En entrevista a un medio privado, Rodríguez agregó que en el marco del “espíritu de justicia social y humanista” de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, los desalojos se realizan con decisión firme de desocupación, sólo cuando se hayan agotado todos los pasos previstos y cuando haya causales inapelables.
Agregó que tanto la ley, que está vigente desde 2011, como el decreto ley que prohíbe los desalojos arbitrarios, impiden que se deje en indefensión al arrendatario.
Finalmente, la superintendenta aclaró que la Sunavi está facultada para ejecutar desalojos de manera rápida, hasta en menos de seis meses con carácter conciliatorio y acuerdo entre las partes.
Ministerio de Vivienda
18-03-2014
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Lic. Henry Medina
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