La resolución aparece publicada en la Gaceta Oficial
Emen.- Las instituciones del sector bancario están obligadas a destinar el 20% de la cartera de crédito bruta anual para la construcción, adquisición y autoconstrucción de viviendas, así lo establece una resolución del ministerio de Vivienda publicada en la Gaceta Oficial número 40.375 de este jueves.
Los bancos deben garantizar "con recursos propios" la cartera de créditos, la cual será manejada en buena parte por el estatal Órgano Superior del Sistema Nacional de Vivienda.
La cartera deberá estar repartida de la siguiente manera:
-65% para créditos hipotecarios dirigidos a la construcción de vivienda principal.
-33% para créditos dirigidos a la adquisición de vivienda principal.
-2% para créditos dirigidos a la autoconstrucción de vivienda principal.
Gobierno manejará la cartera
Del monto total de la cartera bruta de créditos del sector bancario, la resolución establece que el Órgano Superior del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat lo manejará en un 66%.
En tanto, el 34% restante será manejado bajo unos parámetros que especifican viviendas con un área neta máxima de hasta 80 metros cuadrados de superficie.
Los parámetros a regir a los municipios Libertador, Chacao, Sucre , El Hatillo y Baruta de Caracas son los siguientes:
- Viviendas unifamiliares, con un valor de venta final de hasta Bs. 13.472,00 por metro cuadrado, incluyendo terreno, urbanismo, áreas comunes y equipamiento básico.
- Viviendas tetrafamiliares, con un valor de venta final de hasta Bs. 10.643,00 por metro cuadrado, incluyendo terreno, urbanismo, áreas comúnes y equipamiento básico.
-Viviendas multifamiliares entre tres y cinco pisos, con un valor de venta final de hasta Bs. 14.014,00 por metro cuadrado, incluyendo terreno, urbanismo, áreas comunes y equipamiento básico.
-Viviendas multifamiliares con seis ó más pisos, con un valor de venta final de hasta Bs. 22.159,00 por metro cuadrado, incluyendo terreno, urbanismo áreas comunes y equipamiento básico.
Parámetros para viviendas en el resto del país
Para las viviendas ubicadas fuera de esos municipios, la resolución deja los parámetros para otorgar créditos de la siguiente manera:
- Viviendas unifamiliares, con un valor de venta final de hasta Bs. 8.490,00 por metro cuadrado, incluyendo terreno, urbanismo, áreas comunes y equipamiento básico.
- Viviendas tetrafamiliares, con un valor de venta final de hasta Bs. 9.237,00 por metro cuadrado, incluyendo terreno, urbanismo, áreas comúnes y equipamiento básico.
-Viviendas multifamiliares entre tres y cinco pisos, con un valor de venta final de hasta Bs. 11.038,00 por metro cuadrado,incluyendo terreno, urbanismo, áreas comunes y equipamiento básico.
-Viviendas multifamiliares con seis ó más pisos, con un valor de venta final de hasta Bs. 14.304,00 por metro cuadrado, incluyendo terreno, urbanismo áreas comunes y equipamiento básico.
Créditos según ingresos de familias
En el artículo cuatro de la resolución se establecen los parámetros para otorgar los créditos para la compra de vivienda principal, de acuerdo a los ingresos de los grupos familiares.
Estas normas son:
-Si las familias obtienen ingresos mensuales de uno a seis salarios mínimos, la banca tiene que dirigir el 60% lo contemplado en la cartera para la adquisición de vivienda.
-Si las familiares ganan entre seis a 15 salarios mínimos mensuales, la banca tiene que dirigir el 40% de la cartera para adquirir viviendas.
-Los créditos dirigidos a la autoconstrucción serán destinados a familias que obtengan de uno a ochos salarios mínimos mensuales.
El Mundo
20-03-2014
Recopilado por:
Lic. Henry Medina
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