lunes, 29 de agosto de 2011

Proyecto de ley prohíbe cobros superiores a cánones de Superintendencia de Arrendamiento

La Comisión Permanente de Administración y Servicios de la Asamblea Nacional (AN) aprobó este jueves en reunión extraordinaria la prohibición de cobros excesivos o superiores al canon de arrendamiento que establezca la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Viviendas, como parte de la discusión del proyecto de Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda.

El artículo 128, que este jueves tuvo el visto bueno de los diputados, sanciona las prácticas que busquen bajo coacción y otras modalidades, desvirtuar el canon establecido por la superintendencia, que es el órgano que nacerá por mandato de la nueva ley, en sustitución de la Dirección Nacional de Inquilinato.

Además se aprobó el reintegro a los inquilinos de los cobros indebidos y/o sobre alquileres con intereses por el tiempo transcurrido.

En la reunión de este jueves se difirió para otra sesión la aprobación del artículo 112, referido a la causas para demandar el desalojo, a fin de definir con mayor precisión las razones para ello.

La propuesta de los inquilinos planteaba cinco causales: dejar de pagar sin causa justificada cuatro cánones, la necesidad justificada que tenga el propietario de ocupar el inmueble para sí o alguno de sus parientes consanguíneos hasta segundo grado, que el arrendatario haya destinado el inmueble a usos deshonestos e indebidos, que le haya causado deterioros a la vivienda o hay violado normas de convivencia ciudadana.

El presidente de la comisión, diputado Diosdado Cabello, pidió a los proponentes revisar de nuevo el artículo, a fin de plantear las causas de manera más clara y precisa. Se aprobó el artículo 113 que establece la posibilidad de demandas judiciales por falta de pago, y el 114, que contempla el desarrollo del inmueble declarado inhabitable por los organismos competentes.

La Superintendencia debe ubicar a los afectados en viviendas temporales o definitivas, o en refugios la comisión, además, difirió todo el capítulo referido a la consignación arrendaticia y el procedimiento consignatorio. Esto es el pago de los cánones ante tribunales, por la negativa de los arrendadores de recibirlos.

Cabello planteó la revisión de todo el procedimiento a fin de hacerlo más ágil. Este instrumento legal fue el primero presentado por iniciativa popular ante el Poder Legislativo en marzo. Su revisión en la comisión es acompañada por los movimientos populares. Se estima que este mes el proyecto sea discutido en la plenaria para su sanción.

periodico24.com
26-08-2011

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Lic. Henry Medina
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