miércoles, 9 de noviembre de 2011

La Ley de arrendamientos y la participación del pueblo

apiur.org
Cuando se menciona que el pueblo legislador fue el proponente de la Ley de Arrendamientos en Venezuela, siendo organizaciones de inquilinos sus principales impulsadores y desarrolladores, se hace necesario recordar que de nada sirve participar, si ese ejercicio democrático se limita a una simple formalidad de oír a la otra parte, pero desde una posición prejuiciada que niega todo lo que plantea, descartando toda posibilidad de acuerdo en lo que se debería desarrollar en conjunto. Muchos pequeños propietarios que apoyan al proceso contaron con la mala suerte de no estar organizados debidamente ante esta eventualidad, por la dispersión natural existente en este sector, haciendo que toda la representación de los propietarios recayera en APIUR y en la Cámara Inmobiliaria de Venezuela, organizaciones opositoras, que por razones políticas e ideológicas no serían escuchadas aunque fuesen oídas.

Desde un punto de vista teórico e ideológico, suena muy bonito llamar a una Ley revolucionaria, por su origen en la iniciativa ciudadana y en lo radical de su contenido, que sería muy plausible sino fuera porque la misma afecta tanto al pequeño como al gran propietario, siendo la primera Ley en Revolución que descapitaliza los ahorros de muchos venezolanos de clase media y de sectores populares.

Ciertamente, la ley no establece la expropiación directa de los pequeños propietarios, creando un fondo de protección para daños ocasionados por inquilinos alimentado con las altas multas impuestas a los propios arrendadores (incluyendo al pequeño), y permitiendo la defensa pública gratuita para ambas partes. Pero el problema es que esas medidas a favor del pequeño propietarios son retazos puntuales, y no son expresión de un planteamiento amplio que atreviese de manera transversal la totalidad de la ley. Estos parches intentan cubrir la esencia punitiva de la ley que parte de la premisa de “oligárquizar” a todo propietario de una vivienda alquilada, de verlo como un latifundista urbano o de un pequeño burgués rentista, equiparándolo a un patrono dueño de un medio de producción frente a un trabajador, a un fuerte económico explotador frente a un débil económico explotado, cuando las realidades del mundo del alquiler pueden ser muy diversas, precisamente por la atomización de la propiedad de las viviendas, presentándose incluso casos de arrendadores que dependen enteramente de un arrendamiento para sobrevivir, no teniendo otra cosa en la vida que ese bien como patrimonio, y de un inquilino con suficientes recursos para tener vivienda propia, pero que no la adquiere por motivos diversos, entre los cuales el lucrativo.

Los diputados de la Comisión de Administración y Servicios de la AN, debieron buscar mayor equilibrio en la ley, corregir sus excesos, pero al parecer seducidos y enceguecidos por los votos que podrían obtener de los inquilinos con este instrumento legal, y en su afán de llevar la contraria a las organizaciones opositoras, no cumplieron con su labor ética de mediadores entre los distintos derechos de los ciudadanos, y permitieron que una Ley desbalanceada, parcializada y en algunos casos injusta, llegara a la luz.

Sin duda, la realidad urbana caótica de la ciudad de Caracas, que también se refleja en el arrendamiento, con dueños de múltiples edificios arrendados, o de pensiones atiborradas de personas en condiciones inhumanas, con elevados cánones de arrendamiento, requería de medidas gubernamentales que humanizaran tal situación. Pero se quiso extrapolar esa situación particular de Caracas, una capital sobrepoblada de un país centralizado, a todos los arrendamientos de viviendas en el país, estereotipando al arrendatario como un usurero explotador, negando la realidad que el alquiler es un medio de subsistencia para muchas personas de sectores populares, y que presta un servicio social esencial, ya que la opción del alquiler facilita la movilidad residencial de los ciudadanos entre regiones, y es un medio de independencia para parejas o familias recién formadas, como también brinda oportunidades de estudio en distintas zonas geográficas a los jóvenes, lo que su desaparición o diminución dramática sólo agravaría el problema del déficit de viviendas en el país calculado en más de dos millones.

