lunes, 25 de mayo de 2015

Leyes limitan arrendamiento de viviendas


Doris Colmenares, excoordinadora de la oficina de inquilinatos de la Alcaldía de San Cristóbal.

Rosalinda Hernández C..-

Doris Colmenares, abogada y excoordinadora de la oficina de inquilinatos de la Alcaldía del Municipio San Cristóbal, señaló que con la entrada en vigencia en el año 2011 de la Ley para la Regularización y Control de Arrendamientos de Viviendas, las competencias en materia regulatorias de tarifas de arrendamiento, por parte de las Alcaldías, desaparecen.

“Al entrar en vigencia las nuevas leyes, la oficina empezó a perder competencias. Primero se restan funciones en materia de regulación de alquileres de viviendas y esto pasa a ser competencia de la Superintendencia Nacional de la Vivienda -Sunavi-. Posteriormente, en mayo de 2014, entra en vigencia la Ley de Regulación de Arrendamiento Inmobiliario para uso comercial, y esta función es asumida por la Superintendencia de Precios Justos (Sundde). Es aquí donde la coordinación municipal de inquilinatos deja de existir, al perder su razón de ser”, explicó Colmenares.

¿A quién benefician estas leyes?

-“Las nuevas leyes van dirigidas al inquilino o débil jurídico, como se le llama en materia de derecho a la persona que no es propietaria”.

“Hubo mejoría en cuanto a los beneficios para el inquilino. Aparecen nuevas figuras como los actos conciliatorios y vías administrativas para las desocupaciones, contratos de arrendamiento más largos, de un año como mínimo, cuando anteriormente se hacían a seis meses. Las prórrogas legales se extienden un poco y se limitan los procedimientos judiciales”.

¿Cómo quedan los propietarios de inmuebles?  

-“El propietario queda en las mismas condiciones, solo que ahora tendrá que cumplir con una serie de procedimientos. Antes para el desalojo de una vivienda el propietario acudía directamente al tribunal, ahora previamente debe agotar una vía administrativa que habla de tres actos sustitutorios”.

¿Han influido estas leyes en el déficit de unidades habitacionales para alquilar?

-“La crisis se debe a una mayor demanda de inmuebles, y no existen dichos espacios para el arrendamiento. Es posible que las dificultades que se presentan para desalojar un inquilino de un inmueble alquilado puedan influir, pero no considero que sea el único aspecto que explique la crisis inmobiliaria de arrendamiento habitacional”.

¿Cree positiva la gestión del ente que regula actualmente la materia de arrendamientos?

-“Se busca dar respuestas a las personas y se supone que al separar los dos tipos de inquilinatos debería haber celeridad en los procedimientos y en las respuestas. Desconozco cómo se está manejando ahora”.

“Cuando dependía de la municipalidad, dependiendo del procedimiento, porque cada uno de ellos tiene sus lapsos de admisión o pruebas. La situación podía resolverse en un mes, o mes y medio”.

Diario de los Andes
18-05-2015
Recopilado por:
Lic. Henry Medina
Administrador del Grupo Yahoo corredor_inmobiliario
Asesor Inmobiliario, de Seguros e Inversiones
twitter: @Henry_Medina
hmedina30@yahoo.es



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