Cortesia: vtv.gov.ve
Los créditos para adquisición de un techo que forme parte de los desarrollos habitacionales construidos en el marco de la Gran Misión Vivienda Venezuela (GMVV) tendrán prioridad en su tramitación.
Así lo establece la resolución 124 del Ministerio de Vivienda y Hábitat, referida a las normas, requisitos y documentación para el otorgamiento de créditos destinados a la adquisición de vivienda principal, publicada en la Gaceta Oficial 39.763 de fecha 22 de septiembre de 2011, que circuló este viernes.
La nueva normativa precisa que uno de los requisitos que deben incluirse en el expediente del crédito habitacional es la constancia de inscripción del solicitante en el Registro Nacional de Vivienda, en caso de que la casa a comprar forme parte de la Gran Misión.
La resolución añade que el Órgano Superior establecerá la forma en que los bancos atenderán estas solicitudes.
El Registro Nacional de Vivienda es uno de los vértices de la GMVV, un programa del Gobierno venezolano lanzado en abril, cuya meta es atender la demanda habitacional en el país. Tiene como objetivo construir dos millones de casas entre 2011 y 2017, empezando con 153.000 este año.
A través del Registro, el Estado precisa la demanda real de viviendas por regiones. Se inscribe todo aquel que requiera una casa propia. La primera oleada arrancó el 7 de mayo y concluyó el 5 de junio, en Caracas, Vargas, Miranda, Zulia y Falcón. Esta fase arrojó un millón 293.396 familias. Cubrió las entidades más afectadas por las lluvias de finales de 2010.
La segunda oleada comenzó el 9 de julio y concluyó el 7 de agosto, en Aragua, Carabobo, Lara, Mérida, Táchira, Trujillo y Yaracuy. En ella se inscribieron un millón 163.168 familias, para un total, en ambas oleadas, de dos millones 456.564 familias.
La tercera oleada se realizará entre el 1º y el 30 de octubre. Abarcará los estados Barinas, Guárico, Cojedes, Portuguesa, Apure, Delta Amacuro, Amazonas, Bolívar, Sucre, Anzoátegui, Nueva Esparta y Monagas.
Las condiciones de financiamiento para la adquisición de viviendas construidas dentro de la GMVV incluyen un subsidio directo habitacional, de acuerdo con el ingreso familiar. Va desde 100% para las familias que perciban menos de un salario mínimo al mes (1.548,21 bolívares).
Puede ser de 80% para quienes ganen un salario mínimo; 54,19% si el ingreso es de dos salarios mínimos (3.096,42 bolívares); 28,39% si son tres salarios mínimos( 4.644,63 bolívares); y 2,58% hasta cuatro salarios (6.192,84 bolívares). Si ganan más de este monto, las familias quedan fuera del subsidio.
Las cuotas mensuales máximas para el pago de los préstamos hipotecarios no pueden superar 35% del ingreso familiar mensual, y los préstamos se concederán por un plazo máximo de 25 años.
Adicionalmente, si la reciben damnificados por lluvias, que tienen prioridad dentro de la Misión, tienen un porcentaje aparte de descuento en el costo total, en reconocimiento por haber perdido su casa.
Agencia Venezolana de Noticias
Fecha: 24-09-2011
Recopilado por:
Lic. Henry Medina
Asesor Inmobiliario, de Seguros e Inversiones
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