jueves, 17 de noviembre de 2011

Ley de Alquileres revela lucha entre dos modelos

La polémica y el enfrentamiento ideológico que se develó entre sectores de la población con la propuesta y posterior aprobación de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, mostró más claramente la división de dos visiones de país: la transición hacia el socialismo y la resistencia a abandonar los modelos económicos del capitalismo.
Una "ley progresista y reformista" como la califica un grupo de los movimiento de Pioneros y de Pobladores o "proteccionista" como la definen colectivos de inquilinos organizados, provocó resistencia en las empresas inmobiliarias y las asociaciones de propietarios, porque según los proponentes del texto les toca "una fibra medular del mercado".
La resistencia en principio viene, según explica Juan Carlos Rodríguez, vocero del Movimiento de Pobladores "porque la ley implica una regulación por parte del Estado a los alquileres y esto choca, lógicamente, con el mercantilismo y especulación que se hizo con los arrendamientos por muchos años".
Entretanto, la visión opuesta radicalmente al nuevo instrumento que regulará los alquileres de vivienda, viene por parte de las asociaciones de propietarios, de empresas y gremios inmobiliarios, que han alzado la voz en un rechazo contundente al texto, porque consideran que el punto más grave es que atenta contra la propiedad privada y tiende a perpetuar al inquilino en un inmueble destinado para ese fin.
Luis Emilio Vegas, ex presidente de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela y dueño de la compañía inmobiliaria Vegas y Asociados, afiliada a la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos (Apiur), enfatiza que la ley "es desproporcionada y desequilibrada, porque sobre protege al inquilino y no protege los derechos de los propietarios", y obvia que es una relación entre dos partes.
Para Vegas esta es la diferencia de la ley que entró en vigencia hace menos de una semana y la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, promulgada en 1999.
"En esa ley, en la que fue derogada, teníamos las reglas claras y venía funcionando muy bien. Pero esta que entró en vigencia cambia radicalmente las reglas del juego. Nos parece que es una ley desproporcionada y absolutamente intervencionista por parte del Estado", subraya Vegas.
Las diferencias conceptuales e ideológicas están descritas hasta en la exposición de motivos de los dos textos.
La nueva ley de alquileres, sancionada por el Ejecutivo el pasado sábado 12 de noviembre, expone en su postulado: "La presente ley tiene por objeto establecer un régimen jurídico especial de arrendamiento de inmuebles urbanos y suburbanos destinados a la vivienda en el marco de la novedosa legislación de la política nacional de vivienda y hábitat, como un sistema integrado dirigido a enfrentar la crisis de vivienda que ha afectado a nuestro pueblo como consecuencia del modelo capitalista explotador y excluyente, con el fin supremo de proteger el valor social de la vivienda como derecho humano".
La Ley de Arrendamientos Inmobiliarios de 1999, derogada hace menos de una semana, precisa en su exposición de motivos que "...hay que promover inversiones a los fines de adecuar a cada realidad económica la oferta de vivienda... para ello hay que crear un marco jurídico que se adecue a la realidad, que limite la autonomía de la voluntad de las partes en lo estrictamente necesario y sobretodo que cree la seguridad jurídica... la ley que presentamos es garante de los derechos de los arrendadores y de los arrendatarios (inquilinos)..."
Diferencias
Este filón, el de la intervención del Estado, es uno de los puntos sustantivos que encendieron la polémica y que se mantienen como el epicentro de las marcadas diferencias entre las dos partes .
Los movimientos de inquilinos y pobladores, que agrupa a familias arrendadas clamaron por la intervención del Estado para que se regulen términos como valor del canon de alquiler, un punto de honor que exponen los propietarios "porque esta es la razón de ser de la oferta de alquileres, que se establezca una libre relación de oferta y demanda y que ésta determine el valor del canon", como lo han destacado voceros de Apiur, de la Cámara Inmobiliaria y Cámara de la Construcción.
