Desde este martes, la consignación de cánones de arrendamiento ante los tribunales de municipios de todo el país quedó sin efecto, de acuerdo a la sentencia de la Sala Político-Administrativo del Tribunal supremo de Justicia (TSJ), de fecha 17 de noviembre de 2011.
Según Orta, las superintendencias no están en capacidad para recibir dinero.
Todas las cuentas correspondientes a los cánones de arrendamiento que llevaban los tribunales de municipios en todo el país quedaron informáticamente bloquedas desde el martes .
La ponencia declaró “que el Poder Judicial no tiene jurisdicción para conocer y decidir sobre esta materia”. El magistrado ponente Emiro García Rosas consideró que para la cancelación de estos cánones de arrendamiento debe cumplirse la Ley para la Regularización y Control de Arrendamientos de Vivienda, la cual da potestad a la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda para recibir este dinero.
Consultados abogados especialistas en la materia, sobre el impacto que traerá esta normativa, mencionan que en la parte de Disposiciones Transitorias de la Ley mencionada, se establecen “dos casos sumamente graves para la parte demandada y los administradores o propietarios de las depositarias judiciales”.
Por una lado creó una acción de prescripción de retirar cánones de arrendamiento y, por el otro, creó una prescripción de rendición de cuenta, retiros y bienes de depósitos en las diferentes depositarias del país que tengan bienes bajo su cuidado por motivo de ejecuciones arrendaticias o de aplicación de medidas cautelares.
Otros abogados consideran que debe realizarse un acto extrajudicial entre las partes, en que el arrendatario abra una cuenta de ahorro para que el arrendado deposite los cánones, a fin de que éste último no quede insolvente.
Medidas a tomar
A partir de este momento, en que los inquilinos no podrán depositar los cánones en los tribunales municipales, deberán dirigirse a las superintendencias regionales de arrendamiento de viviendas, las cuales ahora serán las encargadas de custidiar el dinero hasta que sea retirado por el propietario.
Para el presidente de la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos (Apiur), Roberto Orta, este trámite se complicará debido a que existe solamente una superintendencia por estado, la cual se “saturará” con tantos procedimientos.
Debido a esto, la presidenta de la Cámara Inmobiliaria de Lara, Shoimey Lau, sugiere que debería instalarse una en cada municipio, tal y como indica la Ley.
El gerente regional del Instituto Nacional de la Vivienda (Inavi) en Lara, Vladimir Silva, informó que la superintendente regional se reunió ayer con la superintendenta nacional en Caracas donde aclararían las dudas referentes a la medida del TSJ.
Por otra parte, existe una disposición transitoria en la Ley que obligará a los propietarios que tengan dinero depositado en los tribunales a retirarlo antes del 12 de noviembre de este año, ya que de no hacerlo serán confiscados y entregados al Fondo de Protección al Inquilino y al Pequeño Arrendador.
Para Orta, esta es una violación a la propiedad privada, ya que es un dinero que no le pertenece al Estado. Explicó que muchos propietarios prefieren retirar los cánones cada seis meses para evitarse “lo engorroso de los trámites”.
[*] EN DESTAQUE
Un grupo de abogados analiza el contenido de la Ley para solicitar su nulidad ante el TSJ y pedirán que no se aplique, especialmente el contenido de las disposiciones transitorias.
El Informador
17-05-12
Recopilado por:
Lic. Henry Medina
Asesor Inmobiliario, de Seguros e Inversiones
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