martes, 2 de abril de 2013

Propietarios e inquilinos a la deriva


Desde abril de 2012, el Juzgado 25 del Municipio del Área Metropolitana de Caracas, ha estado cerrado al público. Los arrendatarios no han podido consignar los alquileres de viviendas ni de inmuebles destinados a otros usos, y los arrendadores tampoco han podido recibir sus alquileres que están depositados a su favor.

Ese tribunal de las consignaciones es el único en el Área Metropolitana de Caracas que tenía la atribución de recibir depósitos de alquileres según lo establecen los artículos 51 al 57 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios.

Cuando fue cerrado por el Tribunal Supremo de Justicia, ya había sido promulgada la nueva Ley de Arrendamientos de Vivienda, que concedía un plazo de un año a partir del 12 de noviembre de 2011, para que tanto arrendatarios como arrendadores de viviendas "migraran" al nuevo sistema de pago de los alquileres mediante depósitos bancarios en cuentas abiertas con autorización de la Sunavi, y no ya mediante consignaciones en tribunal.

Esto provocó que la Sunavi, después de al menos tres meses de incertidumbre en que los afectados, inquilinos y arrendadores no supieran a qué atenerse, apresurada e improvisadamente tuvieran que comenzar a emitir las órdenes de apertura de esas cuentas bancarias, para solucionar un problema de insolvencia de los arrendatarios de viviendas.

SIN SOLUCIÓN Pero quedan otros problemas ya que los alquileres de viviendas ya depositados en la cuenta de ese juzgado 25, que debían ser retirados por los arrendadores dentro del plazo de un año, según lo establece la disposición transitoria novena de la nueva ley, no han podido ser retirados. El año ya ha transcurrido, venció el 12−11−2012 sin que los arrendadores hayan tenido la oportunidad de tan siquiera solicitar el retiro de esos alquileres que les corresponden por derecho.

En ese juzgado de las consignaciones están también los alquileres de comercios, oficinas, consultorios, galpones, locales industriales, educacionales, y de otros usos, y los arrendadores de esos inmuebles están en total incertidumbre.

Los arrendatarios de inmuebles destinados a usos distintos de la vivienda, que venían consignando los alquileres en ese juzgado no han podido hacerlo, tampoco han podido hacer oferta o depositar en otros juzgados porque les han sido rechazados los depósitos, y a pesar de que la Rectoría Civil del Área Metropolitana de Caracas el 14 de mayo de 2012 resolvió suspender los lapsos para las consignaciones a fin de que no se considere morosos a los arrendatarios que venían consignando y no pueden hacerlo, hasta tanto ese Juzgado reabra sus actividades, se encuentran en una situación equívoca.

Es imperativo que el Tribunal Supremo de Justicia aclare esta situación y se fije una fecha para la reapertura y operatividad del juzgado 25° a fin de permitir a todos los arrendadores, de viviendas o de inmuebles de otros usos, retirar sus alquileres y a los inquilinos de inmuebles diferentes de las viviendas, seguir consignando.

Tal Cual
01-04-2013

Recopilado por:
Lic. Henry Medina
Administrador del Grupo Yahoo Corredor_Inmobiliario
Asesor Inmobiliario, de Seguros e Inversiones
twitter: @Henry_Medina
hmedina30@yahoo.es
Linkedin: http://ve.linkedin.com/pub/henry-medina/21/59b/59b

http://es.groups.yahoo.com/group/corredor_inmobiliario/

1 comentario:

  1. ESTO SE LLAMA ROBO, ROBO.....YA QUE EL DINERO QUE ALLI SE ENCUENTRA SE LO ROBO EL GOBIERNO, ME IMAGINO QUE PARA CAMPANA ELECTORAL, SOY UNA DE LAS AFECTADAS

    ResponderEliminar