miércoles, 27 de junio de 2012

Condominios deben tener ahora contratos formales

El entorno laboral dio un cambio importante a raíz de la promulgación de la Ley Orgánica del Trabajo LOT.

La abogada y experta laboral Tibaire Altuve afirma que desde la promulgación de la Ley Especial para la Dignificación de los Trabajadores Residenciales, que es el instrumento jurídico que sustituía en la Ley de Trabajo lo que tiene que ver con los conserjes hace un año, ya se produjo un cambio importante en los condominios en materia laboral.

"Y ahora, un año después la LOT impone una nueva realidad que es necesario analizar y conocer a cabalidad", precisó.

Durante una rueda de prensa ofrecida en la sede de la Escuela de Ciudadanos, Altuve habló sobre el impacto de la nueva legislación en los condominios.

Contrato colectivo

Explicó que la nueva LOT, recién promulgada, obliga a los condominios a tener un contrato colectivo, explica.

"En otras oportunidades, tener o no un contrato no era trascendente, pero con la nueva ley los condominios están obligados a tener un contrato colectivo porque está establecido que se tomará como cierto lo que el conserje diga ante un tribunal o frente a una autoridad administrativa en materia laboral. Por esta razón es necesario tener un contrato por escrito", explicó.

Beneficios económicos

Otros de los puntos analizados por Altuve fueron los beneficios económicos.

"El bono vacacional pasó de 7 a 15 días para los trabajadores residenciales y el bono de fin de año subió de 15 días mínimo a 30 días. Todo esto forma parte del salario, lo que implica que hay un impacto económico que hay que tomar en cuenta", indicó.

Agregó que ahora también los condominios deben tomar en cuenta que las prestaciones se calculan con el último salario. "Esos son cálculos que se deben hacer de nuevo".

Sanciones

Un tema clave abordado por la experta fue el de las sanciones.

Explicó que por primera vez se establecen sanciones en unidades tributarias "porque antes se hacía por salario mínimo".

"Existe ahora una necesidad de que los propietarios tengan un manejo correcto de la ley porque, por ejemplo, deben saber que el desacato a las órdenes de medidas de reenganche es castigado con una sanción pecuniaria además de arresto entre 6 y 15 meses", explicó la experta.

Finalmente cambia la jornada laboral a dos días sucesivos de descanso. "Ahora los condominios deben reorganizarse en este punto porque hay que ver cómo se hace con los condominios vacacionales, o cuando el día de botar la basura son los sábados. Es una decisión que hay que estudiar", concluyó.

El Mundo, Economía y Negocios
24-06-2012

Recopilado por:
Lic. Henry Medina
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