Según la resolución, los financiamientos para la construcción de viviendas tendrán un interés de 10,50%
El Banco Central de Venezuela y el Ministerio de la Vivienda ajustaron las tasas para los créditos hipotecarios por la Ley del Régimen de Vivienda y la cartera obligatoria de la banca.
En la resolución publicada en la Gaceta Oficial No. 39.751 del 6 de septiembre se indica que los intereses para los financiamientos estarán entre 4,66% y 9,16% y las familias que se beneficiarán de esas tasas preferenciales serán aquellas cuyos ingresos sean hasta 8 salarios mínimos (12.385 bolívares), de manera que el límite máximo de beneficiarios se reduce respecto a la norma de 2009, que establecía 16.650 bolívares.
En la nueva disposición el ente contempla tres escalas de tasas e ingresos, mientras que en la resolución pasada había cinco. Esos intereses estarían acordes a los cambios que se registraron en la norma de la gaveta hipotecaria de la banca.
Las nuevas tasas son aplicables a los préstamos nuevos como a los que están vigentes.
En detalle
Las autoridades decidieron que una familia cuyos ingresos sean hasta 4 salarios mínimos (6.192 bolívares) al momento de gestionar un crédito para la compra de una vivienda principal le corresponderá una tasa mínima de 4,66%. De manera que se mantiene el mismo nivel de la resolución anterior.
Aquellos que perciban hasta 6 salarios mínimos (9.289 bolívares) tendrán un financiamiento hipotecario con una tasa de 6,91%.
Quienes devenguen hasta 8 salarios mínimos (12.385 bolívares) podrán optar a un crédito con un interés de 9,16%.
La resolución del año 2009 acerca de los préstamos hipotecarios señalaba que las familias con ingresos hasta 2.800 bolívares tenían una tasa de 4,66%, quienes ganaban hasta 5. 474 bolívares el interés era 6,61% y aquellos que percibían hasta 7.000 bolívares recibían una tasa de 8,55%.
Las familias que tuvieran recursos hasta 10.120 bolívares tenían una tasa preferencial de 10,50% y los que ganaban hasta 16.560 bolívares podían tener un interés de 12,44%.
La nueva normativa genera dudas sobre la tasa que le corresponderá a las familias con ingresos mayores a los 8 salarios mínimos. Fuentes financieras señalan que la disposición se encuentra en revisión a fin de determinar si a ese grupo se le aplica la tasa máxima.
La resolución del Banco central de Venezuela indica que la tasa de interés social máxima estará en 11,42%.
Otras operaciones
La resolución del instituto emisor agrega que los créditos previstos para la construcción de viviendas por Ley de Vivienda y gaveta hipotecaria el interés será de 10,50%.
Por lo tanto, las autoridades mantienen la misma tasa que fue calculada hace dos años.
La norma también incluye los financiamientos para ampliación y mejoras de soluciones habitacionales. Para este caso el BCV dejó las mismas tasas, de manera que aquellas familias con ingresos hasta 3 salarios mínimos (4.644 bolívares) tendrán un interés de 1,40% y hasta 5 salarios mínimos (7.741 bolívares) 2,40%
Para los préstamos que estén orientados a la autoconstrucción de viviendas las tasas siguen iguales. Aquellos que ganen hasta 3 salarios mínimos recibirán créditos a 1,40% y si devengan hasta 5 salarios mínimos los financiamientos serán a 4,66%.
El Universal
08-09-2011
Recopilado por:
Lic. Henry Medina
Asesor Inmobiliario, de Seguros e Inversiones
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