miércoles, 18 de enero de 2012

Apiur: Inconstitucional venta obligada de inmuebles

Sobre dicha disposición se solicitó la nulidad ante el TSJ en noviembre.

La Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos (Apiur) tilda de “inconstitucional” la disposición quinta de la Ley para la Regularización y Control de Arrendamientos que establece que el monopolio sobre la vivienda en alquiler es contrario al interés general, por lo que los arrendatarios que ocupen viviendas constituidas sobre edificios con más de 20 años dedicados a esa actividad, tendrán derecho a adquirirla.

Sobre dicha disposición se solicitó la nulidad ante el Tribunal Supremo de Justicia el pasado mes de noviembre, pues contradice el artículo 15 de la Constitución, ya que “la única forma de arrebata forzosamente la propiedad de inmueble es la expropiación y no esta figura de venta obligatoria”.

Dicha disposición es explicada con mayor detalle en el artículo 132 del texto que suscribe que el propietario deberá informar al arrendatario su voluntad de venderle el inmueble expresándole su derecho de preferencia por ocuparlo. Las condiciones para ello serían determinar un precio no mayor al valor del inmueble que se fijó en el cálculo del justo valor, condiciones de venta, modalidades de negociación, dirección donde se recibirá la respuesta, documento de propiedad del inmueble, documento de condominio o propiedad colectiva familiar, entre otros.

El Carabobeño
13-01-2012

Recopilado por:
Lic. Henry Medina
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