Ideológicamente, puede resultar muy estimulante invocar el valor de uso sobre el valor de cambio, el feudalismo como origen del arrendamiento, la renta como perversión del trabajo productivo, la monopolización de la tierra en los centros urbanos, la propiedad como la negación de lo colectivo, etc. Pero ese discurso será de poco consuelo para la señora de 60 años que sin seguro social, porque nunca dejó de ser una ama de casa, sobrevive gracias al alquiler de una vivienda que le dejó su pareja, y que ahora tendría que aguantar 4 meses sin hacer mercado ni comprar medicinas, si el inquilino así lo desea, porque esos meses permitidos de mora no requieren justificación alguna, es decir, pueden ser porque le da la gana de no pagar durante esos 4 meses. Igualmente si la señora lo que tiene es un apartamento y no una casa, basta con una cuota extraordinaria del condominio para que el canon del 3 al 5% del valor que diga el Estado que cuesta su vivienda se desvanezca, y le quede debiendo al condominio, a pesar que el inquilino disfruta de los servicios que presta el trabajador residencial –antes conserje-, el vigilante, y demás beneficios que aporta un condominio. Que digno hubiera sido buscar un punto medio de equilibrio y de justicia, como sería que el inquilino páguese las cuotas ordinarias del condominio, y el arrendador las extraordinarias, como sucede con las reparaciones menores y mayores, pero lamentablemente no fue así, toda la carga se la dejaron a la arrendadora, sea grande o pequeña.

La proeza que debe sufrir la señora para desalojar al inquilino merece especial atención, porque ni siquiera con una sentencia de un tribunal a su favor podrá desalojarlo, si éste manifiesta no tener otra vivienda a donde mudarse, algo que ya es muy común, y que lo será aún más, porque difícilmente habrá preocupación por parte del inquilino deshonesto de buscar otra vivienda para desocupar, ya que la responsabilidad de ello recae ahora en el Estado, al igual que el pago de los daños que este realice al inmueble si pertenece a un pequeños propietario, sin mas sanción para el inquilino destructor que una nota en un expediente que no tendrá ningún efecto práctico, y que poco le importará a una persona deshonesta. La señora tendrá que sobrevivir al trámite burocrático para llegar a dichos fondos, donde necesariamente habrá peritajes y demás elementos formalistas que harán inutilizable la vivienda por meses, mientras que el inquilino deshonesto busca una nueva victima, con la licencia de corso.

Los legisladores olvidaron, por la gríngola de ver solamente a los beneficiarios inmediatos y presentes de ésta ley, a los que serían perjudicados a futuro por ella, que son los que requieran una oferta amplia de alquileres, y sobre todo, a los centenares de miles de venezolanos que optaron durante décadas por la vivienda como el mejor medio de ahorro y de protección social ante la inflación crónica del país, y que ahora su patrimonio familiar se convertirá en sal y agua por decreto. El valor de la vivienda alquilada será el que establezca el Estado y no el propietario, sin tomar en cuenta el valor de la misma en la calle, y a ese precio deberá venderlo al inquilino, más un descuento por antigüedad que puede llegar a un 25% sobre ese precio regulado, que a la final no compensaría lo suficiente para que el propietario pudiera comprar otra vivienda para un hijo o nieto. El inquilino es libre de vender luego ese inmueble a precio de mercado, nada se lo impide, ya que no se trata de una adjudicación producto de una expropiación, sino de una venta pura y simple nacida del derecho de preferencia ofertiva.

Estas palabras lamentablemente se perderán en el aire ante una maquinaria en movimiento que ya es difícil de detener, pero da profunda tristeza, que la llamada primera ley por iniciativa popular, nazca como un instrumento para la injusticia de unos venezolanos sobre otros, invocando precisamente a la justicia, y que los pequeños propietarios partidarios del presidente, recientemente organizados, no pudieran reflejarse en ella.

Aporrea.org Por José Pinto

Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos (APIUR)
08-11-2011

Recopilado por:
Lic. Henry Medina
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