viernes, 7 de septiembre de 2012

Créditos condicionados

El economista y analista financiero José Grasso Vecchio, confirmó que fue oficializada la supresión de la cuota inicial para comprar viviendas, al darle "piso legal" a las medidas del Ejecutivo.

A su juicio, esta nueva confirmación de la normativa extiende la posibilidad a personas que podrán adquirir viviendas, pero al mismo tiempo advirtió que la entrega dependerá de la capacidad de pago del solicitante.

En este sentido Grasso Vecchio pidió evaluar la apertura de un mercado secundario, es decir, que "la banca puede revender los papeles de deuda para cubrir la gaveta obligatoria, a los fines de ampliar el caudal de recursos para créditos".

De esta forma hizo un llamado al gobierno a revisar las condiciones de financiamiento para la clase media, es decir, redistribuir el destino de la cartera hipotecaria ya que, según dijo, el techo de Bs 500 mil como valor del inmueble, así como los ingresos máximos (15 salarios, Bs 30 mil 712), "limita el tipo de vivienda que puede pagar este estrato de la población, que tiene un mayor poder adquisitivo".

ENTREGA CONDICIONADA

El pago de la cuota inicial en los créditos para vivienda principal fue eliminado. Así quedó formalizado en la resolución del Ministerio de Finanzas, publicada en la Gaceta Oficial 39.997, donde se establecen los lineamientos que seguirá la banca para otorgar préstamos para la adquisición de inmuebles que no superen los Bs 500 mil.

El documento, suscribe el acuerdo alcanzado la semana pasada entre la Superintendencia de Instituciones del Sector Bancario (Sudeban) y el Banco Nacional de la Vivienda y Hábitat (Banavih), en el cual aclara que la modificación de las condiciones para otorgar créditos hipotecarios, vigentes desde julio pasado, suprime el requisito de cancelar un adelanto para optar al préstamo.

Los lineamientos fijan que la banca, "considerando la capacidad de pago del deudor (...) podrá otorgar créditos para vivienda principal por el 100% del valor del inmueble dado en garantía, según el avalúo".

Recordemos que la supresión de la cuota inicial fue acordada en julio, en la resolución número 153 del Ministerio de Vivienda. La norma derogó la resolución 103 de agosto de 2011, que en su artículo 7 fijaba el valor de las cuotas iniciales entre 2% y 20% sobre un valor de Bs 270 mil del inmueble.

Pese a esto, voceros del sistema financiero habían adelantado que la Ley de Instituciones del Sector Bancario prohibía dar créditos mayores a 85% del precio de la vivienda (el resto era entregado por el comprador como inicial), pero la nueva norma aclara que el artículo 104 de ese texto dispone que la limitación no aplica para préstamos con recursos de la gaveta obligatoria o los provenientes de los fondos de ahorro.

Tal Cual
05-09-2012

Recopilado por:
Lic. Henry Medina
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