miércoles, 28 de noviembre de 2012

Propietarios que no registren apartamentos alquilados serán multados con BsF 36.000


La Sunavi comenzó el proceso de registro de inmuebles alquilados / Foto AVN
Sunavi cuenta con casi 10.000 registros de inmuebles arrendados, la mayoría inquilinos. "Si nos percatamos de que un propietario no se ha inscrito, iniciamos un procedimiento y la sanción es de 400 unidades tributarias", explicó la superintendente Ana Marina Rodríguez

Los arrendadores que no se inscriban en el Registro Nacional de Arrendamientos de Vivienda pueden ser sancionados con el equivalente a 400 unidades tributarias (UT) por cada inmueble que dejen de reportar, recordó la superintendente Nacional de Arrendamientos de Vivienda, Ana Marina Rodríguez.

"Si no se registran y se inscribe uno de sus inquilinos, y nos percatamos de que ese propietario no se ha inscrito, le iniciamos un procedimiento sancionatorio. Le corresponden 400 unidades tributarias por cada inmueble que no haya sido inscrito. Si tienen cien inmuebles, que vengan y los inscriban los cien", indicó a la Agencia Venezolana de Noticias

El valor de la unidad tributaria actualmente es de 90 bolívares, por lo que la sanción por cada inmueble que no se registre alcanza los 36.000 bolívares.

Rodríguez indicó que ha habido casi 10.000 registros, de los cuales, la mayoría, son inquilinos. "Ha habido resistencia de los propietarios. Creo que en parte fue por la coyuntura electoral. Hay pocos propietarios. Anteriormente no existía registro de arrendamientos y el Estado no podía saber cuántas viviendas estaban en arrendamiento ni dónde estaban. Este registro permite identificar el inmueble, al arrendador y si es multiarrendador o pequeño propietario, así como saber quiénes son los inquilinos, dónde habitan, y fijar, controlar y regular las relaciones de arrendamiento, como establece la Ley", añadió Rodríguez.

La superintendente comentó que el organismo ha activado una gran cantidad de procedimientos sancionatorios para los infractores de la Ley, por ejemplo, propietarios que han desalojado a inquilinos o promueven los llamados hechos de perturbación de la posesión, como suspender los servicios o cambiar la llave para presionarlos a fin de que desocupen el inmueble. "Para esas acciones existe una sanción. Estamos sustanciando los elementos para determinar responsabilidades y aplicar las sanciones", agregó.

Del mismo modo, en caso de que los inquilinos incumplan con el pago de canon durante cuatro meses, el propietario puede activar los procesos previos a las demandas en la Sunavi, que conducirá primero a una audiencia de mediación en sede administrativa y, si no hay acuerdo, a la vía judicial. Los desalojos arbitrarios están prohibidos en el país.

La superintendente comentó que ha habido receptividad en el proceso de negociación de los cien edificios de vieja data que serán vendidos a sus inquilinos. La sexta disposición transitoria de la Ley establece que los arrendatarios de edificios destinados por completo a arrendamiento desde hace más de veinte años tendrán el derecho de adquirir las viviendas donde residen, a menos que sean propiedad de pequeños arrendadores.

Rodríguez indicó que el proceso avanza y que ya hubo reuniones con la banca pública y el Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (Banavih), a fin de generar los mecanismos para la venta de esos inmuebles. "Ha habido receptividad ahora aunque el proceso estuvo un poco lento. Se presentó algo de resistencia por parte de algunos propietarios que contaban con el triunfo de Capriles. Ahora sí están dispuestos a negociar, tras el triunfo de la revolución", indicó.

El Nacional
26-11-2012

Recopilado por:
Lic. Henry Medina
Administrador del Grupo Yahoo Corredor_Inmobiliario
Asesor Inmobiliario, de Seguros e Inversiones
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