miércoles, 17 de febrero de 2016

La GMVV surgió como un programa engañoso


Pacífico Sánchez/Fotos: Ángel Zambrano

La polémica se mantiene en torno al proyecto de la Ley de otorgamiento de titularidad de propiedad a beneficiarios de la Gran Misión Vivienda Venezuela (GMVV), presentada a la Asamblea Nacional por el diputado Julio Borges, jefe de la fracción parlamentaria de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD).

El Presidente de la República, Nicolás Maduro, hace dos semanas, llamó a sus partidarios a movilizarse contra ese proyecto porque, según sus propias palabras, “pretende privatizar la vivienda de los venezolanos”.

Agregó muy enojado: “La Gran Misión Vivienda Venezuela no se privatiza”.

En la propuesta de la oposición se alega que esta ley “viene a llenar un vacío normativo fundamental en esta materia y busca garantizar que todos los venezolanos beneficiarios de la GMVV puedan ser sus legítimos dueños de sus hogares, con derechos claros, reales…”

Reconocer un derecho En la Comisión de Desarrollo Integral se están escuchando las diversas opiniones y planteamientos que puedan haber, dijo el diputado William Dávila al hablar con EL IMPULSO.

La verdad es que esta es una ley progresiva, no regresiva, explicó. Los derechos humanos son progresivos. Y los derechos sociales tienen que ver con la condición humana. La propiedad es un derecho humano por excelencia y no puede el gobierno en pensar en ir hacia atrás cuando hay pactos internacionales en materia de derechos humanos, que garantizan la progresividad de esos derechos.

En este caso lo que se está es reconociendo el derecho de propiedad para los que son beneficiarios de la GMVV. Debe quedar claro que no se está haciendo una ley inconstitucional, ni tampoco el planteamiento de la oposición es ir contra ese programa de vivienda, sino que quienes sean beneficiarios de la GMVV sean propietarios de la vivienda.

Ojalá pudiéramos nosotros ir analizando la propuesta a los fines de extender también a las personas que son beneficiarias de otros programas de viviendas que se realizaron y todavía no tienen propiedad. Ahí están casos de viviendas rurales, de las hechas por el Inavi y por Fondur, cuyos beneficiarios pagaron y no les entregaron los títulos de propiedad. Es decir, puede abrir las puertas para una discusión mayor y mucho más importante: la de la propiedad, y no la politiquera del gobierno que se siente como si le están quitando a su gente. Lo que nosotros queremos es reafirmar ese derecho humano, para que la familia pueda progresar.

El gobierno utiliza un esquema muy rezagado, del viejo marxismo, del valor del uso. El valor se lo da la persona y la realidad del mercado, la escasez del producto. La gente necesita tener su vivienda porque lo necesita para progresar.

Cuando se siente que tiene el valor de la propiedad de algo se siente más segura para el día de mañana transmitirle a sus herederos, a sus hijos, un bien que tiene un valor y no eso de que un apartamento o una casa yo lo arreglo, pero ese inmueble es del Estado y de paso de los grupos colectivos que el gobierno domina.

Es mentira lo que dice el gobierno, en el sentido de que los bancos se van a quedar con las viviendas, porque en la ley se contemplan disposiciones relacionadas con viviendas de interés social, que se corresponde a personas que necesitan su inmueble para su familia.

La trampa y el engaño de los decretos Hay que resaltar, manifestó por su parte el Dr. José Gregorio Zaá, abogado y profesor universitario, que desde el año 1999, pero muy especialmente entre 2007 y 2010, el hoy fallecido Hugo Chávez recibió del órgano legislativo poderes habilitantes para imponer mediante decretos leyes su proyecto comunista que había sido rechazado por la población mayoritaria. Hizo lo mismo Maduro hasta el pasado año.

Eso ocurrió porque de manera irresponsable la Asamblea Nacional se desprendió de su facultad de legislar y de controlar al Ejecutivo Nacional.

En materia de vivienda se produjeron decretos con rango, valor y fuerza de ley con claro contenido ideológico.

Es así como se dictó la ley del Régimen de propiedad de las viviendas de la GMVV. También tiene el mismo calificativo las de la propiedad horizontal, que por cierto ha sido defenestrada y aborrecida por los parlamentarios del oficialismo.

No se tiene un control sobre el número cierto de viviendas construidas en el curso de los últimos seis años y ya el Presidente Maduro, de manera muy alegre, sin tener un soporte real, dijo que se habían construido un millón de viviendas de la GMVV.

