Pereira estima que Ley ocasionará pérdida patrimonial de hasta 35%
Encaminada la discusión en la Asamblea Nacional (AN) de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, la Sociedad de Tasadores de Venezuela advirtió que la norma supondrá una pérdida patrimonial para los propietarios de inmuebles en condición de alquiler.
El impacto calculado por el gremio tasador, presidido por José García Pereira, se sustenta en la metodología planteada para establecer el canon de arriendo. El Ministerio de la Vivienda fijará el valor del metro cuadrado que arrojará el precio de los inmuebles, pero esta operación, alertó el especialista, suprime en al menos un tercio los costos de construcción.
“Para llegar al precio del inmueble, del cual se desprenderá el alquiler, se utiliza una ecuación con los costos de construcción, según tipo de vivienda y materiales, pero se excluye parte de la inversión, como son los costos asociados a la edificación (permisología, inspecciones, proyecto, gastos administrativos) y la ganancia del propietario”, expuso.
Precisó que los costos iniciales indirectos (permisos) implican un importe del 1% del valor de la obra; mientras la elaboración del proyecto 4%, impuestos 1%, administración del urbanismo 8%, promoción y venta de unidades 4% y la ganancia 15%. Sostuvo que la exclusión de estos costos, acarrea la reducción del precio real de los inmuebles, entre 32% y 35%, generando no solo alquileres que no se corresponden con el valor de la vivienda, sino que además los dueños de unidades de vieja data que estarán obligados a vender, recibirán importes que no cubrirán la inversión.
García Pereira puso de ejemplo, que un apartamento de 70 metros cuadrados con servicios básicos en una zona urbana puede ser tasado en Bs.F 560 mil, pero con la nueva Ley su precio no sobrepasará los Bs.F 375 mil. Advirtió que el valor puede ser menor, por los “artilugios” de la Ley, que faculta a un ente público a aplicar discrecionalmente la depreciación por antigüedad y el estado de mantenimiento.
Equilibrio
La Ley de Arrendamientos que debate desde este martes la AN, consta de 142 artículos. El texto estipula que los contratos de arrendamientos deben ser mínimo de tres años, elimina los depósitos y crea la Superintendencia de Viviendas para que fije el monto de los alquileres, según la fórmula cuestionada por los valuadores de unidades habitacionales.
Una disposición además obliga a los propietarios de inmuebles de vieja data -en los que haya desde dos unidades alquiladas y con cédula de habitabilidad de 10 años, es decir fabricados hasta 2001- a vender las viviendas a sus ocupantes. El proyecto ratificó lo adelantado por El Tiempo, que los pequeños arrendadores, aquellos que alquilen hasta dos inmuebles, quedaron exceptuados de acatar la regla.
La venta de estas viviendas, recalcó García Pereira, será injusta, pues además de obligarse a los dueños a desprenderse de una propiedad, impedirá recibir el valor real.
Las críticas a la Ley, que van más allá del método de cálculo del alquiler, fueron rechazadas por el vicepresidente de la Comisión de Finanzas de la AN, diputado Jesús Farías (Psuv). Sostuvo que la norma “trata de impulsar el sector arrendatario” ya que no sólo defiende los derechos de los inquilinos, sino también sus deberes.
A su juicio, el texto permitirá el equilibrio, ya que “no se van a proteger las sinvergüenzuras”, sino garantizar la justicia en el sector.
3 artículos
ha aprobado la Asamblea Nacional de los 142 que conforman la Ley de Alquileres. El apartado número dos declara “de interés público general, social y colectivo toda materia relacionada con los arrendamientos de inmuebles destinados a vivienda, pensión, habitación o residencia” para garantizar el derecho humano a una vivienda digna.
Eltiempo.com.ve
22-09-2011
Recopilado por:
Lic. Henry Medina
Asesor Inmobiliario, de Seguros e Inversiones
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