"Era necesario que el Estado interviniera en la regulación y control de un mercado especulativo, donde los grandes latifundistas urbanos tenían la necesidad de vivienda como una mercancía con alquileres que expoliaban el bolsillo de la clase trabajadora y, por eso, en Venezuela ha sido tan difícil acceder a la vivienda. Hay muchas familias a las que se les ha hecho imposible pagar un alquiler y de allí la grave crisis de vivienda", señala Juan Carlos Rodríguez.
Luis Emilio Vegas lo ve de otra manera: "Con esta ley obviamente se van a aumentar los precios del alquiler porque lo que se va a producir es un mercado negro, mucho más fuerte del que hay ahora, donde no se van a hacer contratos notariados, además de pedir cánones más altos. Se pedirán garantías alternas como que el propietario, por ejemplo, solicitará la firma de hasta doce giros o letras por adelantado con tal de recuperar su apartamento cuando termine el contrato. También podrían pedir como respaldo el título de propiedad del vehículo del inquilino para devolverlo cuando éste entregue el inmueble, cosas así".
El tema de que no se podrá desalojar a un inquilino, para los movimientos de pobladores es "una mentira que trata de imponer Apiur", pues consideran que la Ley para la Regularización y Control de Arrendamientos de Vivienda, en ningún artículo prevé que el inquilino podrá quedarse con el inmueble.
"Con las nuevas normas, los procesos hasta serán más rápidos porque se desjudicializa el proceso cuando se solicita una desocupación. Las partes, inquilino y propietario, no tendrán que ir a tribunales para introducir juicios; ahora existe la Superintendencia Nacional de Inquilinato que abrirá vías administrativas de conciliación para que las partes lleguen a acuerdos", explica Rodríguez.
Lo que sí queda claro en la nueva ley, según agrega el vocero del Movimiento de Pobladores, es que hay reglas claras, de mayor control y supervisadas por el Estado, siempre conservando el derecho a la propiedad, de que el dueño va poder recuperar la vivienda. En las causales de desalojo que están en la ley que se acaba de aprobar está descrito que el propietario podrá pedir desocupación cuando el inquilino haya dejado de cancelar cuatro mensualidades; cuando haya usado el inmueble para "usos deshonesto"; y si el propietario necesita la vivienda para que la ocupe un familiar en primer grado de consanguinidad, para un hijo.
No obstante, también se incluyó en el nuevo marco legal la preferencia arrendaticia, según la cual el inquilino tiene la primera opción en caso de que el inmueble que está alquilado vaya a seguir bajo esta condición.
En caso de que el arrendador desocupe al inquilino bajo engaño, que le diga que necesita la vivienda para que la habite un hijo, y luego se comprueba que no es cierto, entonces empieza a operar las multas que están descritas en el texto. Estas sanciones se refieren a que se multará al propietario con 100 unidades tributarias por cada año que esté fuera del inmueble el inquilino original.
La ley precisa que el Estado deberá garantizar una vivienda a aquel inquilino que sea desalojado. Este punto es el que cuestiona las asociaciones de propietarios. "Con esto será casi imposible sacar a un inquilino porque depende de que el Estado primero le consiga una vivienda para ubicar al arrendatario", comenta Luis Emilio Vegas.
No obstante, la Asociación de Inquilinos Bolivarianos ha advertido que la medida no es tan extrema porque "la ley tampoco es para amparar a los inquilinos maulas, que no pagan, en estos casos, el Gobierno les buscará un refugio temporal a estas personas, pero no se trata de que el propietario pierda su vivienda", resalta Marlene Sierralta.
Para Luis Emilio Vegas, la decisión de desocupar, seguir alquilando o vender un apartamento, es exclusiva del propietario y no del Estado. "Por eso esta ley es tan desproporcionada".
Beatriz Caripa

El Mundo
17-11-2011

Recopilado por:
Lic. Henry Medina
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