Ahora, la Asamblea Nacional lo que ha hecho es hacer cumplir el artículo 115 constitucional y lo establecido en los artículos 545 y siguientes del Código Civil venezolano, que garantizan la propiedad.

La trampa del oficialismo se encuentra concretamente en el decreto 8.143 dictado por el presidente de la República en fecha 6 de abril de 2011 referido al Régimen de propiedad de las viviendas de la GMVV concatenado con otro del mismo tenor de fecha 29 de enero de 2011, referido al decreto con rango, valor y fuerza de ley orgánica de emergencia para terrenos y viviendas. Claro, para ese momento, estaba en su apogeo el modelo rentista petrolero.

El jefe del gobierno activa un conjunto de mecanismos extraordinarios, según dio a conocer entonces, a fin de enfrentar con éxito y rapidez —y ahí viene el veneno ideológico— “la grave crisis de vivienda que sufre la población venezolana y que es consecuencia del modelo capitalista, explotador y excluyente que se impuso en Venezuela durante los últimos cien años.

Todo ello agravado por las inclemencias del cambio climático, que se ha manifestado recientemente y cuyos terribles impactos han causado no sólo grandes devastaciones en los barrios construidos en zonas inestables de las áreas urbanas, sino también inmensas inundaciones en las zonas rurales del país, generando situaciones de riesgo, así como terribles estados de angustia, temor y zozobra en millones de venezolanos”.

Ya para entonces se le había olvidado a Hugo Chávez que él tenía casi trece años en el poder y pretendía hacer ver que había descubierto el problema de falta de viviendas.

Ahí es donde embriaga, encandila, a la gente de menores recursos para embutir estos programas sociales llamado de manera rimbombante Gran Misión Vivienda Venezuela, para eludir los controles emanados de la Comisión de Contraloría de la Asamblea Nacional, Contraloría General de la República, contraloría de los estados e inclusive contralorías municipales.

Y es por ello que hace referencia el articulado de ese decreto de emergencia para terreno y vivienda a que el Estado garantizará el derecho a una vivienda digna, dando prioridad a aquella familia que se encuentre en riesgo vital, así como la que no posee vivienda propia y a las parejas jóvenes que están fundando familia.

Pero, el gobierno procederá sin estudios previos y después anuncia un censo de personas necesitadas, registro de terrenos, registro, empresas constructoras y de compañías comunales, así como la disponibilidad de 30 mil millones de dólares para arrancar la construcción de las viviendas.

El caso de Barquisimeto Fue así como, por ejemplo en Barquisimeto, se decidió edificar en algunos inmuebles que estaban para estacionamientos privados en la carrera 17, entre calles 26 y 27; en la carrera 18, entre 26 y 27; en el oeste de la ciudad y en el norte, en el sitio conocido como Yucatán.

En este último ubicaron, para las elecciones del 6 de diciembre del año pasado, varios centros de votación. Qué casualidad, las trampas, delitos e irregularidades en materia electoral afloraron en los centros Aristóbulo Istúriz, Chávez vive, Milagros de Reyes y los demás. Prevaleció el chantaje sobe el derecho de propiedad contenido en el artículo 115 de la constitución de esta forma: “Se garantiza el derecho de propiedad, toda persona tiene derecho al uso, goce, disfrute y disposición de sus bienes. La propiedad estará sometida a las contribuciones, restricciones y obligaciones que establezca la ley con fines de utilidad pública o de interés general. Sólo por utilidad pública o interés social, mediante sentencia firme y pago oportuno de justa indemnización, podrá ser declarada la expropiación de cualquier clase de bienes”.

Es por ello que los decretos ya mencionados, muy engañosos por cierto, saltan a la torera el contenido de los artículos 211 y 115 constitucional y violentan y contrarían lo establecido en el Código Civil venezolano, el 545, que establece lo siguiente: la propiedad es el derecho de gozar, usar, vivir, disponer de una cosa de manera exclusiva con las restricciones y obligaciones establecidas por la ley. Precisamente el proyecto de Borges trata de corregir la oferta engañosa. Ricardo Molina que fue un alto personero en la ejecución de vivienda, incluso ministro, trata de empastelar el debate, haciendo referencia que ese proyecto de ley presentado por la bancada mayoritaria, atenta contra los beneficiarios de la GMVV.

