lunes, 5 de septiembre de 2011

Critican lapso para retiro de depósitos inmobiliarios en tribunales

La especialista en asuntos inmobiliarios, Teresa Borges, ve inviable establecer un período de un año a los arrendadores para retirar los depósitos que se realicen a través de los tribunales, tal y como se propone en la reforma a la Ley de Arrendamiento. La misma legislación establecería que si no se hace el retiro los recursos pasarían a un fondo especial.

Señala que el pago obedece a un principio general de derecho y el acreedor es el único responsable de decidir qué hacer con el dinero.

Borges agrega que existen casos donde los depósitos superan dos o tres años porque existe una demanda en un tribunal sobre el inmueble y si el dueño llegase a retirar el dinero pierde automáticamente cualquier causa.

"Un proceso legal no se sabe cuánto dura, y resulta que si se vence el año para retirar el depósito y retiro, pierdo la demanda, porque en el fondo estoy perdonando un hecho incumpliente".

Apunta que muchas veces el inquilino paga cuatro meses tardíos de una sola vez, suponiendo que así quedará solvente, pero igual existe una violación del contrato porque no se cancelaron las mensualidades a tiempo.

Refiere además que a veces los dueños no están en el país o les resulta más costoso obtener el documento para hacer los retiros que la totalidad de lo depositado por el inquilino.

El Universal
02-09-2011

Recopilado por:
Lic. Henry Medina
Asesor Inmobiliario, de Seguros e Inversiones
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