miércoles, 28 de noviembre de 2012

La Sunavi "filtrará" alquileres


Propietarios ya no podrán decidir el monto del canon unilateralmente

Ahiana Figueroa | ÚN.- Las notarías públicas no podrán legalizar los contratos de arrendamiento hasta tanto estén avalados por la Superintendencia Nacional de Vivienda.

Estos documentos deben ir acompañados con una resolución que emanará este organismo, en el cual se señalen las condiciones del inmueble y el monto del alquiler.

Ana Marina Rodríguez, superintendente nacional de arrendamiento, explicó que luego que los arrendatarios se registren, los funcionarios verificarán las condiciones de la vivienda y determinarán el monto del canon a través de una fórmula. Luego se entregará la resolución, que deberá anexarse al contrato de alquiler para ser notariado.

“¿Qué es lo que no puede suceder? Que yo como propietario de la vivienda fije de manera unilateral el canon de arrendamiento porque estoy incurriendo en un ilícito de la ley”.

La fórmula. La funcionaria destacó que entre las variables para aplicar la fórmula que determinará el monto del alquiler, está el valor de reposición del inmueble, las dimensiones, la depreciación, la vulnerabilidad sísmica y la región en la cual se encuentre ubicado.

Negó que las viviendas vayan a perder su valor o que valgan igual independientemente de la zona en la cual se encuentren.

 “Que un inmueble en Altamira valga lo mismo que en Catia, dependerá de las condiciones de la estructura del inmueble y de los años de construcción, y no del lugar donde se esté alquilando”.

La Superintendente aclaró que no hay artículo alguno en la ley que permita que el inquilino “por el simple hecho de ser inquilino”, se quede con el inmueble a menos que el propietario decida venderlo y, en este caso, el inquilino podrá tener la primera opción de compra.

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26-11-2012

Recopilado por:
Lic. Henry Medina
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