La garantía será bajada de cuatro a tres meses(A.García/Archivo)
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La propuesta de la Ley de Regulación y Control del Arrendamiento Inmobiliario para el Uso Comercial contempla que las garantías para alquilar los locales serán de tres meses.
Actualmente, los establecimientos se rigen por la Ley de Arrendamientos de 1999 y allí se establece que los depósitos deben ser equivalentes a cuatro meses, en la propuesta el monto se reduce.
El texto en su artículo 41 indica que "cuando se constituya depósito en dinero para garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato de arrendamiento, éste no podrá exceder del equivalente a la suma de tres mensualidades del canon de arrendamiento. En ningún caso, el arrendador podrá realizar otro cobro adicional".
El mismo parámetro rige para las fianzas. La propuesta agrega que "cuando se constituya una fianza en garantía de fiel cumplimiento ésta no podrá exceder del equivalente a la suma de tres mensualidades del canon".
De acuerdo al instrumento los contratos de arrendamiento en los locales comerciales tendrán una duración de dos años y por tal motivo, cada dos años se ajustarán los alquileres.
Los términos de los contratos serán revisados por la Dirección Nacional de Arrendamiento Inmobiliario de Uso Comercial y los prórrogas serán de máximo cuatro años.
Según el papel de trabajo "cuando la relación arrendaticia haya tenido una duración un año o menos, se prorrogará por un lapso máximo de un año. Si la relación arrendaticia tiene una duración mayor de un año y menor de cinco, se prorrogará por un lapso máximo de dos años. Cuando la relación arrendaticia sea de cinco años y menor de 10 años se ampliará por un lapso máximo de tres años y si es entre 10 y 15 años la extensión es por cuatro años".
El Universal
29-05-2012
Recopilado por:
Lic. Henry Medina
Asesor Inmobiliario, de Seguros e Inversiones
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