jueves, 4 de agosto de 2011

Crearán impuesto para las viviendas desocupadas

AN inicia revisión de los cánones de arrendamiento

La reforma de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, que está en revisión en la Asamblea Nacional, contempla un gravamen para aquellas viviendas que están desocupadas.

La Comisión de Administración y Servicios del Parlamento ya ha aprobado 57 de los 150 artículos que tiene el texto, y en una de las disposiciones autorizadas se prevé la creación de una contribución, bajo el argumento de que por esa vía "se promoverá el arrendamiento".

En el párrafo único del artículo 4 se indica que "la desocupación de viviendas es contraria el interés social e implica una contribución tributaria especial para los propietarios, que será establecida en esta ley y determinada por el organismo encargado de velar por su cumplimiento, como medida para promover el arrendamiento de viviendas desocupadas, que no se ofrezcan en venta, atendiendo a las necesidades sociales. Se promoverá igualmente, la liberación de las cargas tributarias sobre la propiedad de aquellos inmuebles que sean arrendados".

De acuerdo a lo previsto en el texto, si la vivienda está sin habitar, el dueño del inmueble tendrá que pagar el gravamen, y una vez que la solución habitacional se alquile se dejará de pagar el tributo.

Representantes del sector inmobiliario, señalan que esta disposición genera inquietud, debido a cómo será la aplicación de ese impuesto. Agregan que en lugar de arrendar, los propietarios de las viviendas optarán por vender.

En ese artículo 4 de la Ley se indica que "el Estado promoverá y protegerá el arrendamiento responsable de viviendas, pensiones, residencias o habitaciones en marco de la garantía integral del derecho a la vivienda y el hábitat".

La disposición añade que se tiene que garantizar "una vivienda transitoria hacia la vivienda digna definitiva de las familias y las personas, que se ve satisfecha con el acceso de todos a la propiedad de una vivienda digna y adecuada".

Según el texto, el arrendamiento "es un medio para el uso responsable de la propiedad de las viviendas en tanto constituye una forma de poner la vivienda al servicio de la sociedad cuando no se tiene disposición inmediata de ocupar o vender un bien que sea de supremo interés social".

Los diputados en el marco legal incluyeron otras disposiciones en las que destacan que la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Viviendas "combatirá el acaparamiento, la desocupación y mercantilización de las viviendas, la especulación, discriminación y relaciones de explotación del ser humano".

A revisión

Esta semana, la Comisión de Administración y Servicios seguirá avanzando en la discusión del marco legal y los puntos a debatir serán los cálculos de los cánones.

En el texto vigente el margen de rentabilidad está entre 6 y 9%, de acuerdo al valor del inmueble. En la propuesta, que fue consignada por las organizaciones que agrupan a los inquilinos, los márgenes bajan para estar entre 1 y 4%.

A fines de la semana pasada las organizaciones plantearon la modificación de esa escala y presentarán como propuesta para la discusión un margen de rentabilidad para todos los inmuebles de 3%.

Los cánones, según el texto, serán estimados por la Superintendencia Nacional de Arrendamientos de Vivienda (que sustituirá a Inquilinato).

El Universal
03-08-2011


Recopilado por:
Lic. Henry Medina
Asesor Inmobiliario, de Seguros e Inversiones
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