El Gobierno, a través del Banco Nacional de la Vivienda y Hábitat, administra los recursos del Fondo de Ahorro Obligatoria de Vivienda (Faov), pero la disponibilidad que tienen los trabajadores de ese ahorro habitacional está sujeto a ciertas condiciones.
Los empleados y patronos realizan un aporte a ese mecanismo que es equivalente a 3% del salario integral. Con esas contribuciones se financia la adquisición de soluciones habitacionales, y adicionalmente, los trabajadores tienen una cuenta de ahorro habitacional, que se usa para amortizar deuda hipotecaria, o hacer remodelaciones, según la Ley de Vivienda.
Pero los trabajadores para efectuar los retiros del ahorro habitacional tienen que cumplir con una serie de requisitos, que no permiten una disponibilidad inmediata de esos fondos depositados.
Si el dinero es para efectuar remodelaciones en la vivienda principal, las personas solo pueden disponer del 80% del ahorro y para retirarlos tienen que consignar copias del documento de propiedad del inmueble y del registro de vivienda principal, copia de la cédula de identidad, constancia de ingresos, presupuesto de la obra y carta de solicitud de haberes para que se emita el cheque a favor de los encargados de la obra.
Para amortización de deuda se tienen que entregar copias de la cédula y el documento de propiedad así como una carta de solicitud de haberes.
Exigencias similares a las que se tiene con el Fondo de Vivienda también las tendrán que enfrentar los trabajadores para disponer del nuevo Fondo de Prestaciones. MAH
El Universal
10-04-2012
Recopilado por:
Lic. Henry Medina
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