viernes, 5 de agosto de 2011

Sólo créditos de fondos públicos tienen subsidio

Sólo los créditos para adquirir vivienda principal que se otorguen con fondos del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat, y los creados por el Órgano Superior del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat, podrán gozar del Subsidio Directo Habitacional de hasta 100% que establece la ley. Así quedó aclarado en la Gaceta Oficial N° 37.726 que circuló este miércoles, en la cual se corrigió y ordenó reimprimir la Resolución N° 103 del Ministerio de Vivienda y Hábitat, del pasado 19 de julio. Ni los préstamos hipotecarios que aprueben los bancos con recursos propios, ni los solicitantes que ganen más de cuatro salarios mínimos, podrán obtener subsidios.

La tabla para calcular el subsidio directo que recibirá una familia según su nivel de ingreso quedó igual en la nueva Gaceta Oficial. La escala va desde 100% de subsidio para quienes ganen menos de un salario mínimo hasta 2,58% para los que devenguen hasta cuatro salarios mínimos. Los montos de la cuota inicial que aplica para los créditos de vivienda principal tampoco variaron, y van desde 0% para familias con ingresos menores a dos salarios mínimos, hasta 20% para las que ganen más de seis salarios mínimos.

Entorno Inteligente
04-08-2011


Recopilado por:
Lic. Henry Medina
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