lunes, 9 de julio de 2012

Obligan a vender a precio de gallina flaca

El día 17 de noviembre del año 2011 el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) recibió un recurso de nulidad contra la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos por parte de la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos (Apiur), el cual fue admitido por el ente judicial después de 6 meses, por lo que lo seguirán estudiando para dedicidr si lo aprueban o niegan.

Roberto Orta, presidente de Apiur, demandó la nulidad de la quinta disposición transitoria plasmada en la normativa, ya que "esta obliga a que los propietarios o constructoras de los inmuebles que tengan un predio con más de 10 años tienen que venderlos obligatoriamente al inquilino que reside en ese momento. Esta disposición transitoria viola flagrantemente uno de los elementos fundamentales del derecho de propiedad que es legal en la Constitución".

Este es el caso de Carmen Ramírez, dueña de un apartamento ubicado en el centro de Caracas, quien expresó que esa edificación es de vieja data, pero no comparte la Ley de Arrendamientos, pues no está de acuerdo en vender su propiedad; ella mensualmente percibe 1.500 bolívares y con ese dinero puede vivir medianamente bien, además, que se lo quiere dejar como herencia a su hija.

Por su parte, un señor que prefirió mantener su nombre en reserva, destacó que vive alquilado en Puerto La Cruz y está de acuerdo con que le vendan la propiedad a un precio acorde al tiempo que tiene residiendo en el lugar o si el precio no es regulado que le puedan dar facilidades de pago para comprar el inmueble.

Orta señaló que estas disposiciones transitorias contradicen la Carta Magna ya que en el artículo 115 se establece la protección de la libre voluntad de cualquier ciudadano de conservar su patrimonio o de vender su propiedad pero conscientemente no por obligación.

DISPOSICIONES ILEGALES Y CONTRADICTORIAS Aquiles Martini Pietri, presidente de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela, dijo que "el TSJ admitió un recurso de nulidad introducido por Apiur, pero aún no han dado la sentencia firme sobre el caso. El estatuto plasmado en la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda es inconstitucional".

Además, señaló que muchos arrendadores no quieren vender su inmueble, sino que quieren seguir alquilando su propiedad, pero la disposición transitoria obliga a vender la propiedad en edificios con vieja data. "El problema no es vender a precio regulado; la complicación es que a nadie se le puede obligar a vender algo que le pertenece si no desea, pues la Constitución establece que toda persona tiene derecho hacer con su inmueble lo que desee", puntualizó Pietri.

Para Orta las disposiciones transitorias de la normativa de arrendamiento son ilegales, pues en el artículo 88 "los ocupantes que tengan más de 10 años viviendo en un inmueble pueden optar por comprar y los propietarios según está ley tendrán el compromiso de ofertar la venta al inquilino que ocupe la propiedad; el precio será el que determine la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda".

Tal Cual
03-07-2012

Recopilado por:
Lic. Henry Medina
Asesor Inmobiliario, de Seguros e Inversiones
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