causas que versen sobre el arrendamiento de un inmueble, la competencia para dirimir cualquier controversia corresponde a los Tribunales Civiles, aunque en el inmueble habiente niños, niñas y adolescentes, pues éstos no figuran como sujetos activos o pasivos en el conflicto intersubjetivo planteado. En efecto, se señaló que:

“El criterio jurisprudencial antes trascrito resulta perfectamente aplicable al caso de autos, dado que se trata de un conflicto intersubjetivo entre mayores de edad, en materia de arrendamiento, en el cual los accionantes en amparo denunciaron como situación lesiva a sus derechos y garantías constitucionales las vías de hecho (desalojo arbitrario) ejecutadas en su contra por la ciudadana Aracelis Del Valle Guerra,  con ocasión de existir una aparente disputa en relación al  contrato de arrendamiento sobre el inmueble que venían ocupando, conflicto intersubjetivo en el que no figuran como sujetos activos o pasivos el niño o el adolescente.

Por último, no puede dejar expresar esta Sala en cuanto a la medida cautelar solicitada por los accionantes, comparte lo expuesto por el Tribunal Segundo de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolecentes Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en el sentido, que aún cuando los jueces con competencia civil deben actuar en apego al principio del interés superior de los niños, niñas y adolecentes, en la presente causa, “por tratarse de un presunto desalojo arbitrario proveniente de un particular en perjuicio de los accionantes en amparo, en una vivienda al parecer habitada por un niño y adolescente, descendientes de estos, se le indica a la parte que puede acudir por ante los órganos de protección, en este caso ante el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Jurisdicción del lugar de residencia del niño y adolescente en cuestión, para que de ser procedente, se tomen las medidas de protección más apropiadas..”  De conformidad con lo establecido en los artículos 296, 160 letra b  y 126 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes”.

http://www.tsj.gov.ve/decisiones/scon/mayo/164048-401-14514-2014-14-0016.HTML

Funed Venezuela
19-05-2014
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Cámara Inmobiliaria espera cambios con la normativa

El presidente de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela (CIV), Aquiles Martini, dijo que confían en que luego de la promulgación de la Ley para la Regularización de Alquileres para Uso Comercial, se regularice la situación de inconformidad que hay con los arriendos en los centros comerciales.

“Nosotros hemos trabajado bastante con el ministro de Vivienda, Ricardo Molina, en las mesas de diálogo durante más de dos meses. Hemos hecho propuestas y se nos ha escuchado, pero esperamos ver esos acuerdos en la ley que está por aprobarse”, precisó Martini.

Recientemente, el ministro de Vivienda y Hábitat, Ricardo Molina, informó que la ley para regular los alquileres comerciales estaba casi lista y sólo esperaba por la aprobación del presidente Maduro.

“El Presidente la está revisando y esperamos que diga si hay que hacerle cambios...”, explicó Molina.

En las reuniones del ministro con los gremios y dueños de locales, se llegaron a acuerdos preliminares, como establecer tres bandas para fijar el canon de alquiler dependiendo de la ubicación y las ganancias del local. También se acordó un pago compartido del condominio; “una parte el propietario y la otra el inquilino”.

Los gremios inmobiliarios esperan que estos cambios queden reflejados en la nueva ley que se aprobará.

BEATRIZ CARIPA

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15-05-2014
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DIY: GANCHOS DE ROPA!



DIY: GANCHOS DE ROPA!


Aunque no es muy común que nos sobren ganchos para colgar ropa (o al menos no en mi caso) siempre hay algunos que necesitan un reemplazo, y como nuestro lema [continue leyendo…]







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10% de los comercios en centros comerciales decidieron cerrar

Servicios que se prestan en los grandes establecimientos han decaído, debido a que muchos deciden abrir sus puertas tarde o se inhabilitan escaleras mecánicas

Tras un recorrido realizado por varios centros comerciales de la ciudad de Maracay, algunos trabajadores, quienes prefirieron mantenerse en el anonimato, alegaron que alrededor del 10% de los comercios han cerrado por falta de inventario y el funcionamiento de los grades establecimientos que cuentan con reducción de horario o racionamiento de servicios.

Los trabajadores alegaron que la situación cada día es tensa y crítica, por lo que las personas tienen miedo de perder su empleo, debido a que los dueños deciden cerrar.

Igualmente, manifestaron que los servicios que se prestaban para la comodidad de las personas no son los mismos que se ofrecían el año pasado, debido a que muchos deciden abrir sus puertas tarde, se inhabilitan escaleras mecánicas, hay menos guardias de seguridad, entre otros factores.

Es importante destacar que la revisión de contratos de alquileres es una medida que debería garantizar la protección del propietario, pues el desequilibrio podría generar el cierre de negocios y el crecimiento de la tasa de desempleo.

A lo que el presidente de la Cámara Inmobiliaria de Aragua, Héctor Rodríguez, destacó en días pasados, que las medidas y precios justos en este sector deben ser positivos, en los cuales se analicen las estructuras de costos como el condominio, inflación, devaluación, características del inmueble y tipología del negocio.

La Cámara Venezolana de Centros Comerciales y afines, también presentó hace días un comunicado que indica que aún no se ha publicado la ley que sustituirá el decreto transitorio, para regular el sector.

El Periodiquito
16-05-2014
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