lunes, 23 de abril de 2012

Productores preocupados por impuesto a las tierras

Estiman que antes de aplicar la medida deben definir las poligonales

El Gobierno no ha definido el rendimiento idóneo de producción ARCHIVO
ANGIE CONTRERAS C.
La Ley de Tierras y Desarrollo Agrario contempla, desde 2001, el cobro de un impuesto que grava la ociosidad y el uso no conforme de las tierras con vocación agrícola, y que el Gobierno prevé comenzar a aplicar próximamente.

Esta semana el presidente del Instituto Nacional de Tierras (INTI), Luis Motta Domínguez, informó que están afinando los detalles para la aplicación del impuesto, sobre el cual no ofreció mayores detalles.

Sin embargo, la Ley de Tierras vigente señala que "la base impunible del impuesto será la diferencia entre el rendimiento idóneo de la tierra rural y su rendimiento real obtenido en el ejercicio fiscal correspondiente".

Acota en el parágrafo primero del artículo 103 que "el rendimiento idóneo para el rendimiento rural de una determinada clase, se obtendrá multiplicando el promedio de producción nacional idóneo anual del producto o rubro producido por el contribuyente, por el precio promedio anual nacional de dicho producto, y por la totalidad de hectáreas de la clase respectiva".

Pero los parámetros sobre los cuales se calcula el rendimiento promedio nacional en cada rubro agrícola no han sido definidos, a pesar de que han transcurrido 11 años desde la primera publicación de la Ley de Tierras, y se han aplicado dos reformas a la normativa.

Incluso bajo estos mismos parámetros el Ejecutivo nacional, a través del INTI, ha "rescatado" 3,6 millones de hectáreas que consideraban estaban ociosas o subutilizadas, es decir, que tenían rendimiento inferior al promedio nacional.

De hecho, la escasa información sobre la disponibilidad de tierras en el país y el registro para definir la titularidad de las mismas, fueron la piedra de tranca para que el Seniat pudiera aplicar el impuesto sobre los predios agrícolas.

Estaba previsto que el gravamen sería de 1% sobre las hectáreas sin producción. La Ley también contempla un tabulador con la alícuota sobre la cual se calculará el tributo, dependiendo del porcentaje de tierras que se encuentre por debajo del rendimiento idóneo.

Señala que los predios que tengan rendimientos entre 0% y 20% del valor del rendimiento idóneo -que no ha sido definido- no deberán pagar nada, según el tabulador actual, y la tarifa va en aumento dependiendo de la extensión.

Esta situación preocupa a los productores agrícolas y pecuarios puesto que, dada las condiciones de endeudamiento que tienen, no todos están en capacidad de sembrar o explotar el 100% de sus predios, sino que siembran hasta donde su capacidad financiera les permite.

Pedro Rivas, presidente de Fedeagro, señaló que antes de cobrar el impuesto hay que definir las poligonales para definir qué tipo de rubros se pueden sembrar dependiendo de la calidad de los suelos.

"Después hay que hacer un inventario real de los productores y qué se quiere sembrar, porque con amenazas y con insultos e impuestos no vamos a prosperar. Necesitamos un clima de paz", indicó Rivas.

Considera que no todos los productores podrán cumplir con el impuesto y que además el tributo representará un costo adicional para la producción.

Destacó que el principal tenedor de tierras en el país es el Estado y exhortó a las autoridades a mantener el diálogo. La próxima semana solicitarán una reunión al presidente del INTI para plantear la situación.

El Universal
20-04-2012

Recopilado por:
Lic. Henry Medina
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