Según los inmobiliarios, nuevas normas desestimulan la inversión
La Comisión de Administración y Servicios de la Asamblea avanzó en la discusión de la reforma de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios y ayer se aprobaron los artículos referentes a la preferencia ofertiva, los cuales imponen condiciones a las ventas de las viviendas que están en alquiler.
En el articulado se contempla que si el dueño de una solución habitacional decide ofertarla tiene que ofrecerla primero al arrendatario, si éste acepta negociar tendrá un año para buscar el financiamiento. En caso de que el inquilino no compre la unidad, el dueño podrá venderla a un tercero y el lapso para negociar la casa también será de un año.
El presidente de la instancia parlamentaria, Diosdado Cabello, indicó luego de la reunión que "a través del marco legal se garantiza que la primera opción en las ventas de las viviendas la tengan los inquilinos".
Procedimientos
Las disposiciones dicen que "la preferencia ofertiva es el derecho que le corresponde al arrendatario que ocupa el inmueble para que se le ofrezca en venta en primer lugar y con preferencia frente a terceros".
Una vez que el propietario notifique al inquilino, éste tendrá 90 días para dar la respuesta. Si acepta comprar, el arrendatario tendrá 1 año para buscar el financiamiento, el dueño no podrá solicitar inicial. La norma apunta que la vivienda solo será adquirida a crédito, no se permitirá pago de contado.
En otro de los artículos se detalla que si el inquilino no acepta comprar, el propietario tendrá un año para ofertar la vivienda a un tercero. Según Cabello, si en ese tiempo no se colocó la vivienda, se tiene que volver a realizar el ofrecimiento al arrendatario.
Los diputados, además, aprobaron los artículos del retracto legal, de manera que los arrendatarios podrán acudir a los tribunales en caso de que los dueños no cumplan con los puntos de la preferencia ofertiva.
Durante la discusión fueron diferidas las disposiciones sobre los pagos por consignación y las causales de desalojo.
Para la próxima semana los diputados revisarán las sanciones y las disposiciones transitorias. Todavía no se ha dado luz verde a la metodología de cálculo de los cánones de arrendamiento.
Menos inversión
Por otra parte, El presidente de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela, Aquiles Martini, estima que los lapsos para construir soluciones habitacionales serán mayores, una vez que entre en vigencia la nueva Ley de Arrendamientos, debido a que ese marco legal le impondrá más requisitos a las empresas.
Esa propuesta ordena a las constructoras dar un porcentaje de las viviendas nuevas al alquiler y obliga a notificar a la Superintendencia de Arrendamiento el inicio de las obras.
En un foro organizado por el Cedice, Martini comentó que los desarrollos tardan un lapso mínimo de cinco años y cuando esté vigente la ley ese plazo se extenderá. "Se fija una obligatoriedad sin sentido, que desestimula la inversión".
El vocero del Movimiento en Defensa del Patrimonio, Alfredo Padilla, dijo que la ley afecta más a los sectores populares, debido a que en los barrios es donde más se alquila. "Esas familias tendrán que registrarse, presentar los contratos, se les cambiaron las reglas".
El Universal
26-08-2011
Recopilado por:
Lic. Henry Medina
Asesor Inmobiliario, de Seguros e Inversiones
04166220453
twitter: @Henry_Medina
PIN 31E5A7B4
hmedina30@yahoo.es
Subscribete al Grupo Yahoo Corredor_Inmobiliario Henry Medina:
corredor_inmobiliario-subscribe@yahoogroups.com
http://es.groups.yahoo.com/group/corredor_inmobiliario/
No hay comentarios:
Publicar un comentario