El Gobierno revisará los contratos y además fijará valores de las casas
En reforma de la Ley de Alquileres los contratos serán de 3 años ARCHIVO
MAYELA ARMAS H.
El Gobierno y la Asamblea Nacional este año decidieron acelerar las leyes que regulan el sector inmobiliario, y los marcos legales aprobados y que están en proceso permiten al Estado afianzar su control en el mercado de alquileres.
Mediante la Ley contra los Desalojos Arbitrarios y la modificación de la Ley de Arrendamientos (que está en discusión), el Ejecutivo pasa tomar las decisiones sobre los contenidos de los contratos de alquiler, fija los valores de las viviendas, fiscaliza las operaciones, y condiciona las desocupaciones de los inmuebles.
Primer paso
El primer paso en las regulaciones lo dio el Gobierno, que por medio de la Ley Habilitante, redactó la Ley de contra las Desocupaciones, allí se prohíben los desalojos forzosos de los inquilinos, y además se notifica que los abandonos de los inmuebles procederán cuando los afectados consigan una solución habitacional.
Ese instrumento señala que para proceder al desalojo el propietario de la vivienda tiene que realizar dos procesos. Primero deberá notificar al Ministerio de la Vivienda la petición de desocupación, y luego el despacho se encargará de hacer las audiencias conciliatorias.
Si no se logran acuerdos por medio de esas audiencias, el propietario podrá efectuar la demanda ante un tribunal y si el fallo es a favor del dueño, se procede al desalojo.
El abandono de la unidad habitacional se concretará cuando el despacho de la Vivienda, a través del organismo regulador del área, garantice una vivienda temporal o definitiva al afectado. Según lo indicado en el marco legal, el proceso se realizará así "por ser este un derecho de interés social e inherente a toda persona",
Segundo paso
El Gobierno delegó en la Asamblea Nacional parte de la revisión al mercado de alquileres. El pasado mes de marzo recibió por parte de las organizaciones que agrupan a los inquilinos la propuesta de reforma de la Ley de Arrendamientos.
En julio la Comisión de Administración y Servicios inició la discusión para la elaboración del informe final de la ley, que luego será llevado a la plenaria del Parlamento.
La instancia ya le ha dado el visto bueno a 80 artículos, y uno de ellos se denomina "los fines supremos del arrendamiento". Esa disposición señala que por medio de la ley "se combatirá el acaparamiento, la desocupación y la mercantilización de las viviendas así como la especulación y la discriminación".
Entre los artículos autorizados destaca que la Superintendencia Nacional de Arrendamientos (la cual reemplazará a la Dirección de Inquilinato) estará encargada de evaluar los contratos de alquiler, fijar los cánones de arrendamiento, fiscalizar y ejercer la política en esta materia junto con las organizaciones sociales.
Los contratos, según el texto, tendrán una duración mínima de tres años y a los inquilinos ya no se le podrán exigir garantías. Ante esos términos, la semana pasada se decidió que los cánones de arrendamiento (pagos mensuales) serán revisados cada tres años.
Adicionalmente, los arrendadores tendrán que garantizarle a los inquilinos el pago de los servicios básicos y la disponibilidad de servicios conexos.
Esta semana la comisión técnica decidió que para estimar el canon se tomará en cuenta la antigüedad de la vivienda, el espacio (metros cuadrados que tiene la unidad) y la tierra.
El valor del metro cuadrado será calculado por el ente designado por el Ministerio de la Vivienda y el valor de la tierra se condiciona: si es pública no tiene costo y si es privada su precio también será definido por el despacho de la Vivienda
De manera que tanto los términos de los contratos como los precios serán determinados por un ente público.
marmas@eluniversal.com
El Universal
07-08-11
Recopilado por:
Lic. Henry Medina
Asesor Inmobiliario, de Seguros e Inversiones
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