Rafalli: "Contratos de arrendamiento pasan a ser indeterminados" laverdad.com Ada Rafalli, especialista en el tema arrenditicio, explicó que en el proyecto de Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos Inmobiliarios se presentan disposiciones en que "los contratos en Venezuela pasarán a ser por tiempo indeterminado por la prórroga arrenditicia". La propuesta expone a un inquilino que podrá permanecer en el inmueble hasta que el Estado le "provea de una vivienda" dado el caso de pleito por incumplimiento de contrato. La medida tiene una decisión que refuerza la permanencia. El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) dictó la prohibición del desalojo. El Gobierno con la Ley Contra el Desalojo Forzoso lo aseguró. Habla de la prórroga por extensión de contratos celebrados determinados o indeterminados. Llegado el día del vencimiento, "se prorrogarán obligatoriamente para el arrendador y potestativamente para el arrendatario". La aprobación de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios establece lapsos. Cuando tenga hasta un año o menos, se prorrogará por seis meses. El alquiler mayor a un año y menor a cinco años, tendrá una extensión de dos años. En contrato de cinco años y menos a 10 años, la prórroga será de cuatro años. Tendrán que indemnizar Rafalli señaló que "se viola el derecho de tutela judicial efectiva al no poderse ejecutar sentencia, ya que impiden el desalojo de un arrendatario morosos haciendo depender del inmueble arrendado a la voluntad del Estado". El proyecto expone que el dueño del inmueble "deberá indemnizar" al inquilino si no cumple la prórroga. Si por "causa injustificada no permite el goce". El artículo 81 precisa que el pago será "en bolívares correspondiente a las mensualidades del tiempo que corresponde a la prórroga legal". laverdad.com 10-06-2011 Recopilado por: Lic. Henry Medina Asesor Inmobiliario, de Seguros e Inversiones 04166220453 twitter: @Henry_Medina PIN 31E5A7B4 |
Rafalli: "Contratos de arrendamiento pasan a ser indeterminados" laverdad.com Ada Rafalli, especialista en el tema arrenditicio, explicó que en el proyecto de Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos Inmobiliarios se presentan disposiciones en que "los contratos en Venezuela pasarán a ser por tiempo indeterminado por la prórroga arrenditicia". La propuesta expone a un inquilino que podrá permanecer en el inmueble hasta que el Estado le "provea de una vivienda" dado el caso de pleito por incumplimiento de contrato. La medida tiene una decisión que refuerza la permanencia. El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) dictó la prohibición del desalojo. El Gobierno con la Ley Contra el Desalojo Forzoso lo aseguró. Habla de la prórroga por extensión de contratos celebrados determinados o indeterminados. Llegado el día del vencimiento, "se prorrogarán obligatoriamente para el arrendador y potestativamente para el arrendatario". La aprobación de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios establece lapsos. Cuando tenga hasta un año o menos, se prorrogará por seis meses. El alquiler mayor a un año y menor a cinco años, tendrá una extensión de dos años. En contrato de cinco años y menos a 10 años, la prórroga será de cuatro años. Tendrán que indemnizar Rafalli señaló que "se viola el derecho de tutela judicial efectiva al no poderse ejecutar sentencia, ya que impiden el desalojo de un arrendatario morosos haciendo depender del inmueble arrendado a la voluntad del Estado". El proyecto expone que el dueño del inmueble "deberá indemnizar" al inquilino si no cumple la prórroga. Si por "causa injustificada no permite el goce". El artículo 81 precisa que el pago será "en bolívares correspondiente a las mensualidades del tiempo que corresponde a la prórroga legal". laverdad.com 10-06-2011 Recopilado por: Lic. Henry Medina Asesor Inmobiliario, de Seguros e Inversiones 04166220453 twitter: @Henry_Medina PIN 31E5A7B4 |
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Ada Rafalli, especialista en el tema arrenditicio, explicó que en el proyecto de Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos Inmobiliarios se presentan disposiciones en que "los contratos en Venezuela pasarán a ser por tiempo indeterminado por la prórroga arrenditicia".
La propuesta expone a un inquilino que podrá permanecer en el inmueble hasta que el Estado le "provea de una vivienda" dado el caso de pleito por incumplimiento de contrato.
La medida tiene una decisión que refuerza la permanencia. El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) dictó la prohibición del desalojo. El Gobierno con la Ley Contra el Desalojo Forzoso lo aseguró.
Habla de la prórroga por extensión de contratos celebrados determinados o indeterminados. Llegado el día del vencimiento, "se prorrogarán obligatoriamente para el arrendador y potestativamente para el arrendatario".
La aprobación de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios establece lapsos. Cuando tenga hasta un año o menos, se prorrogará por seis meses.
El alquiler mayor a un año y menor a cinco años, tendrá una extensión de dos años. En contrato de cinco años y menos a 10 años, la prórroga será de cuatro años.
Tendrán que indemnizar
Rafalli señaló que "se viola el derecho de tutela judicial efectiva al no poderse ejecutar sentencia, ya que impiden el desalojo de un arrendatario morosos haciendo depender del inmueble arrendado a la voluntad del Estado".
El proyecto expone que el dueño del inmueble "deberá indemnizar" al inquilino si no cumple la prórroga. Si por "causa injustificada no permite el goce". El artículo 81 precisa que el pago será "en bolívares correspondiente a las mensualidades del tiempo que corresponde a la prórroga legal".
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10-06-2011
Recopilado por:
Lic. Henry Medina
Asesor Inmobiliario, de Seguros e Inversiones
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