jueves, 11 de agosto de 2011

Ecuación para fijar canon de alquiler se basa en antigüedad del inmueble

Con un amplio debate que se llevó casi todo el día de ayer, entorno a la metodología para fijar el canon de arrendamiento, se iniciaron esta semana las jornadas de discusión de la Ley para la Regularización y Control de Arrendamientos en Vivienda que realizan en la Asamblea Nacional los grupo de inquilinos organizados. La discusión, que tiene como fin definir una tabla para medir el costo de los inmuebles basándose en una ecuación donde se tomen en cuenta como punto de partida los años de antigüedad (depreciación) de la vivienda y las condiciones de habitabilidad, incluyendo mejoras que se le hayan hecho a la infraestructura.

La tabla que se toma como base para el debate y que está incluida en el proyecto de ley, establece categorías para determinar la calidad de los inmuebles. Las categorías son: Excelente, muy buena, buena, normal, regular, mala, muy mala, demolición irrecuperable. De acuerdo a la lógica de la depreciación y según la teoría expuesta por los inquilinos, aquellas edificaciones precarias con muchos años de construcción y a las que no se les hayan realizado mejoras deberán tener un canon más bajo que las viviendas en mejores condiciones y con menos años de antigüedad.

En todo caso, la norma y el diseño de la tabla continúa hoy en discusión, y se espera que los grupos de inquilinos organizados muestren avances mañana miércoles en la reunión con los diputados de la Comisión de Administración y Servicios, a fin terminar de ensamblar la redacción del artículo referido a la fijación del canon de arrendamiento y aprobarlo definitivamente esta semana.

Valor agregado

De acuerdo a la explicación de los voceros de las organizaciones de inquilinos, la ecuación está centrada en la depreciación del inmueble por su antigüedad y las condiciones del bien mueble; descartando el lugar de ubicación de la vivienda, pues al menos los representantes la Red Metropolitana de Inquilinos (RMI) sostienen que no importa el municipio ni la zona donde esté el inmueble, dado que si el lugar está dotado de servicios públicos como accesibilidad para el transporte como estaciones del Metro, centros de salud o centros urbanizados para el comercio, vialidad en buen estado, acueductos u otras mejoras que le den valor agregado a la zona, esto "no debe tomarse en cuenta para fijar el valor del canon de arrendamiento ni el valor de la vivienda, porque toda esa infraestructura no fue hecha por los privados ni por los particulares sino que son obras ejecutadas por el Estado".

Justamente, estas condiciones y la calidad de los servicios, además de la zona donde está ubicada la vivienda, es lo que argumenta el sector inmobiliario privado para darle valor agregado al costo de una vivienda, tanto para la venta como para fijar el valor del canon de alquiler. Las organizaciones de inquilinos han insistido en que este no puede ser un argumento para fijar valor de uso del inmueble, pues insisten en que "la necesidad de vivienda no debe ser vista como una mercancía".

Durante la discusión de ayer hubo consenso en que el órgano competente para aplicar la ley en cuanto a determinar el valor de los inmuebles, es la Superintendencia de Inquilinato, instancia que revisará los cánones cada tres años, tal como quedó aprobado en la reunión ordinaria de la Comisión de Administración y Servicios celebrada la semana pasada. Un punto de honor de los colectivos de inquilinos, es que el valor del metro cuadrado no puede dejarse a "capricho de la mano invisible del mercado, de la oferta y la demanda", pues insisten en que la necesidad de vivienda no puede seguir siendo tratada como una mercancía y por tanto es el Estado el que debe fijar parámetros. Un punto en el que insiste la representación de la Red Metropolitana de Inquilinos, es que el valor de la tierra no debe ser imputable al valor del inmueble. En este artículo subrayan la condición para exonerar el valor del suelo, del costo total de la vivienda.

La redacción preliminar de la norma precisa: "los inmuebles que se edificaron en tierras pertenecientes a la República, los estados, los municipios". Voz desde la AN El diputado Claudio Farías, miembro de la Comisión de Administración y Servicios, adelantó ayer que Proyecto de Ley de Regularización y Control de los Arrendamientos de Viviendas, que fue introducido el pasado mes de marzo a la AN, por iniciativa popular, respetará la propiedad privada y que el instrumento legal establece los procedimientos para que el arrendatario recupere su propiedad en caso de que el inquilino incumpla con lo establecido en el contrato de alquiler. Farias subrayó sin embargo, que el instrumento jurídico estipula que "la vivienda debe ser concebida como un derecho humano y no como una mercancía". Agregó que "hasta los actuales momentos, se especula con el precio de la vivienda, ya sea por su dimensión, tamaño, estructura, entre otros aspectos que son indispensables para determinar el canon de alquiler". "Éste aspecto, álgido de la ley, es parte de la discusión que se viene desarrollando con los movimientos de inquilinos, la Red de Inquilinos, entre otras instancias, donde hemos centrado el debate para buscar una salida de un precio justo y equilibrado de la propiedad para ambas partes (arrendatario y arrendador) sin caer en el vicio de la especulación".

Los diputados de la comisión, incluyendo su presidente Diosdado Cabello han prometido que el texto será aprobado en este período legislativo, que culmina el próximo 15 de agosto. De los 150 artículos que contiene el proyecto de ley de alquileres en viviendas, se han aprobado 81. Esta semana, tanto los colectivos populares que discuten el texto, como los diputados han prometido que se avanzará en el articulado. Sin embargo, la metodología para fijar el canon ha sido un tema laborioso. Lo que si quedó claro, es que la Superintendencia de Inquilinato será la instancia competente para aplicar la ley en cuanto a la regulación del canon.

Entorno Inteligente
10-08-2011

Recopilado por:
Lic. Henry Medina
Asesor Inmobiliario, de Seguros e Inversiones
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