La propuesta de Ley de Regulación del Arrendamiento Inmobiliario para el Uso Comercial permitirá la venta de locales comerciales a los arrendatarios, sin embargo, para la oferta se impondrán condiciones. Si los alquilados manifiestan su voluntad de comprar los inmuebles tendrán un plazo de seis meses para tramitar los financiamientos.
El artículo 78 del proyecto señala que "la preferencia ofertiva es el derecho que corresponde al arrendatario que ocupa un inmueble para que se le ofrezca en venta, en primer lugar y con preferencia ante terceros".
Según el proyecto que maneja la Comisión de Administración y Servicios de la Asamblea Nacional, "en la oferta de venta no se podrá exigir el pago de contado, no se podrá establecer un plazo menor de seis meses a los efectos de la obtención del créditos". Se agrega que "en los contratos de opción de compraventa no se podrán colocar cláusulas que prevean la posibilidad de resolución unilateral por parte del propietario". MAH
El Universal
31-05-2012
Recopilado por:
Lic. Henry Medina
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