martes, 19 de febrero de 2013

Informe especial: Nuevas disposiciones de la Cartera Hipotecaria decretada por el Gobierno


A través de un decreto publicado en Gaceta Oficial, el Ministerio del Poder Popular para la Vivienda y Hábitat estableció en 20% el porcentaje mínimo de la cartera de crédito bruta anual que "con carácter obligatorio deben colocar con recursos propios las  instituciones del Sector Bancario obligadas a conceder créditos hipotecarios destinados a la construcción, adquisición, ampliación, mejoras y autoconstrucción de vivienda principal".

El ministro Rafael Ramírez informó que por esta resolución para la cartera hipotecaria van a disponer de 80.422 millones 952.904 bolívares que se distribuirán de la siguiente manera: 52 mil 274 millones de bolívares (65%) para el sector de construcción de viviendas; 24.126 millones para créditos a largo plazo de adquisición (30%) y 5% para autoconstrucción, mejoras y ampliación.

La resolución del 23 de marzo de 2012, que quedó derogada, definía la cartera hipotecaria de la siguiente manera: 66% para construcción, 26% para adquisición y 8% para ampliación y autoconstrucción.

Distribución y tips de la nueva cartera hipotecaria

El artículo 1 de la resolución es el que establece la cartera hipotecaria obligatoria en 20% para las instituciones del Sector Bancario.

En el artículo 2 se indican los porcentajes en los que se distribuye el monto total de la cartera hipotecaria: 65% destinado a construcción de viviendas (numeral 1), 30% destinado a créditos hipotecarios para la adquisición de vivienda principal (numeral 2), y 5% para ampliaciones y autoconstrucción de viviendas (numeral 3).

En el artículo 3 se divide el primer porcentaje del artículo anterior de la siguiente manera: 66% destinado a construcción de viviendas bajo la dirección del Órgano Superior del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat; el 34% restante queda dividido a su vez en tres valores: 40% para otorgamiento de créditos para viviendas con un valor de venta hasta de Bs. 300 mil, 35% para otorgamiento de créditos para viviendas con un valor de venta hasta de Bs. 400 mil, y 25% ( para otorgamiento de créditos para viviendas con un valor de venta hasta de Bs. 500 mil.

En el artículo 4 se establece que la distribución del porcentaje establecido en el numeral 2 del artículo 2 es la siguiente: 70% para otorgamiento de créditos hipotecarios para la adquisición de vivienda principal a grupos familiares con ingresos mensuales entre 1 salario mínimo y 6 salarios mínimos, y 30% para el otorgamiento de créditos hipotecarios para grupos familiares con ingresos mensuales mayores a 6 salarios mínimos y hasta 15 salarios mínimos.

Centralismo: La resolución del Ministerio de Vivienda y Hábitat señala textualmente que "el Órgano Superior del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat se encargará de establecer el procedimiento para la transferencia o uso de los recursos (...), así como los proyectos a financiar y las familias a las cuales se atenderá con las viviendas que se construyan dichos recursos. El Banco Nacional de Vivienda y Hábitat, medirá el cumplimiento de la cartera de crédito obligatoria por parte de las Instituciones del Sector Bancario, al término de los plazos de transferencia que determine el Órgano Superior del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat”.

Nuevos trámites: "Las Instituciones del Sector Bancario tendrán la obligación de remitir al Banco Nacional de Vivienda y Hábitat un reporte mensual del cumplimiento de la cartera hipotecaria obligatoria dentro de los cinco primeros días hábiles de cada mes, señalando en detalle nombre de cada beneficiario, características del proyecto, monto ejecutado y segmento de la cartera al cual corresponde".

Necesidad de inclusión

Si bien el aumento de la carta hipotecaria es positivo porque permite la construcción de un mayor número de viviendas, continúa la centralización de todos los desarrollos urbanísticos en pocas manos, lo que en el pasado ha acarreado problemas en las adjudicaciones, en la planificación urbanística, y ha alejado el cumplimiento de las metas de construcción.

El Gobierno manifiesta constantemente su interés de satisfacer una demanda que asciende a 2.7 millones de viviendas en el país, y para ello es necesaria la participación del sector privado, donde existe sapiencia y recursos necesarios para la creación de nuevos asentamientos de viviendas sustentables.


Camara Inmobiliaria de Venezuela
18-02-2013

Recopilado por:
Lic. Henry Medina
Administrador del Grupo Yahoo Corredor_Inmobiliario
Asesor Inmobiliario, de Seguros e Inversiones
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