lunes, 19 de septiembre de 2011

Nueva Ley permite que Ejecutivo modifique ganancia en alquileres

Rincones dijo que el Ministerio de la Vivienda fijará valor de metro cuadrado

La Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, aprobada este miércoles por la Comisión de Administración y Servicios de la Asamblea Nacional (AN), amplia las competencias del Ejecutivo en materia inmobiliaria, y sustrae a los propietarios, no solo la cualidad de fijar el canon de alquiler, sino también la revisión periódica del margen de rentabilidad.

El texto legal, que será sometido a segunda y definitiva discusión desde la próxima semana por la AN, especifica en el capítulo referido a la fijación de los cánones, que la ganancia que recibirán los propietarios por arrendar una vivienda será máximo de 3% anual del valor del inmueble -tras aplicación de descuentos- que fije el Ministerio de la Vivienda. Pero además, detalla que el Ejecutivo “podrá modificar el porcentaje, por razones de interés público o social”.

El vicepresidente de la comisión, diputado César Rincones (AD-Sucre) alertó que no solo los dueños de viviendas fueron despojados de establecer un arriendo, sino que además el gobierno puede modificar el margen de ganancia.

Anticipó que la prerrogativa le permitirá al Ejecutivo imponer una utilidad de acuerdo con a la zona geográfica. Ejemplificó que el tope de 3% puede ser aplicado en estados como Miranda y Carabobo, pero ser disminuido a 2% o a 1% en otras entidades federales.

“La ganancia que ya es insuficiente, puede ser menor dependiendo de la ubicación de la vivienda”, sostuvo al ilustrar que una vivienda valorada en Bs.F 319 mil 200, al aplicarle la fórmula para fijar el canon (valor del inmueble y descuentos por antigüedad y estado de mantenimiento), se podrá cobrar un arriendo máximo de Bs. F 266 mensual si la utilidad es de 3%, por lo que de ser menos, “el canon será prácticamente simbólico”.

Rincones agregó que la norma cede al Ministerio del Vivienda la potestad de establecer el valor del metro cuadrado de los inmuebles para determinar los alquileres, y aunque fija que este precio sea revisado anualmente, advirtió que ésto no garantiza el ajuste, ya que podría ser congelado.

Desalojos

Uno de los aspectos de mayor preocupación para Rincones y la Cámara Inmobiliaria de Venezuela (CIV) es el referido a la propiedad. El diputado de AD señaló que la bancada del Psuv eliminó el capítulo de los desalojos, migrando el proceso a lo establecido en el Decreto-Ley contra la Desocupación Arbitraria promulgado en mayo.

Rincones precisó que el texto inicial contemplaba cinco causales para desalojar (impago de cuatro meses de alquiler; necesidad del propietario de ocupar el inmueble, uso indebido del bien, daños causados por el inquilino o incumplimiento del contrato), pero dijo que ahora los dueños que quieran recuperar su inmueble deberán remitirse a una Ley que no estipula cómo lograr la desocupación justificada, porque solo legisla las arbitrarias.

El presidente de la CIV, Aquiles Martini, agregó que se anula la propiedad de las viviendas en alquiler al hacer inviable el desalojo.

“Aunque se tenga un título que acredite a alguien ser el dueño, no hay proceso legal que permita el desalojo y disponer del bien”.

Contrario a Rincones y la CIV, el vocero de la Red Metropolitana de Inquilinos, Eleusis Borrego se mostró optimista con el alcance del texto porque contraria los “intereses capitalistas” y resguarda el derecho a la vivienda.

Pidió a la AN respetar el espíritu y propósito de la norma propuesta por el pueblo legislador.

Eltiempo.com.ve
Fecha: 16-09-2011

Recopilado por:
Lic. Henry Medina
Asesor Inmobiliario, de Seguros e Inversiones
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