jueves, 4 de abril de 2013

Aumentan 29,6% los créditos para adquirir vivienda


También subieron los préstamos para ampliación, autoconstrucción o mejora del inmueble principal, de acuerdo con la Gaceta Oficial
CARMEN SOFÍA ALFONZO A.
El Ministerio de Vivienda y Hábitat aumentó el monto del crédito para la obtención de vivienda con recursos del Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda, según la Gaceta Oficial número 40137, que circuló ayer.
El monto máximo de financiamiento para vivienda, de acuerdo con el artículo 5, será 350.000 bolívares, lo que se traduce en un incremento de 29,6%, porque antes el préstamo máximo era 270.000 bolívares.
También subió el monto que se otorgará (del mismo fondo) por concepto de ampliación de vivienda principal. A partir de ahora será 140.000 bolívares. En lo que se refiere a la autoconstrucción de vivienda principal, la medida establece que se concederá 205.000 bolívares, mientras que para mejoras se podrá destinar hasta 84.000 bolívares.
Los créditos para la compra de vivienda principal podrán cancelarse en un plazo máximo de 30 años y con cuotas mensuales no mayores de 35% del ingreso integral total familiar mensual.
En cuanto a los préstamos para autoconstrucción, la Gaceta Oficial indica que deberán pagarse en un máximo 20 años; mientras que los destinados a ampliación de vivienda principal en no más de 15 años, y los créditos para mejoras en un plazo no más allá de 10 años.
El presidente de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela, Aquiles Martini, declaró que los incrementos y plazos para pagar los préstamos se pierden por lo contraído que está el sector inmobiliario.
“No se hace mucho con esto si no hay viviendas para vender, tierras urbanizadas para construir, ni insumos para remodelar”, afirmó.

Los subsidios. La resolución de la cartera de vivienda también establece nuevas especificaciones para los casos de subsidio. Uno de los cambios es que el beneficio sólo será para las familias que lo soliciten expresamente en el Banco Nacional de la Vivienda y Hábitat, según el artículo 6 de la disposición.
En este caso las familias interesadas deben devengar un ingreso total mensual entre 1 y 4 salarios mínimos. “Se aplicará a las solicitudes de crédito para la adquisición de vivienda principal, cuyo valor no pase de 350.000 bolívares”, dice el artículo 7.
“El subsidio directo habitacional se otorgará en 100% del valor de la vivienda, sólo en casos especiales de solicitudes de crédito (…) con ingreso integral total familiar mensual menor a un salario mínimo, que opten a la adquisición de viviendas construidas por el sector público”, reza el artículo 8.
A propósito de la medida, la resolución advierte que el subsidio será temporal y llegará hasta un máximo de 270.000 bolívares.
Para optar a los créditos para la adquisición, autoconstrucción, ampliación o mejoras, los solicitantes deben tener como mínimo cinco años sin haber recibido recursos del Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda.

El Nacional
03-04-2013

Recopilado por:
Lic. Henry Medina
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Asesor Inmobiliario, de Seguros e Inversiones
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