martes, 26 de febrero de 2013

Modifican condiciones que regirán créditos de la cartera hipotecaria


Publicado en la Gaceta Oficial N 40.115

Según la resolución para las familias que pueden acceder a créditos para mejoras, ampliación y autoconstrucción deben tener un ingreso mensual de 6 salarios mínimos.

Caracas- El Ministerio para la Vivienda y Hábitat publicó en la Gaceta Oficial N 40.115, que circula hoy, algunas modificaciones a las condiciones que regirán el otorgamiento de créditos para la adquisición, ampliación o autoconstrucción de viviendas, con los recursos provenientes de la cartera obligatoria de la banca.

Uno de los cambios que presenta la norma es el valor que deben tener las viviendas para recibir el subsidio directo. La resolución señala que el subsidio se otorgará cuando las casas tengan un valor de hasta 350 mil bolívares, antes el tope era 270 mil bolívares. El artículo 4 del texto señala que los montos de los créditos se otorgarán en función de la capacidad de pago de los solicitantes, mas en aquellas "solicitudes que conlleven componente de subsidio directo habitacional, el monto estará sujeto al valor de la vivienda, la cual no podrá exceder los 350 mil bolívares".

Otra de las modificaciones es que en el caso de la autoconstrucción, mejoras o ampliación de vivienda se aumentó de 5 a 6 salarios mínimos el ingreso máximo mensual de los solicitantes que podrán acceder al mismo.

Por otra parte, se mantiene en 30 años el plazo máximo para pagar el crédito. Mientras que las familias que podrán acceder al mismo serán aquellas con ingresos que no superen los 15 salarios mínimos mensuales.

El Universal
22-02-2013

Recopilado por:
Lic. Henry Medina
Administrador del Grupo Yahoo Corredor_Inmobiliario
Asesor Inmobiliario, de Seguros e Inversiones
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