En la Gaceta Oficial Nº 40.694 del jueves 2 de julio, el Ministerio del Poder Popular para Hábitat y Vivienda publicó la Resolución Nº 142, que delega en “la Superintendencia Nacional de Arrendamientos de Vivienda, la competencia para la tramitación del procedimiento administrativo previo al ejercicio de cualquier otra acción judicial o administrativa que pudiera derivar en una decisión cuya práctica material comporte la pérdida de la posición o tenencia de un inmueble destinado a vivienda principal, previsto en el Decreto Nº 8.190 con Rango, Valor y Fuerza de la Ley contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas”.
La SUNAVI, en ejercicio de la delegación otorgada, tendrá las siguientes atribuciones:
1) La sustanciación y decisión de los procedimientos conciliatorios previstos en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley contra Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas.
2) La firma de los actos administrativos, tanto de trámite como definitivos, que se dicten en el marco de los procedimientos conciliatorios previstos en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas.
Según lo publicado en Gaceta Oficial Nº 40.694, el Superintendente Nacional de Arrendamiento de Vivienda, José Rafael Jiménez Villasana (V-10.658.544) tiene plena facultad de designar a nivel nacional, previa aprobación del Ministerio del Poder Popular de Hábitat y Vivienda, a los funcionarios que se encargarán de los procedimientos mencionados en la resolución.
“El Superintendente Nacional de Arrendamientos de Vivienda contará con el espacio físico y los bienes muebles que a tales fines se disponía en todas las Direcciones Ministeriales, así como con el personal calificado que ha venido desempeñando funciones en la materia en esas dependencias estadales”, dice el artículo 3 de la publicación en Gaceta Oficial.
Fuente: Gaceta Oficial Nº 40.694 del jueves 2 de julio
Vea la Gaceta 40.694: Superintendencia de Arrendamientos de Viviendas se encargará de procedimientos conciliatorios: http://ow.ly/PctUm
Camara Inmobiliaria de Venezuela
02-07-2015
Recopilado por:
Lic. Henry Medina
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