martes, 9 de agosto de 2011

Constructoras tienen que edificar casas para alquiler

La ley para la Regularización y Control de Arrendamientos en Viviendas, que debaten grupos organizados de inquilinos con los diputados de la Comisión de Administración y Servicios de la Asamblea Nacional, AN, contempla la obligación que tendrán las empresas constructoras privadas de ofertar un porcentaje (aún no determinado), de viviendas para el alquiler.

La disposición que será discutida en las sesiones de avance que se retomarán a partir de hoy en la AN, precisa que las constructoras no podrán iniciar las obras habitacionales, si no tienen un permiso expedido por la Superintendencia de Inquilinato, donde se certifique que las compañías de construcción se comprometen a destinar unidades para el arrendamiento. De esta manera, se adiciona un permiso más con el que deben contar las constructoras que edifican conjuntos residenciales, además de otros permisos expedidos por el Ministerio del Ambiente, Indepabis y Ministerio para la Vivienda y Hábitat.

La medida es clara.

Sin el nuevo aval, las empresas no podrán iniciar las obras. No obstante, en el texto se señala que como incentivo para que el sector privado participe en desarrollos habitacionales, se exonerarán del pago de impuestos sobre la renta. Durante la discusión del articulado que integra el Capítulo V del proyecto de ley, referido a la obligatoriedad de arrendamiento que tendrá el sector privado, también se debatirá la competencia de la Superintendencia de Inquilinato en la asignación de los inmuebles nuevos que se destinen a alquiler.

Se señala que tendrán prioridad en la asignación de estos inmuebles las familias que tengan sentencia firme de desalojo. El texto describe que para determinar el canon de arrendamiento de estas viviendas que en principio se ofrecerán en alquiler y pasados 10 años se deberán ofrecer en opción de venta al ocupante, se tomará en cuenta los costos de construcción; para ello, las empresas constructoras deberán entregar toda la información de costo neto de la obra, a fin de que el órgano regulador -en este caso la Superintendencia de Inquilinato- fije el canon mensual de alquiler.

Avances En las reuniones que se retoman hoy lunes, se espera avancen "lo máximo posible", como lo adelantó el presidente de la Comisión de Administración y Servicios, Diosdado Cabello, pues la meta es aprobar el nuevo instrumento legal, antes de que finalice el primer período parlamentario, el 15 de agosto.

Sin embargo, voceros de las organizaciones de inquilinos, dudan que se termine de ensamblar el articulado antes del 15 de agosto. "Yo tengo mis reservas, dudo de esta fecha, pero bueno, seguimos trabajando porque necesitamos esa ley lo más pronto posible", dijo Marlene Sierralta de la Asociación de Inquilinos Bolivarianos. En todo caso, la promesa de los diputados es aprobar la nueva ley de alquileres este año. Entre los artículos aprobados está la eliminación del cobro de depósitos y comisiones al arrendador por parte del dueño.

También se determinó que cuando se trate de alquiler de habitaciones en pensiones, casas o apartamentos el pago de servicios (luz, agua), corre por cuenta del arrendador. Quedó establecido que los contratos de alquiler se harán por tres años mínimo y el canon se ajustará también a los tres años. Quedan prohibidos los contratos verbales y no tendrán legitimidad ni serán reconocidos por la ley aquellos que se hagan sin la autorización de la Superintendencia de Inquilinato. No se aceptarán contratos de arrendamientos que se formulen con base en monedas extranjeras.

Entorno Inteligente
08-08-2011

Recopilado por:
Lic. Henry Medina
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