El ministerio de Vivienda y Hábitat publicó este viernes en la Gaceta Oficial número 39.763 la resolución que dicta las normas para la adquisición de viviendas principal, cuyo financiamiento no podrá exceder de los 270 mil bolívares, independientemente del ingreso familiar.
En el caso de que se aplique el subsidio directo habitacional, los beneficiarios no podrán recibir más de esta cantidad al sumar el beneficio total y el monto del préstamo.
Otra novedad de esta resolución es que los créditos para comprar una vivienda principal con recursos propios de la banca podrán otorgar el subsidio habitacional como complemento del crédito, pero igual no podrá ser mayor a 270 mil bolívares.
En todo caso, el subsidio sólo aplicará como complemento del crédito cuando los solicitantes perciban un ingreso total mensual de hasta cuatro salarios mínimos.
Mientras que en los créditos con recursos propios de la banca, el monto máximo a financiar será determinado de acuerdo al ingreso total mensual familiar.
El texto legal también dispone que los solicitantes no deben haber recibido durante los últimos 5 años un crédito con recursos regulados por las leyes en materia de vivienda u otro recurso por parte de un ente público.
Quedan exceptuadas de la aplicación de la presente resolución, las solicitudes de otorgamiento de créditos para adquisición de vivienda principal en curso.
lanacion.com.ve
24-09-2011
Recopilado por:
Lic. Henry Medina
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