Pero lo que no reconoce es que en los textos de los decretos de Chávez no aparece la transmisión de titularización y son tramposos al utilizar un lenguaje muy engañoso, dijo el Dr. Zaá. No se establece en esos decretos la posibilidad de que el adjudicatario –ese es el nombre que se le da a quien recibe la vivienda pueda ser propietario del inmueble en el corto, mediano o largo plazo.

Dejan a un lado la Constitución y las leyes que regulan la materia. Ahora, el empeño que tiene el oficialismo en rechazar la ley de la oposición es porque teme que se investigue a profundidad la cantidad de viviendas que se han hecho, el volumen de dinero que se le ha inyectado al programa y determinar si en verdad fue invertido correctamente. El temor es que se descubran irregularidades que hoy tienen el velo de lo desconocido.

Detalles

El jueves de la presente semana, el ministro de Hábitat y Vivienda, Miguel Quevedo, informó que desde el inicio de la Gran Misión Vivienda Venezuela hasta ese día se habían construido un millón 4.664 viviendas en el país. Pero, no suministró la cifra sobre las inversiones hechas hasta ahora. Lo que si se ha dicho es que cada inmueble de tres habitaciones tiene un valor de 1.280 mil bolívares; la de dos, 1.202.000 y la de una, 805.000. Hace diez meses, el gobierno informó que en 700 mil viviendas había invertido 73.300 millones de dólares. Hay personas, conocedoras del mercado inmobiliario, que niegan que el Ejecutivo Nacional pueda haber construido tal número de inmuebles. Y sostienen que los cuatro gobiernos precedentes a Chávez edificaron 1.415.631 viviendas discriminadas de la forma siguiente:

Luis Herrera Campins (1979-1083) hizo 391. 893.

Jaime Lusinchi (1984- 1088),367.739.

Carlos Andrés Pérez (segundo mandato), 314.333.

Rafael Caldera (segundo mandato), 341.666.

Y dicen que Chávez sólo construyó 230.144.

Lo cierto es que Chávez al anunciar hace 5 años el inicio de la Gran Misión Vivienda Venezuela, dijo que para solucionar el “drama de la vivienda” sólo sería posible en colectivo: “una unión nacional del sector privado y público, la banca privada y la pública, los trabajadores, los empresarios honestos, los venezolanos y el mundo: Cuba, Irán, China, Bilarús, Rusia, Portugal, Brasil”.

Ajuste a la ley

El Dr. Euclides Sebastiani, especialista en Derecho Inmobiliario, ha analizado los textos del decreto ley de Régimen de Propiedad de las viviendas de la Gran Misión Vivienda Venezuela y el proyecto de Ley de otorgamiento de títulos de propiedad a los beneficiarios de la Gran Misión Vivienda Venezuela, que ya fue aprobado en primera discusión por la Asamblea Nacional. En cuanto a la primera, indica, que la vivienda entregada por ese programa no iban a ser registradas por el registro subalterno competente.

En su articulado se establece que la disposición, el uso y goce de estas viviendas iban a ser limitadas de conformidad en función de esa ley a la ley de emergencia de terrenos urbanos, dictada ese mismo año, y las que se establecían en los contratos de venta.

Aquí vemos claramente cómo se está violentando el derecho de propiedad porque sencillamente ese decreto con rango de valor, fuerza y ley es inconstitucional. La Constitución establece categóricamente en el derecho de propiedad libre uso, goce y disposición de los bienes.

¿Qué es lo que dice esta ley nueva que ha sido llevada a la Asamblea Nacional?

Simplemente se está ajustando a normas constitucionales y legales, destinadas precisamente a garantizar el derecho a la propiedad de un inmueble a una familia o el conjunto residencial a varias familias, cada una, por supuesto, con el derecho de adquirir su propia vivienda. Señala que una vez que se le adjudique el bien y la manera como lo va a pagar, se va a proceder a registrar y automáticamente el nuevo propietario va a tener los derechos establecidos tanto en el Código Civil como en la propia Constitución Nacional.

El Impulso
15-02-2016
Recopilado por:
Lic. Henry Medina
Administrador del Grupo Yahoo corredor_inmobiliario
Asesor Inmobiliario, de Seguros e Inversiones
twitter: @Henry_Medina
hmedina30@yahoo.es



SUSCRIBETE 100% AL EXCLUSIVO GRUPO YAHOO CORREDOR_INMOBILIARIO HENRY MEDINA

Subscribir:
corredor_inmobiliario-subscribe@yahoogroups.com

MAS INFORMACION: http://ow.ly/r9QoW

No hay comentarios:

Publicar un comentario