jueves, 16 de junio de 2011

Inquilinato solicita listas de inmuebles a administradoras

La Dirección General señala que la petición de la información se debe a que esa
instancia tiene que realizar un registro de casas alquiladas (Archivo)
Mayela Armas

El pasado 25 de mayo la Dirección General de Inquilinato envió a las
administradoras una comunicación en la cual les solicita entregar las listas de
los inmuebles que manejan en un plazo de 30 días (que vence el próximo 25 de
junio).

En esa resolución, la dirección notifica que la petición de la documentación se
realiza, debido a que entre sus atribuciones se encuentra llevar un registro de
inmuebles destinados al alquiler de viviendas.

Sin embargo, esa disposición no sólo se ha limitado a las casas arrendadas
también se ha extendido a aquellos inmuebles que están bajo el régimen de
propiedad horizontal.

Las administradoras están enviando comunicaciones a los inquilinos y
propietarios de viviendas en las que indican que "Inquilinato está solicitando
las listas de inmuebles y que es necesario anexar copias de la cédula de
identidad de los dueños y la fe de vida".

El presidente de la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos, Roberto
Orta, explica que hasta los momentos la dirección no ha aclarado el contenido de
la resolución, y al realizarse la petición a las viviendas que están bajo el
sistema de propiedad horizontal se ha generado confusión.

El abogado, Julio César López, apunta que esa petición de información requiere
de la anuencia de los propietarios, que quieran dar esa información, y en caso
de que decidan presentarla se necesita un tiempo superior al fijado (30 días).

Orta agrega que dicha documentación no se puede exigir y apunta que además
Inquilinato todavía no puede realizar el registro de casas alquiladas.

La Dirección, de acuerdo a la resolución publicada por el despacho de la
Vivienda en diciembre de 2010, tiene que realizar por ahora un censo de
habitaciones arrendadas y pensiones.

El censo de viviendas alquiladas está contemplado en la propuesta de reforma de
la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, que todavía se encuentra en consulta en
la Asamblea. En el proyecto se indica que para el censo se tiene que entregar
información del arrendador, canon de arrendamiento, duración del contrato, tipo
de inmueble y ubicación.

Otras exigencias

La Dirección de Inquilinato, en la comunicación enviada el 25 de mayo a las
administradoras, señala que adicional a las listas de inmuebles, esas empresas
tienen que consignar: documentos constitutivos de las compañías, copia de las
cédulas de los socios, original y copia de los contratos de administración,
original y copia del poder otorgado por los propietarios y presentación del
informe anual de gestión.

López comenta que algunos de esos requisitos no se pueden cumplir y agrega que
por ejemplo las administradoras no tienen poder por parte de los propietarios de
inmuebles.

El Universal
15-06-2011



Recopilado por:
Lic. Henry Medina
Asesor Inmobiliario, de Seguros e Inversiones
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