miércoles, 21 de septiembre de 2011

El fin de los alquileres

Talcualdigital.com
El proyecto de la Ley de Regularización y Control de Los Arrendamientos de Viviendas ya está llegando a la recta final. Se espera que hoy la Asamblea Nacional en plenaria apruebe definitivamente el borrador que ha traído polémica en las organizaciones vinculadas al alquiler de unidades habitacionales en todo el país.

La Cámara Inmobiliaria de Venezuela, la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos (Apiur) y la Red de Propietarios de Viviendas en Alquiler han rechazado varios puntos de la propuesta gubernamental por ser considerados una amenaza a la propiedad privada y a los dueños de inmuebles.

Uno de los artículos que más ha causado revuelo en los entes privados es el número 56 referente al procedimiento para la cancelación del canon. "El pago se efectuará en una cuenta de ahorro en una de las instituciones bancarias pertenecientes al Estado que debe aperturar el arrendador o arrendadora para tal fin, la cual podrá ser clausurada durante la relación arrendaticia", dice el artículo.

Para Apiur, no se debe obligar al arrendador a cobrar en cuenta bancaria, ya que la mayoría de los venezolanos no está bancarizado.

El artículo 62 señala que "la fijación de los cánones de arrendamientos de los inmuebles estará basada en el 3% de rentabilidad anual sobre el valor del inmuebles establecido".

En opinión de expertos, un 3% de rentabilidad es sumamente bajo y el establecimiento del canon será menor a los gastos. "Es una ley evidentemente comunista que busca disminuir la propiedad de inmuebles alquilados, perpetuando a los inquilinos en los inmuebles, con el pago de alquileres insignificantes en proporción al valor de la estructura", señaló Roberto Orta, en un comunicado.

SIN IMPORTAR NADA

Otros de los puntos negativos es lo relacionado a la ubicación de la unidad habitacional. El estatuto número 64 que fija el Valor del Costo Actual (VCA) por parte del ente encargado en materia de Vivienda y Hábitat, no toma en cuenta la ubicación del inmueble.

Por lo tanto, el artículo desconoce los beneficios y defectos de cada zona. En pocas palabras, una edificación que esté ubicada en una barriada popular el Gobierno le pondrá el precio que desee sin tomar en cuenta la calidad de la estructura.

El tema de las sanciones (art 144) está dirigido únicamente a los propietarios. Se prevén multas de 50, 100 y 400 Unidades Tributarias (UT). El artículo 145 expresa que todos los desalojos realizados "arbitrariamente" por el dueño de una edificación tendrán sanciones de 1.000 UT. De igual manera, el proyecto plantea que se alquile una vivienda por tres años como mínimo y con un máximo de 10.

Tal Cual
20-09-2011

Recopilado por:
Lic. Henry Medina
Asesor Inmobiliario, de Seguros e Inversiones
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