martes, 13 de septiembre de 2011

El Parlamento radicaliza la ley de arrendamiento

Los artículos del proyecto de ley para la regularización y control de los arrendamientos de vivienda aprobados hasta ahora por la Comisión de Administración y Servicios Públicos de la Asamblea Nacional son mucho menos equilibrados que los presentados por la Red Metropolitana de Inquilinos en marzo.

"La duración de los contratos de arrendamientos regulados por la presente ley será libremente acordada por las partes", decía el artículo 46 del proyecto original. La disposición aprobada fija un plazo mínimo de 3 años, a menos que el inquilino decida rescindirlo antes, en cuyo caso no tendrá que pagar los cánones restantes ni indemnización.

El artículo 54 limitaba la subrogación del contrato por muerte del arrendatario a familiares hasta segundo grado de consanguinidad que hubieran convivido habitualmente en el inmueble antes de que la persona falleciera. Lo aprobado por la Comisión extiende ese derecho a cualquier ocupante de la vivienda que pruebe una permanencia pacífica y continua en ella.

La disposición 117 proponía que el inquilino acusado de falta de pago perdiera los derechos consagrados en la ley y fuera demandado por el procedimiento breve fijado en el Código Civil. El artículo aprobado le permite llegar a una conciliación con el propietario si abona las mensualidades atrasadas. "Dicho pago no se tendrá como extemporáneo", agrega.

La instancia parlamentaria eliminó, además, el segundo capítulo del proyecto de ley, que definía las garantías que el arrendador podía solicitar al inquilino. Allí se indicaba que el depósito no podía exceder del equivalente a dos meses de alquiler y debía ser guardado en una cuenta bancaria. El dinero y los intereses generados serían devueltos al arrendatario al término del contrato.

Proyecto mejorado. La Cámara Inmobiliaria de Venezuela y la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos han advertido en varias ocasiones sobre los desequilibrios que caracterizan al proyecto de ley para la regularización y control de los arrendamientos de viviendas.

La Red de Propietarios de Viviendas en Alquiler, creada recientemente para agrupar a arrendadores de sectores populares, también critica la legislación porque generará anarquía y acabará con la oferta. Exige una ley que sea más equilibrada.

Rigel Sergent, integrante de la Red Metropolitana de Inquilinos, respalda los cambios y destaca que fueron realizados con la participación de asociaciones de arrendatarios de todo el país. "Creemos que se ha mejorado la propuesta inicial que introdujimos en la Asamblea Nacional", dijo.

Sergent afirmó que los propietarios de viviendas también han intervenido en las discusiones. "Todas las partes han sido escuchadas. Evidentemente los grandes arrendadores, que utilizan el alquiler como un negocio y no como un medio de subsistencia, no van a estar a favor de la regulación".

Agregó que los pequeños arrendadores ­definidos como los que alquilan una o dos unidades de vivienda­ no tienen razones para preocuparse.

"La ley les garantiza el derecho de propiedad y señala los mecanismos para que recuperen sus inmuebles".

Sergent descartó que la normativa incentive la falta de pago de los inquilinos. "La persona que no cancele será desalojada. Y los procedimientos serán más expeditos, de manera que los arrendadores no tendrán que esperar tres años, que es la prórroga establecida en la ley vigente".

El Nacional
10-09-2011

Recopilado por:
Lic. Henry Medina
Asesor Inmobiliario, de Seguros e Inversiones
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