martes, 15 de octubre de 2013

Nulidad de asamblea de accionistas

El demandante explica que la asociación fue constituida junto a otro representante legal...

MANUEL ALFREDO RODRÍGUEZ

El reclamante es accionista o dueño de la décima parte de las acciones habidas en la sociedad mercantil donde se celebró una asamblea de socios la cual impugna ante el tribunal. Alega que, previo al acta de asamblea inscrita en fecha reciente, era integrante de su Junta Directiva y venía desempeñando el cargo de director general. Explica que la asociación fue constituida junto a otro representante legal y que ambos obligaban a la compañía actuando de manera conjunta. Sostiene que en los estatutos se exige la asistencia del setenta y cinco por ciento (75%) del capital social para el quórum de las asambleas e igual porcentaje para aprobar las decisiones de las mismas. Afirma que el acta registrada está viciada por no aparecer suscrita por su persona, que no asistió a dicha asamblea y no hubo convocatoria por la prensa. Por tanto, solicita al Juez declare la nulidad absoluta y sin efectos jurídicos a la asamblea de socios por vulnerar sus derechos.

En la oportunidad de dar contestación a la demanda, el socio involucrado se limitó a contradecir y rechazar cada uno de los alegatos del oponente. Hizo valer el texto de lo regulado en el artículo 290 del Código de Comercio en el sentido de insistir que ese precepto normativo no aplica por cuanto la demanda fue intentada fuera del lapso previsto para ello por la Ley. El reclamado no aportó prueba que lo favorezca en cuanto a la demostración de los hechos advertidos en su defensa ni alcanzó a desvirtuar los indicados por el quejoso.

Llegado el día para que el Juez dicte la sentencia definitiva, éste lo hizo en fundamento a las probanzas consignadas en el expediente por las partes. Al ser cada una de las pruebas analizadas y valoradas, el fallo del tribunal indicó que no fueron cumplidos los términos y condiciones regulados en los estatutos sociales para la convocatoria, celebración y aprobación de decisiones de forma válida en la asamblea de accionistas de la empresa, por lo que el Juez decretó la nulidad absoluta de esa asamblea.

Precisa la sentencia que al ser declarada nula la asamblea de fecha... , inscrita en el Registro Mercantil respectivo el día... , la totalidad de su contenido se tendrá por no celebrada o inexistente. Significa que la situación se retrotrae al día anterior a la fecha de la asamblea írrita. El Juez ordenó que el Registrador Mercantil correspondiente sea notificado de la sentencia proferida a objeto que estampe en el expediente de la compañía una nota de nulidad del acta en cuestión. 

Doctor en Derecho

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@UCV_MAR

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El Universal
13-10-2013

Recopilado por:
Lic. Henry Medina
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