jueves, 4 de agosto de 2011

Plantean que canon de arrendamientos tome en cuenta años de construcción del inmueble

avn.info.ve
La Comisión de Administración y Servicios de la Asamblea Nacional (AN) continuará este miércoles con la discusión del proyecto de Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, en particular con los artículos correspondientes a la fijación del canon de arrendamiento por parte de una Superintendencia Nacional en la materia.

En ese sentido, el movimiento de inquilinos, que presentó la propuesta legal por iniciativa popular en marzo pasado ante el Parlamento, afinó su planteamiento y sugiere varios aspectos a tomar en cuenta para establecer el costo del alquiler de viviendas, con la finalidad de alcanzar un precio justo para arrendadores y arrendatarios. Uno de ellos tiene que ver con un menor monto en función de la cantidad de años de construcción del inmueble.

“A medida que el inmueble va envejeciendo, el canon va disminuyendo. No es lo mismo un canon de un inmueble con 10 años de construcción a uno con 60 años de construcción, independientemente del lugar donde se encuentre”, dijo este martes Ana Marina Rodríguez, vocera de la Red Metropolitana de Inquilinas y defensora Pública en materia de inquilinato.

“Puedes tener dos edificios en Prados del Este, uno al lado del otro, pero tienes uno completamente deteriorado y uno nuevo. No puede valer lo mismo el canon de arrendamiento, porque la calidad de vida que ofreces no es la misma”, añadió.

Explicó que las organizaciones de inquilinos desde hace por lo menos siete años han defendido que la ubicación del inmueble no debe ser considerada para fijar el canon, “porque no es justo que vivas en Altamira en un edificio viejo que se está cayendo, y tengas que pagar 6.000 bolívares igual que tu vecino, que vive en un edificio nuevo”.

Rodríguez, quien participó este martes en un encuentro que sostuvo el movimiento popular con el equipo técnico de la Comisión de Administración y Servicios de la AN para afinar el articulado, explicó que han planteado una diferenciación de los inmuebles para calcular el canon: los de propiedad horizontal en terreno privado, los de propiedad horizontal en terrenos del Estado y las unidades en alquiler que no tienen propiedad horizontal.

En aquellos donde el suelo es propiedad del Estado, no se toma en cuenta el valor del terreno en el establecimiento del canon de arrendamiento, sino sólo el valor de la construcción, de la bienhechuría. “Dependiendo del estado de conservación, de los años de construcción, de las condiciones físicas; se determina el valor del inmueble y con ello, del canon de arrendamiento”, agregó.

“Cuando el terreno es propiedad del Estado, no puedo pagar al propietario de la vivienda por algo que no le pertenece”, acotó.

Explicó que han determinado que hay muchos edificios de vieja data en los que la Naciónb nunca se ha desprendido de la propiedad de la tierra.

En los casos en que el terreno es privado, sí se determina el valor del suelo, conjuntamente con el de la construcción.

En las fórmulas propuestas por los inquilinos se incluye el valor de reposición del inmueble, de construcción actual, del suelo si es privado, entre otros factores.

En cuanto a las habitaciones de las pensiones, se determinará el costo del inmueble en su totalidad, y luego el monto a pagar por las habitaciones se calculará en función de la dimensión de cada una de ellas, de manera que las más grandes tendrán un canon superior.

“Todo está concebido para que los alquileres sean justos (...) Hay alquileres de hasta 5.000 bolívares, ¿cuánto debe ganar una persona para pagar ese canon" Es un valor especulativo. Está bien que tienes derecho a la propiedad, pero no pretendas hacerte rico de la noche a la mañana en función de la explotación de una familia que vive en arrendamiento”, comentó.

No más de 25% del ingreso

Rodríguez ratificó que se aspira a que el canon de arrendamiento no consuma más de 25% del ingreso del grupo familiar.

“Las familias no pueden sacrificar 75% de sus ingresos, que es lo que sucede actualmente, y a veces hasta 90%, para pago de canon de arrendamiento, porque ¿con qué viven luego? Por eso se pretende generar un equilibrio, para que primero el inquilino tenga capacidad de ahorro, que no la tiene hoy (...)Lo que se pretende es que los cánones de arrendamientos sean justos tanto para el inquilino como para el propietario, y eliminar los valores especulativos del mercado”, expresó.

La discusión del proyecto de Ley va a paso acelerado, con la aspiración de consignar dentro de poco el texto a la plenaria de la AN para su segunda y definitiva aprobación, antes del 15 de agosto, cuando entra en período de receso.

Hasta la semana pasada se aprobaron 57 artículos. Entre los aspectos que ya cuentan con el visto bueno de la Comisión está el establecimiento de un plazo mínimo de tres años para los contratos de arrendamiento, la creación de la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Viviendas y la supresión del capítulo referido a las garantías, que permitía el pago de depósitos a los propietarios.

Agencia Venezolana de Noticias
03-08-2011


Recopilado por:
Lic. Henry Medina
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