Fuentes del sector inmobiliario señalan que si bien los propietarios e inquilinos están presentando los contratos ante el registro, la estimación del canon de acuerdo al método previsto en la Ley no se ha podido realizar. Por ahora, los dueños de los inmuebles siguen cobrando la misma renta que habían fijado antes de la entrada en vigencia del texto.
Hace nueve meses entró en vigencia la reforma de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, y todavía hay aspectos del marco legal que no se están aplicando como el cálculo del canon de arrendamiento y la fijación del porcentaje de unidades nuevas que se destinarán a la renta. A lo que se añade, la lentitud en la venta de los inmuebles destinados al alquiler.
Ese texto, aprobado en noviembre de 2011, estableció plazos para la instrumentación de los aspectos clave, pero hasta la fecha solamente se ha cumplido con la creación del registro de los contratos de alquiler.
Fuentes del sector inmobiliario señalan que si bien los propietarios e inquilinos están presentando los contratos ante el registro, la estimación del canon de acuerdo al método previsto en la Ley no se ha podido realizar, y una de las razones es que el Ministerio de la Vivienda todavía no ha publicado los valores de reposición.
Según la Ley de Arrendamientos, para el cálculo de la renta se tiene que tomar en cuenta: valor de reposición del bien, dimensiones del inmueble, valor de depreciación, vulnerabilidad sísmica y región geográfica.
Por ahora, indican las fuentes, los dueños de los inmuebles siguen cobrando la misma renta que habían fijado antes de la entrada en vigencia del texto.
Al retraso en el cálculo del canon se suman la lentitud en la venta de las viviendas ubicadas en los edificios destinados al alquiler.
En mayo de 2011 la Vicepresidencia inició las gestiones para facilitar la oferta de los apartamentos alquilados en 100 edificios del Área Metropolitana de Caracas, y en noviembre del mismo año, luego de la aprobación de la Ley de Alquileres, dicho proceso pasó a manos de la Superintendencia de Arrendamientos.
Según las organizaciones que agrupan a los inquilinos, los procedimientos no marchan al ritmo esperado. Hasta el pasado mes de julio, los arrendatarios que habitan en cinco edificios ya habían recibido los financiamientos para la adquisición de las casas y los bancos públicos estaban comenzando las negociaciones en 12 edificaciones más. Sin embargo, más del 80% de los casos todavía no se ha definido.
Más retrasos
La mora también se extiende a otros procedimientos como la determinación de los porcentajes de viviendas nuevas que las constructoras deben destinar al alquiler.
El pasado mes de febrero, el ministro de la Vivienda, Ricardo Molina, señaló que estaban trabajando en dicho porcentaje y hasta manifestó que el mismos de fijaría por regiones, pero aún la medida sigue sin oficializarse.
Sin la definición de las unidades que deben destinarse al arrendamiento, las constructoras no pueden iniciar nuevos desarrollos. La Ley señala que previo al inicio de los complejos de vivienda, las empresas tienen que notificar al Ministerio la cantidad a realizar y sin el aval del despacho no se pueden comenzar las obras.
El Universal
13-08-2012
Recopilado por:
Lic. Henry Medina
Asesor Inmobiliario, de Seguros e Inversiones
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