• Establece un método de fijación en base a un porcentaje de rentabilidad lógica y acorde con la inversión realizada por el propietario, estableciendo tres métodos para la fijación del canon de arrendamiento: 1) En base a un canon fijo de máximo un 12% anual en base al valor de reposición del inmueble para el primer año y luego del año ajustable en base al reglón “Bienes y servicios diversos” del Índice Nacional de Precios al Consumidor del BCV. 2) En base al porcentaje de ventas brutas de máximo un 8% y de máximo un 15% en caso de negocios de entretenimiento y 3) Un método mixto entre los dos métodos anteriores. Los mencionados métodos garantizan un alquiler justo para el propietario y no especulativo para los inquilinos.
• Aunque establece un método en la fijación de los cánones de arrendamiento que establecerán las partes en base a los métodos mencionados, establece un control por parte de SUNDDE solo en caso de conflictos, sin un control excesivo sobre la voluntad de la partes, lo cual favorece el desarrollo y desenvolvimiento de la construcción y alquiler de locales comerciales.
• Se conserva la figura de la “prórroga legal”, como plazo de gracia para la entrega del inmueble, en base a la antigüedad del inquilino, hasta de 3 años, lo cual genera seguridad jurídica y confianza para el propietario en la recuperación de su propiedad.
• Se establece el juicio oral del Código de Procedimiento Civil, garantizando este tipo de juicios una mayor garantía de transparencia y justicia para ambas partes por realizarse el juicio en presencia del juez.
• Se conservan las causales de desalojo en caso de incumplimiento por parte del arrendatario y en otros casos especiales.
• En el caso de Centros Comerciales, se estableció un Comité Paritario de Condominio integrado por propietarios e inquilinos para establecer las políticas de gastos e inversión de los condominios.
En virtud de la aprobación de esta ley por parte del Ejecutivo Nacional, como producto de conversaciones con el sector inmobiliario, que mantiene el respeto por la propiedad privada, establece métodos lógicos de valoración inmobiliaria y rentabilidad estableciendo cánones justos para propietarios e inquilinos, seguridad jurídica y procedimiento administrativos y judiciales que garantizan el debido proceso y el derecho a la defensa para ambas partes, Apiur apoya la propuesta del Ministro de Vivienda Ricardo Molina del día de hoy, donde propone la reforma de la Ley de Arrendamientos de Vivienda.
Consideramos que esta ley mantiene la oferta de viviendas en alquiler en un mínimo histórico, acrecentado el déficit habitacional, altos niveles de conflictividad entre las partes y procedimientos de fijación de cánones de arrendamiento injustos y procedimientos administrativos complicados que obstruyen la aplicación de la justicia para los propietarios, como es el caso de la dotación de un refugio por parte del Ministerio de Vivienda para el propietario poder recuperar su propiedad. Todo esto ha afectando la propiedad de miles de pequeños propietarios que en la actualidad no han podido recuperar su propiedad, ni obtienen cánones de arrendamiento justos en base a su inversión, trabajo y esfuerzo.
Nuestra asociación realizará al ejecutivo propuestas conducentes a equilibrar los derechos de propietarios e inquilinos, en pro de la reactivación del tan necesario arrendamiento de viviendas.
Por la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos (APIUR)
Abg. Roberto Orta Martínez Abg. Raimundo Orta Poleo
Presidente Coordinador Nacional
04246274485 04143913621
Twitter @Apiur @RobertoeOrta @OrtaPoleo
Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos (APIUR)
27-05-2014
Recopilado por:
Lic. Henry Medina
Administrador del Grupo Yahoo corredor_inmobiliario
Asesor Inmobiliario, de Seguros e Inversiones
twitter: @Henry_Medina
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