La Cámara Inmobiliaria de Venezuela expresa su total rechazo a las políticas del Ejecutivo Nacional y del Tribunal Supremo de Justicia que cercenan los principios elementales que tenemos como Nación, políticas que llevan a cuestionar el hecho mismo de la existencia del sistema democrático en el país. Rechazamos también de manera contundente la manifestación autoritaria e intimidatoria hacia otras instancias del Poder Público por parte del Presidente de la República.
En fecha once (11) de octubre de 2016 la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia produjo la sentencia No. 814. En esa decisión el máximo Tribunal de la República establece que el Presupuesto de ingresos y egresos de la Nación correspondiente al ejercicio fiscal del venidero año 2017 no deberá ser presentado para su aprobación ante la Asamblea Nacional, sino que su consideración corresponderá a la Sala Constitucional, entidad emisora del fallo. Para sustentar esta decisión el Tribunal se fundamenta en una sentencia previa de la misma Instancia, en la cual se declara en desacato al poder legislativo por su decisión de incorporar como diputados, a los asambleístas electos por el voto popular en los comicios del pasado año, específicamente en el Estado Amazonas.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela es absolutamente diáfana, cuando en los numerales 6 y 7 de su artículo 187 establece como competencia exclusiva de la Asamblea Nacional la discusión y aprobación del presupuesto nacional, así como también el otorgamiento de créditos adicionales al presupuesto previamente aprobado. Una vez discutido y acordado el presupuesto, la Asamblea procede a sancionar la Ley de Presupuesto del ejercicio fiscal correspondiente. Contempla también el texto constitucional la reconducción del presupuesto del año previo, como mecanismo práctico para evitar la parálisis del Estado, en el caso de que se produzcan dificultades en el ámbito político que impidan la aprobación del mismo.
La sentencia del Tribunal Supremo de Justicia viene a sumarse a una serie de decisiones producidas por el mismo Tribunal durante el presente año cuyo objetivo fundamental ha sido obstruir el desenvolvimiento del Poder Legislativo nacional, como entidad autónoma e independiente, cuya designación fue responsabilidad directa del sufragio popular mayoritario que se produjo el 6 de diciembre de 2015. Todas estas decisiones han afectado y continúan afectando de manera contundente la viabilidad del Estado, al vulnerarse principios fundamentales de la Democracia como lo son la separación, independencia y el respeto de los diferentes Poderes. Adicionalmente, se amenaza a las entidades administrativas del Estado, Gobernaciones y Alcaldías, con “no recibir ni medio” si no acatan el presupuesto y suscriben la decisión que la Presidencia de la República y el Tribunal Supremo de Justicia pretenden imponer al país violando las competencias del parlamento.
Toda esta crisis institucional premeditadamente provocada, puede llevarnos a estados de anarquía hasta ahora desconocidos, cuyas consecuencias aunque impredecibles, terminarán afectando con mayor crudeza, como siempre, a la amplia base de la sociedad venezolana constituida por los estratos sociales más vulnerables.
Conminamos a los representantes del Poder Ejecutivo y a los integrantes del Tribunal Supremo de Justicia a dar cumplimiento cabal a la Constitución, sin utilizar subterfugios, interpretaciones sesgadas o simplemente artimañas pseudo legales que vulneren la voluntad popular. Exhortamos a la ciudadanía en general y las organizaciones de la sociedad civil a unirse a la exigencia por vías democráticas de la restitución del orden constitucional, utilizando para ello los mecanismos contemplados en nuestra Carta Magna.
Camara Inmobiliaria de Venezuela
16-11-2016
Recopilado por:
Lic. Henry Medina
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